Empresa familiar agropecuaria de la provincia del Chaco y distribución de recursos naturales

Autores
Van-ek, Pamela Giselle
Año de publicación
2017
Idioma
español castellano
Tipo de recurso
documento de conferencia
Estado
versión publicada
Descripción
Fil: Van-ek, Pamela Giselle. Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas; Argentina.
Como corolario de trabajos anteriores, se ha dicho que desde el año 2003 en nuestro país, se han dado a conocer políticas públicas por parte del gobierno de turno en respuesta a la demanda impuesta por la sociedad, en lo que respecta a la materia Perspectivas de Genero, circunscribiéndolo a la Provincia del Chaco,dichas demandas se vieron representadas por los problemas que atraviesan las mujeres integrantes de la empresa familiar agropecuaria, frente a su par, el “hombre”, en cuanto al acceso, uso y control del recurso “tierra”, tema que nos ocupa en la presente, esta marcada desigualdad que tuvo su origen entre otros factores de la época, en años de desconocimiento, no solo por parte de los integrantes de la empresa familiar agropecuaria, sino oculto a los ojos de la sociedad toda, a través de la legislación nacional y provincial vigente. Normativamente hablando en cuanto a la recepción de Perspectivas de Genero, desde el ámbito Internacional se encuentra la Primera Conferencia Mundial sobre la Mujer en el año 1975, luego en 1979 con la aprobación de la Asamblea General de las Naciones Unidas para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, que en nuestro pais tras la Reforma Constitucional de 1994 art. 75 inc .22 ha adquiriedo jerarquía constitucional y la IV Conferencia Mundial de la Mujer, Beijing (1995), que continuando con las afirmaciones de BARRACHINA HERRERA, Maria, (2012), se renovó el compromiso de la comunidad internacional para lograr la igualdad entre hombres y mujeres, y se invitó a los gobiernos y a los demás agentes a: “integrar la perspectiva de género en todas las políticas y los programas para analizar sus consecuencias en mujeres y hombres respectivamente, antes de tomar decisiones”. La nueva estrategia fue denominada “gender mainstreaming”, así como el Tratado de Amsterdam ( en el que se recoge el compromiso de tomar la igualdad entre mujeres y hombres como objetivo a integrar en todas las políticas de la Comunidad); y la Resolución del Consejo de 2 de diciembre de 1996 (nomativa de la Unión Europea) pioneras en el tema de “transversalidad de las perspectivas de género” de las políticas públicas de los Estados, siguiendo los lineamientos de Emanuela Lombardo ( Mayo-Diciembre 2003) conocida como “mainstreaming de género” (p.1-11), en el año 2007 se reconocen como ejemplos a seguir para nuestra legislacion, el gran progreso que representa el país de España al sancionar la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, “Para la igualdad efectiva de mujeres y hombres”, que en su Título Segundo, Capítulo Primero, se establecen las pautas generales de actuación de los poderes públicos en relación con la igualdad, se define el principio de transversalidad y los instrumentos para su integración en la elaboración, ejecución y aplicación de las normas. Concretamente la incorporación de la obligatoriedad de aplicar la transversalidad de género en las políticas públicas, así como también la Ley Orgánica 30/2003 sobre “Medidas para incorporar la valoración de impacto de género en las disposiciones normativas que elabore el Gobierno”, establece la obligación de que cualquier norma o reglamento tenga que incorporar un informe de impacto de género. Sin embargo en lo que respecta al ámbito Nacional y Provincial, dentro del periodo año 2003-2010, existen en nuestro ordenamiento leyes que no la receptan: Ley Nacional Nº 12.636 de colonización, así como la ley Nº26.737 Régimen de protección al dominio nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de las tierras rurales, Ley Provincial Chaco Nº 2913 Régimen de Tierras Fiscales- Crea el Instituto de Colonización y el Codigo Civil de la Nación derogado Ley Nº 340 y modificatorias, por otro lado se ha destacado el mérito de la implantación del “Programa Regional de Fortalecimiento Institucional de Políticas de Igualdad de Género en la Agricultura Familiar del MERCOSUR” a nivel regional a partir del año 2008 puesto en ejecucion a nivel nacional a través del programa PRODEAR (Programa de Desarrollo de Areas Rurarles)que implementan la transversalidad de las perspectivas de genero.El método utilizado fue de carácter teórico exploratorio, con un diseño principalmente bibliográfico, lógico, inducción y deducción, por lo que se analizó, identifico y comparo fuentes primarias (Legislación) y fuentes secundarias Doctrina). Se consideran confirmadas las hipótesis: “Los problemas jurídicos que enfrenta la mujer campesina, como integrante de la Empresa Familiar Agropecuaria de la Provincia de Chaco, en cuanto a la explotación de la tierra-periodo comprendido entre los años 2003 -2010 obedece a que la legislación provincial no recepta perspectivas de género” y “La adecuada implementación de perspectivas de género en la lelegislación provincial permitirá la erradicación de dicha vulnerabilidad y la democratización de la propiedad rural como alternativa de resguardo y superación socioeconómica”.-
Materia
Mujer
Problemática legal
Empoderamiento
Nivel de accesibilidad
acceso abierto
Condiciones de uso
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/ar/
Repositorio
Repositorio Institucional de la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE)
Institución
Universidad Nacional del Nordeste
OAI Identificador
oai:repositorio.unne.edu.ar:123456789/52532

id RIUNNE_c150cbfd6170c801f7e105cb189a8230
oai_identifier_str oai:repositorio.unne.edu.ar:123456789/52532
network_acronym_str RIUNNE
repository_id_str 4871
network_name_str Repositorio Institucional de la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE)
spelling Empresa familiar agropecuaria de la provincia del Chaco y distribución de recursos naturalesVan-ek, Pamela GiselleMujerProblemática legalEmpoderamientoFil: Van-ek, Pamela Giselle. Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas; Argentina.Como corolario de trabajos anteriores, se ha dicho que desde el año 2003 en nuestro país, se han dado a conocer políticas públicas por parte del gobierno de turno en respuesta a la demanda impuesta por la sociedad, en lo que respecta a la materia Perspectivas de Genero, circunscribiéndolo a la Provincia del Chaco,dichas demandas se vieron representadas por los problemas que atraviesan las mujeres integrantes de la empresa familiar agropecuaria, frente a su par, el “hombre”, en cuanto al acceso, uso y control del recurso “tierra”, tema que nos ocupa en la presente, esta marcada desigualdad que tuvo su origen entre otros factores de la época, en años de desconocimiento, no solo por parte de los integrantes de la empresa familiar agropecuaria, sino oculto a los ojos de la sociedad toda, a través de la legislación nacional y provincial vigente. Normativamente hablando en cuanto a la recepción de Perspectivas de Genero, desde el ámbito Internacional se encuentra la Primera Conferencia Mundial sobre la Mujer en el año 1975, luego en 1979 con la aprobación de la Asamblea General de las Naciones Unidas para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, que en nuestro pais tras la Reforma Constitucional de 1994 art. 75 inc .22 ha adquiriedo jerarquía constitucional y la IV Conferencia Mundial de la Mujer, Beijing (1995), que continuando con las afirmaciones de BARRACHINA HERRERA, Maria, (2012), se renovó el compromiso de la comunidad internacional para lograr la igualdad entre hombres y mujeres, y se invitó a los gobiernos y a los demás agentes a: “integrar la perspectiva de género en todas las políticas y los programas para analizar sus consecuencias en mujeres y hombres respectivamente, antes de tomar decisiones”. La nueva estrategia fue denominada “gender mainstreaming”, así como el Tratado de Amsterdam ( en el que se recoge el compromiso de tomar la igualdad entre mujeres y hombres como objetivo a integrar en todas las políticas de la Comunidad); y la Resolución del Consejo de 2 de diciembre de 1996 (nomativa de la Unión Europea) pioneras en el tema de “transversalidad de las perspectivas de género” de las políticas públicas de los Estados, siguiendo los lineamientos de Emanuela Lombardo ( Mayo-Diciembre 2003) conocida como “mainstreaming de género” (p.1-11), en el año 2007 se reconocen como ejemplos a seguir para nuestra legislacion, el gran progreso que representa el país de España al sancionar la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, “Para la igualdad efectiva de mujeres y hombres”, que en su Título Segundo, Capítulo Primero, se establecen las pautas generales de actuación de los poderes públicos en relación con la igualdad, se define el principio de transversalidad y los instrumentos para su integración en la elaboración, ejecución y aplicación de las normas. Concretamente la incorporación de la obligatoriedad de aplicar la transversalidad de género en las políticas públicas, así como también la Ley Orgánica 30/2003 sobre “Medidas para incorporar la valoración de impacto de género en las disposiciones normativas que elabore el Gobierno”, establece la obligación de que cualquier norma o reglamento tenga que incorporar un informe de impacto de género. Sin embargo en lo que respecta al ámbito Nacional y Provincial, dentro del periodo año 2003-2010, existen en nuestro ordenamiento leyes que no la receptan: Ley Nacional Nº 12.636 de colonización, así como la ley Nº26.737 Régimen de protección al dominio nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de las tierras rurales, Ley Provincial Chaco Nº 2913 Régimen de Tierras Fiscales- Crea el Instituto de Colonización y el Codigo Civil de la Nación derogado Ley Nº 340 y modificatorias, por otro lado se ha destacado el mérito de la implantación del “Programa Regional de Fortalecimiento Institucional de Políticas de Igualdad de Género en la Agricultura Familiar del MERCOSUR” a nivel regional a partir del año 2008 puesto en ejecucion a nivel nacional a través del programa PRODEAR (Programa de Desarrollo de Areas Rurarles)que implementan la transversalidad de las perspectivas de genero.El método utilizado fue de carácter teórico exploratorio, con un diseño principalmente bibliográfico, lógico, inducción y deducción, por lo que se analizó, identifico y comparo fuentes primarias (Legislación) y fuentes secundarias Doctrina). Se consideran confirmadas las hipótesis: “Los problemas jurídicos que enfrenta la mujer campesina, como integrante de la Empresa Familiar Agropecuaria de la Provincia de Chaco, en cuanto a la explotación de la tierra-periodo comprendido entre los años 2003 -2010 obedece a que la legislación provincial no recepta perspectivas de género” y “La adecuada implementación de perspectivas de género en la lelegislación provincial permitirá la erradicación de dicha vulnerabilidad y la democratización de la propiedad rural como alternativa de resguardo y superación socioeconómica”.-Universidad Nacional del Nordeste. Secretaría General de Ciencia y Técnica2017info:eu-repo/semantics/conferenceObjectinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_5794info:ar-repo/semantics/documentoDeConferenciaapplication/pdfp. 1-1application/pdfVan-ek, Pamela Giselle, 2017. Empresa familiar agropecuaria de la provincia del Chaco y distribución de recursos naturales. En: XXIII Comunicaciones Científicas y Tecnológicas. Corrientes: Universidad Nacional del Nordeste. Secretaría General de Ciencia y Técnica, p. 1-1.http://repositorio.unne.edu.ar/handle/123456789/52532spaUNNE/Iniciación Tipo A/12G006/AR. Corrientes/ Empresa familiar y cooperativa: situaciones problemáticas y soluciones jurídicas y económicas para la sustentabilidad de las micropymes regionales.info:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/ar/Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Argentinareponame:Repositorio Institucional de la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE)instname:Universidad Nacional del Nordeste2025-09-29T14:29:34Zoai:repositorio.unne.edu.ar:123456789/52532instacron:UNNEInstitucionalhttp://repositorio.unne.edu.ar/Universidad públicaNo correspondehttp://repositorio.unne.edu.ar/oaiososa@bib.unne.edu.ar;sergio.alegria@unne.edu.arArgentinaNo correspondeNo correspondeNo correspondeopendoar:48712025-09-29 14:29:34.621Repositorio Institucional de la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE) - Universidad Nacional del Nordestefalse
dc.title.none.fl_str_mv Empresa familiar agropecuaria de la provincia del Chaco y distribución de recursos naturales
title Empresa familiar agropecuaria de la provincia del Chaco y distribución de recursos naturales
spellingShingle Empresa familiar agropecuaria de la provincia del Chaco y distribución de recursos naturales
Van-ek, Pamela Giselle
Mujer
Problemática legal
Empoderamiento
title_short Empresa familiar agropecuaria de la provincia del Chaco y distribución de recursos naturales
title_full Empresa familiar agropecuaria de la provincia del Chaco y distribución de recursos naturales
title_fullStr Empresa familiar agropecuaria de la provincia del Chaco y distribución de recursos naturales
title_full_unstemmed Empresa familiar agropecuaria de la provincia del Chaco y distribución de recursos naturales
title_sort Empresa familiar agropecuaria de la provincia del Chaco y distribución de recursos naturales
dc.creator.none.fl_str_mv Van-ek, Pamela Giselle
author Van-ek, Pamela Giselle
author_facet Van-ek, Pamela Giselle
author_role author
dc.subject.none.fl_str_mv Mujer
Problemática legal
Empoderamiento
topic Mujer
Problemática legal
Empoderamiento
dc.description.none.fl_txt_mv Fil: Van-ek, Pamela Giselle. Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas; Argentina.
Como corolario de trabajos anteriores, se ha dicho que desde el año 2003 en nuestro país, se han dado a conocer políticas públicas por parte del gobierno de turno en respuesta a la demanda impuesta por la sociedad, en lo que respecta a la materia Perspectivas de Genero, circunscribiéndolo a la Provincia del Chaco,dichas demandas se vieron representadas por los problemas que atraviesan las mujeres integrantes de la empresa familiar agropecuaria, frente a su par, el “hombre”, en cuanto al acceso, uso y control del recurso “tierra”, tema que nos ocupa en la presente, esta marcada desigualdad que tuvo su origen entre otros factores de la época, en años de desconocimiento, no solo por parte de los integrantes de la empresa familiar agropecuaria, sino oculto a los ojos de la sociedad toda, a través de la legislación nacional y provincial vigente. Normativamente hablando en cuanto a la recepción de Perspectivas de Genero, desde el ámbito Internacional se encuentra la Primera Conferencia Mundial sobre la Mujer en el año 1975, luego en 1979 con la aprobación de la Asamblea General de las Naciones Unidas para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, que en nuestro pais tras la Reforma Constitucional de 1994 art. 75 inc .22 ha adquiriedo jerarquía constitucional y la IV Conferencia Mundial de la Mujer, Beijing (1995), que continuando con las afirmaciones de BARRACHINA HERRERA, Maria, (2012), se renovó el compromiso de la comunidad internacional para lograr la igualdad entre hombres y mujeres, y se invitó a los gobiernos y a los demás agentes a: “integrar la perspectiva de género en todas las políticas y los programas para analizar sus consecuencias en mujeres y hombres respectivamente, antes de tomar decisiones”. La nueva estrategia fue denominada “gender mainstreaming”, así como el Tratado de Amsterdam ( en el que se recoge el compromiso de tomar la igualdad entre mujeres y hombres como objetivo a integrar en todas las políticas de la Comunidad); y la Resolución del Consejo de 2 de diciembre de 1996 (nomativa de la Unión Europea) pioneras en el tema de “transversalidad de las perspectivas de género” de las políticas públicas de los Estados, siguiendo los lineamientos de Emanuela Lombardo ( Mayo-Diciembre 2003) conocida como “mainstreaming de género” (p.1-11), en el año 2007 se reconocen como ejemplos a seguir para nuestra legislacion, el gran progreso que representa el país de España al sancionar la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, “Para la igualdad efectiva de mujeres y hombres”, que en su Título Segundo, Capítulo Primero, se establecen las pautas generales de actuación de los poderes públicos en relación con la igualdad, se define el principio de transversalidad y los instrumentos para su integración en la elaboración, ejecución y aplicación de las normas. Concretamente la incorporación de la obligatoriedad de aplicar la transversalidad de género en las políticas públicas, así como también la Ley Orgánica 30/2003 sobre “Medidas para incorporar la valoración de impacto de género en las disposiciones normativas que elabore el Gobierno”, establece la obligación de que cualquier norma o reglamento tenga que incorporar un informe de impacto de género. Sin embargo en lo que respecta al ámbito Nacional y Provincial, dentro del periodo año 2003-2010, existen en nuestro ordenamiento leyes que no la receptan: Ley Nacional Nº 12.636 de colonización, así como la ley Nº26.737 Régimen de protección al dominio nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de las tierras rurales, Ley Provincial Chaco Nº 2913 Régimen de Tierras Fiscales- Crea el Instituto de Colonización y el Codigo Civil de la Nación derogado Ley Nº 340 y modificatorias, por otro lado se ha destacado el mérito de la implantación del “Programa Regional de Fortalecimiento Institucional de Políticas de Igualdad de Género en la Agricultura Familiar del MERCOSUR” a nivel regional a partir del año 2008 puesto en ejecucion a nivel nacional a través del programa PRODEAR (Programa de Desarrollo de Areas Rurarles)que implementan la transversalidad de las perspectivas de genero.El método utilizado fue de carácter teórico exploratorio, con un diseño principalmente bibliográfico, lógico, inducción y deducción, por lo que se analizó, identifico y comparo fuentes primarias (Legislación) y fuentes secundarias Doctrina). Se consideran confirmadas las hipótesis: “Los problemas jurídicos que enfrenta la mujer campesina, como integrante de la Empresa Familiar Agropecuaria de la Provincia de Chaco, en cuanto a la explotación de la tierra-periodo comprendido entre los años 2003 -2010 obedece a que la legislación provincial no recepta perspectivas de género” y “La adecuada implementación de perspectivas de género en la lelegislación provincial permitirá la erradicación de dicha vulnerabilidad y la democratización de la propiedad rural como alternativa de resguardo y superación socioeconómica”.-
description Fil: Van-ek, Pamela Giselle. Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas; Argentina.
publishDate 2017
dc.date.none.fl_str_mv 2017
dc.type.none.fl_str_mv info:eu-repo/semantics/conferenceObject
info:eu-repo/semantics/publishedVersion
http://purl.org/coar/resource_type/c_5794
info:ar-repo/semantics/documentoDeConferencia
format conferenceObject
status_str publishedVersion
dc.identifier.none.fl_str_mv Van-ek, Pamela Giselle, 2017. Empresa familiar agropecuaria de la provincia del Chaco y distribución de recursos naturales. En: XXIII Comunicaciones Científicas y Tecnológicas. Corrientes: Universidad Nacional del Nordeste. Secretaría General de Ciencia y Técnica, p. 1-1.
http://repositorio.unne.edu.ar/handle/123456789/52532
identifier_str_mv Van-ek, Pamela Giselle, 2017. Empresa familiar agropecuaria de la provincia del Chaco y distribución de recursos naturales. En: XXIII Comunicaciones Científicas y Tecnológicas. Corrientes: Universidad Nacional del Nordeste. Secretaría General de Ciencia y Técnica, p. 1-1.
url http://repositorio.unne.edu.ar/handle/123456789/52532
dc.language.none.fl_str_mv spa
language spa
dc.relation.none.fl_str_mv UNNE/Iniciación Tipo A/12G006/AR. Corrientes/ Empresa familiar y cooperativa: situaciones problemáticas y soluciones jurídicas y económicas para la sustentabilidad de las micropymes regionales.
dc.rights.none.fl_str_mv info:eu-repo/semantics/openAccess
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/ar/
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Argentina
eu_rights_str_mv openAccess
rights_invalid_str_mv http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/ar/
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Argentina
dc.format.none.fl_str_mv application/pdf
p. 1-1
application/pdf
dc.publisher.none.fl_str_mv Universidad Nacional del Nordeste. Secretaría General de Ciencia y Técnica
publisher.none.fl_str_mv Universidad Nacional del Nordeste. Secretaría General de Ciencia y Técnica
dc.source.none.fl_str_mv reponame:Repositorio Institucional de la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE)
instname:Universidad Nacional del Nordeste
reponame_str Repositorio Institucional de la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE)
collection Repositorio Institucional de la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE)
instname_str Universidad Nacional del Nordeste
repository.name.fl_str_mv Repositorio Institucional de la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE) - Universidad Nacional del Nordeste
repository.mail.fl_str_mv ososa@bib.unne.edu.ar;sergio.alegria@unne.edu.ar
_version_ 1844621667744088064
score 12.559606