Protección jurídica del ciborg en Argentina

Autores
Carlevaro, Agustín Sebastián
Año de publicación
2017
Idioma
español castellano
Tipo de recurso
documento de conferencia
Estado
versión publicada
Descripción
Fil: Carlevaro, Agustín Sebastián. Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Ciencias Exactas y Naturales y Agrimensura; Argentina.
El presente trabajo se inserta en un Proyecto de Investigación que abarca el estudio del acceso a las tecnologías biomédicas como un derecho humano; pretende redefinir el concepto de persona a la luz de la teoría general del derecho, el ordenamiento jurídico vigente y aportes de los autores bajo la unidad de análisis “cuerpo del paciente”. Resulta necesario determinar los límites de esta acepción ya que se constituye como el sujeto pasivo de la relación ingeniero biomédico-paciente frente al estudio de la responsabilidad civil por mala praxis en el accionar de estos profesionales. Para recoger datos científicos se utilizó la Matriz de Datos. Los mismos fueron operados a través de los métodos jurídico, realista y bibliográfico. Las variables asignadas en el diseño metodológico de son las siguientes, a saber, a) Derecho Biomédico; b) Derecho de la Salud; c) Derecho Civil; d) Tratados Internacionales; e) Teoría de Transhumanismo, y; f) Teoría de las Representaciones Sociales, asignándose los valores y dimensiones respectivos desarrollados en el artículo. Se arribaron a las siguientes conclusiones: a. La ingeniería biomédica modifica qué se entiende por cuerpo. Dicho fenómeno nuevo no es captado por el ordenamiento jurídico argentino. b. El CCCN adopta la teoría de la extrapatrimonialidad y convierte al cuerpo en asiento de los derechos personalísimos, susceptibles de disposición para satisfacer los valores señalados por la ley, cuya transmisión opera sobre el principio de solidaridad y no en función de una finalidad lucrativa. Lo considera como un fenómeno autónomo cuantificable en su concepción estricta y deja al legislador la posibilidad de regular nuevas implicancias a través de normas específicas. c. Los datos científicos obtenidos de la matriz caracterizan los rasgos distintivos del ciborg constituyéndose como nuevos elementos susceptibles de regulación. d. El CCCN reconoce al cuerpo en su estado molar y no así, el molecular.
Materia
Tecnología
Ingeniería biomédica
Salud
Derechos humanos
Derecho biomédico
Nivel de accesibilidad
acceso abierto
Condiciones de uso
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/ar/
Repositorio
Repositorio Institucional de la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE)
Institución
Universidad Nacional del Nordeste
OAI Identificador
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