El sistema interamericano debe asegurar que el FMI respete y efectivice los derechos humanos: Fundamento jurídico
- Autores
- Manzo, Alejandro Gabriel
- Año de publicación
- 2024
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- parte de libro
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- Según el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, el FMI elude sistemáticamente sus obligaciones de respeto y efectivización de los derechos humanos. No obstante ello, sus prácticas no son evaluadas más que por sus propios órganos internos; lo cual, claro está, atenta contra los principios más básicos de cualquier sistema democrático. En este marco, resulta oportuno indagar sobre las posibilidades del "Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos" (SIDH) para revertir esta tendencia. Jurídicamente, esta indagación cobra sentido desde el momento en que el Fondo no suscribió ningún tratado internacional del campo ni su Acuerdo Constitutivo menciona los derechos humanos. Desde allí, cabe preguntarse: ¿Bajo qué fundamento el SIDH podría intervenir sobre sus prácticas? El capítulo se aboca a desentrañar este interrogante interpretando la normativa pertinente de conformidad a las últimas directrices interpretativas del SIDH. Se argumenta que éste está jurídicamente habilitado para controlar las prácticas del FMI tanto de forma directa como indirecta; es decir, asegurando, en el primer caso, que cumpla con sus propias obligaciones de respeto y efectivización de los derechos humanos y, en el segundo caso, que sus Estados-miembro lo hagan, cuando interactúen con él y, en particular, cuando integren sus órganos de gobierno.
Fil: Manzo, Alejandro Gabriel. Universidad Nacional de Córdoba. Instituto de Estudios sobre Derecho, Justicia y Sociedad. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas. Centro Científico Tecnológico Conicet - Córdoba. Instituto de Estudios sobre Derecho, Justicia y Sociedad; Argentina - Materia
-
Derechos Humanos
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- acceso abierto
- Condiciones de uso
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