Cómo ser abogado en el nuevo orden medieval
- Autores
- Justo, Juan Bautista
- Año de publicación
- 2016
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- artículo
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- El Estado moderno tuvo una meta clara: erradicar el pluralismo jurídico del orden medieval. La soberanía, primero del monarca absoluto y luego del legislador democrático logró el cometido y sustituyó Derecho por constitución y ley.La globalización nos ha devuelto a ese orden medieval, pues nos inserta en un sistema jurídico caracterizado por la inexistencia de un centro único de poder que deriva en:a) Fragmentación normativa, debido a la ausencia de jerarquía de las fuentes internacionales.b) Fragmentación interpretativa, habida cuenta de la proliferación de cuerpos internacionales con capacidad jurisdiccional que responden a sistemas y fines contradictorios.c) Condición meramente fáctica de todo el ordenamiento doméstico, en cualquiera de sus expresiones. El gran articulador del nuevo escenario ya no es el legislador, sino el juez, que no resuelve conforme a normas porque el espejismo del sistema hermético se cayó. Resuelve conforme a principios y sólo la suerte dirá si coinciden con los del litigante. Un juez pro mercado prestará mayor atención a un laudo del CIADI y uno más pro justicia social a las recomendaciones del Comité DESC. Depende del azar. Ni hablar del problema contramayoritario que esto implica.Para gestionar este nuevo escenario los abogados tenemos que desarrollar destrezas diferentes a las de nuestros mayores. El rigor lógico en la interpretación de un corpus cerrado de normas es reemplazado por la capacidad argumentativa, el diálogo y la capacidad de generar empatía con el juez, que en el fondo resuelve de acuerdo a su fuero íntimo y toma del menú del universo de ordenamientos lo que más le gusta.Lo importante es no dejarse vencer por el desencanto y ver una gran oportunidad en todo esto. Ya no tenemos la contención de la autoridad de la ley y en cierto modo tenemos que hacernos responsables de esa libertad.
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales - Materia
-
Ciencias Jurídicas
fuentes internacionales
abogacía
interpretación
formación profesional
ordenamiento - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
- http://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
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- Universidad Nacional de La Plata
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El Estado moderno tuvo una meta clara: erradicar el pluralismo jurídico del orden medieval. La soberanía, primero del monarca absoluto y luego del legislador democrático logró el cometido y sustituyó Derecho por constitución y ley.La globalización nos ha devuelto a ese orden medieval, pues nos inserta en un sistema jurídico caracterizado por la inexistencia de un centro único de poder que deriva en:a) Fragmentación normativa, debido a la ausencia de jerarquía de las fuentes internacionales.b) Fragmentación interpretativa, habida cuenta de la proliferación de cuerpos internacionales con capacidad jurisdiccional que responden a sistemas y fines contradictorios.c) Condición meramente fáctica de todo el ordenamiento doméstico, en cualquiera de sus expresiones. El gran articulador del nuevo escenario ya no es el legislador, sino el juez, que no resuelve conforme a normas porque el espejismo del sistema hermético se cayó. Resuelve conforme a principios y sólo la suerte dirá si coinciden con los del litigante. Un juez pro mercado prestará mayor atención a un laudo del CIADI y uno más pro justicia social a las recomendaciones del Comité DESC. Depende del azar. Ni hablar del problema contramayoritario que esto implica.Para gestionar este nuevo escenario los abogados tenemos que desarrollar destrezas diferentes a las de nuestros mayores. El rigor lógico en la interpretación de un corpus cerrado de normas es reemplazado por la capacidad argumentativa, el diálogo y la capacidad de generar empatía con el juez, que en el fondo resuelve de acuerdo a su fuero íntimo y toma del menú del universo de ordenamientos lo que más le gusta.Lo importante es no dejarse vencer por el desencanto y ver una gran oportunidad en todo esto. Ya no tenemos la contención de la autoridad de la ley y en cierto modo tenemos que hacernos responsables de esa libertad. |
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