Violencia de género : falta de información y prejuicios en la construcción del género, dos facetas de un mismo problema

Autores
Vuckovic, Ivana; Anís, Mónica Andrea; Torres de Breard, Verónica Nidia
Año de publicación
2014
Idioma
español castellano
Tipo de recurso
documento de conferencia
Estado
versión publicada
Descripción
Fil: Vuckovic, Ivana. Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Cs. Sociales y Políticas; Argentina.
Fil: Anís, Mónica Andrea. Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Cs. Sociales y Políticas; Argentina.
Fil: Torres de Breard, Verónica Nidia. Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Cs. Sociales y Políticas; Argentina.
La violencia de género es el drama contemporáneo. Existió siempre, pero los casos parecen multiplicarse, ello representa una dolorosa realidad que difícilmente pueda asegurarse como novedosa. El coraje de las mujeres para no ocultar su sufrimiento y el acompañamiento de la sociedad civil dispuesta a detener el oprobio han sido fundamentales en el viraje. La actualización del entramado legal ayudó muchísimo. Sin embargo, los problemas actuales en materia de violencia contra las mujeres no se relacionan ya con la existencia de normas legales e instituciones responsables de su aplicación; antes bien, se trata de lograr la efectiva aplicación de estas normas y la eficacia de los procedimientos administrativos y judiciales vigentes. En la provincia de Corrientes hay un retardo en la aplicación de normativas o creación de institutos. Con vergonzantes casos de violencia, entidades civiles que trabajan en el tema protestan por la demora en la constitución de un entramado oficial que contenga a las víctimas. Primeramente, es indispensable reconocer la inexistencia de registros oficiales en Corrientes, lo que nos obliga a plantearnos criterios de medición que permitan aproximarnos a la problemática. La Argentina no cuenta con información estadística sobre las dimensiones y los tipos de violencia, por lo tanto, no es posible conocer cuáles son las formas de violencia, así como la frecuencia con la que se manifiestan, quiénes son sus agresores y cuáles son las respuestas públicas frente al problema; y sin conocimientos de los hechos difícilmente se pueda avanzar en lo indispensable: el acceso a la justicia. No se debe perder de vista la responsabilidad del Estado en la provisión de esa información, la necesidad de contar con instrumentos más adecuados de medición, es una función que le compete para no hacer política pública a ciegas. En función a nuestro sistema judicial, todas las denuncias que se hacen ante las diferentes instituciones públicas o privadas, deberían terminar con intervención judicial, por lo tanto, además de los registros que llevan todas las instituciones sería el Poder Judicial el único capaz de reunir la totalidad de los datos y evitar la duplicidad de la información. El principio que indica que “los jueces sólo hablan a través de sus sentencias” remite a la voz autorizada que las sentencias tienen respecto de lo que “es” el derecho, pero también implica que las sentencias son el modo más adecuado para la comunicación entre el Poder Judicial y la sociedad. Por otra parte, el acceso a la justicia, se ve constreñido por los preconceptos o patrones socioculturales y falta de capacitación de los agentes y funcionarios del sistema. Ante esta situación podemos encontrar posibles soluciones como: garantizar expresamente el apartamiento de aquellos jueces sobre quiénes pese un temor de parcialidad; a impugnar las decisiones jurisdiccionales; al momento de designación de los mismos, no limitarse a la consideración de las opiniones a ciertas cuestiones de derechos humanos, sin realizarse un análisis respecto de la postura de estos aspirantes en cuestiones relativas a la promoción y defensa del principio de igualdad y de no-discriminación en general y de género en particular y la incorporación del género a la educación universitaria se presenta como esencial para la educación de nuestros juristas, éste puede ser un lugar privilegiado desde el cual contribuir a denunciar y, eventualmente, desactivar la discriminación por género que caracteriza a la costumbre, las instituciones y los paradigmas tradicionales de generación de conocimiento. Las experiencias de la última década indican que la violencia que sufren las mujeres es de gran complejidad y no se resuelve exclusivamente con leyes ni atención psicológica, sino que requiere de una política global que haga efectiva una política social activa que sostenga a las mujeres en su decisión de llevar adelante una denuncia ante el sistema de justicia. La tolerancia, traducida en aceptación, como norma de convivencia, es todavía una asignatura pendiente. Es verdad que se ha avanzado bastante, pero en la mensura de lo alcanzado está la evidencia de lo mucho que todavía falta por concretar.
Materia
Género
Información
Prejuicios
Nivel de accesibilidad
acceso abierto
Condiciones de uso
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/ar/
Repositorio
Repositorio Institucional de la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE)
Institución
Universidad Nacional del Nordeste
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Sin embargo, los problemas actuales en materia de violencia contra las mujeres no se relacionan ya con la existencia de normas legales e instituciones responsables de su aplicación; antes bien, se trata de lograr la efectiva aplicación de estas normas y la eficacia de los procedimientos administrativos y judiciales vigentes. En la provincia de Corrientes hay un retardo en la aplicación de normativas o creación de institutos. Con vergonzantes casos de violencia, entidades civiles que trabajan en el tema protestan por la demora en la constitución de un entramado oficial que contenga a las víctimas. Primeramente, es indispensable reconocer la inexistencia de registros oficiales en Corrientes, lo que nos obliga a plantearnos criterios de medición que permitan aproximarnos a la problemática. La Argentina no cuenta con información estadística sobre las dimensiones y los tipos de violencia, por lo tanto, no es posible conocer cuáles son las formas de violencia, así como la frecuencia con la que se manifiestan, quiénes son sus agresores y cuáles son las respuestas públicas frente al problema; y sin conocimientos de los hechos difícilmente se pueda avanzar en lo indispensable: el acceso a la justicia. No se debe perder de vista la responsabilidad del Estado en la provisión de esa información, la necesidad de contar con instrumentos más adecuados de medición, es una función que le compete para no hacer política pública a ciegas. En función a nuestro sistema judicial, todas las denuncias que se hacen ante las diferentes instituciones públicas o privadas, deberían terminar con intervención judicial, por lo tanto, además de los registros que llevan todas las instituciones sería el Poder Judicial el único capaz de reunir la totalidad de los datos y evitar la duplicidad de la información. El principio que indica que “los jueces sólo hablan a través de sus sentencias” remite a la voz autorizada que las sentencias tienen respecto de lo que “es” el derecho, pero también implica que las sentencias son el modo más adecuado para la comunicación entre el Poder Judicial y la sociedad. Por otra parte, el acceso a la justicia, se ve constreñido por los preconceptos o patrones socioculturales y falta de capacitación de los agentes y funcionarios del sistema. Ante esta situación podemos encontrar posibles soluciones como: garantizar expresamente el apartamiento de aquellos jueces sobre quiénes pese un temor de parcialidad; a impugnar las decisiones jurisdiccionales; al momento de designación de los mismos, no limitarse a la consideración de las opiniones a ciertas cuestiones de derechos humanos, sin realizarse un análisis respecto de la postura de estos aspirantes en cuestiones relativas a la promoción y defensa del principio de igualdad y de no-discriminación en general y de género en particular y la incorporación del género a la educación universitaria se presenta como esencial para la educación de nuestros juristas, éste puede ser un lugar privilegiado desde el cual contribuir a denunciar y, eventualmente, desactivar la discriminación por género que caracteriza a la costumbre, las instituciones y los paradigmas tradicionales de generación de conocimiento. Las experiencias de la última década indican que la violencia que sufren las mujeres es de gran complejidad y no se resuelve exclusivamente con leyes ni atención psicológica, sino que requiere de una política global que haga efectiva una política social activa que sostenga a las mujeres en su decisión de llevar adelante una denuncia ante el sistema de justicia. La tolerancia, traducida en aceptación, como norma de convivencia, es todavía una asignatura pendiente. Es verdad que se ha avanzado bastante, pero en la mensura de lo alcanzado está la evidencia de lo mucho que todavía falta por concretar.Universidad Nacional del Nordeste. Secretaría General de Ciencia Técnica2014-06info:eu-repo/semantics/conferenceObjectinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_5794info:ar-repo/semantics/documentoDeConferenciaapplication/pdfp. 1-1application/pdfVuckovic, Ivana, Anís, Mónica Andrea y Torres de Breard, Verónica Nidia, 2014. 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La violencia de género es el drama contemporáneo. Existió siempre, pero los casos parecen multiplicarse, ello representa una dolorosa realidad que difícilmente pueda asegurarse como novedosa. El coraje de las mujeres para no ocultar su sufrimiento y el acompañamiento de la sociedad civil dispuesta a detener el oprobio han sido fundamentales en el viraje. La actualización del entramado legal ayudó muchísimo. Sin embargo, los problemas actuales en materia de violencia contra las mujeres no se relacionan ya con la existencia de normas legales e instituciones responsables de su aplicación; antes bien, se trata de lograr la efectiva aplicación de estas normas y la eficacia de los procedimientos administrativos y judiciales vigentes. En la provincia de Corrientes hay un retardo en la aplicación de normativas o creación de institutos. Con vergonzantes casos de violencia, entidades civiles que trabajan en el tema protestan por la demora en la constitución de un entramado oficial que contenga a las víctimas. Primeramente, es indispensable reconocer la inexistencia de registros oficiales en Corrientes, lo que nos obliga a plantearnos criterios de medición que permitan aproximarnos a la problemática. La Argentina no cuenta con información estadística sobre las dimensiones y los tipos de violencia, por lo tanto, no es posible conocer cuáles son las formas de violencia, así como la frecuencia con la que se manifiestan, quiénes son sus agresores y cuáles son las respuestas públicas frente al problema; y sin conocimientos de los hechos difícilmente se pueda avanzar en lo indispensable: el acceso a la justicia. No se debe perder de vista la responsabilidad del Estado en la provisión de esa información, la necesidad de contar con instrumentos más adecuados de medición, es una función que le compete para no hacer política pública a ciegas. En función a nuestro sistema judicial, todas las denuncias que se hacen ante las diferentes instituciones públicas o privadas, deberían terminar con intervención judicial, por lo tanto, además de los registros que llevan todas las instituciones sería el Poder Judicial el único capaz de reunir la totalidad de los datos y evitar la duplicidad de la información. El principio que indica que “los jueces sólo hablan a través de sus sentencias” remite a la voz autorizada que las sentencias tienen respecto de lo que “es” el derecho, pero también implica que las sentencias son el modo más adecuado para la comunicación entre el Poder Judicial y la sociedad. Por otra parte, el acceso a la justicia, se ve constreñido por los preconceptos o patrones socioculturales y falta de capacitación de los agentes y funcionarios del sistema. Ante esta situación podemos encontrar posibles soluciones como: garantizar expresamente el apartamiento de aquellos jueces sobre quiénes pese un temor de parcialidad; a impugnar las decisiones jurisdiccionales; al momento de designación de los mismos, no limitarse a la consideración de las opiniones a ciertas cuestiones de derechos humanos, sin realizarse un análisis respecto de la postura de estos aspirantes en cuestiones relativas a la promoción y defensa del principio de igualdad y de no-discriminación en general y de género en particular y la incorporación del género a la educación universitaria se presenta como esencial para la educación de nuestros juristas, éste puede ser un lugar privilegiado desde el cual contribuir a denunciar y, eventualmente, desactivar la discriminación por género que caracteriza a la costumbre, las instituciones y los paradigmas tradicionales de generación de conocimiento. Las experiencias de la última década indican que la violencia que sufren las mujeres es de gran complejidad y no se resuelve exclusivamente con leyes ni atención psicológica, sino que requiere de una política global que haga efectiva una política social activa que sostenga a las mujeres en su decisión de llevar adelante una denuncia ante el sistema de justicia. La tolerancia, traducida en aceptación, como norma de convivencia, es todavía una asignatura pendiente. Es verdad que se ha avanzado bastante, pero en la mensura de lo alcanzado está la evidencia de lo mucho que todavía falta por concretar.
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