La protección del consumidor como débil jurídico mediante instituciones del derecho del trabajo : la Convención Colectiva de Trabajo
- Autores
- Terrasa, Lucio Andrés
- Año de publicación
- 2015
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- documento de conferencia
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- Fil: Terrasa, Lucio Andrés. Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Ciencias Económicas; Argentina.
Fil: Terrasa, Lucio Andrés. Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas; Argentina.
El consumidor y el trabajador son dos sujetos que, por sus particulares características, presentan asimetrías estructurales en sus relaciones con sus contrapartes contractuales, el proveedor y el empleador, que los hacen especialmente vulnerables. Teniendo en cuenta esta vulnerabilidad, en nuestra investigación nos proponemos determinar si la aplicación de ciertas herramientas utilizadas en el Derecho del Trabajo al Derecho del Consumo puede ser útil para elevar los estándares de protección de los consumidores, como en su momento sirvieron para proteger a los trabajadores. Dentro de las herramientas analizadas, algunas de las cuales entendimos aplicables, centramos nuestra investigación en una particular herramienta del Derecho del Trabajo, típica y exclusiva de esa rama del Derecho, que entendemos podrá ser de gran utilidad en el Derecho del Consumo, luego de las adaptaciones que sean necesarias. Nos referimos a la Convención Colectiva del Trabajo. En ésta, mediante la representación colectiva de trabajadores y, eventualmente, los empleadores, las partes negocian condiciones de la relación de trabajo que se aplicarán a todos los trabajadores representados por la Asociación de trabajadores. Para poder llevar adelante nuestra investigación utilizamos materiales de dos tipos: 1. Normativos: analizaremos toda la normativa aplicable al Derecho Colectivo del Trabajo y al Derecho del Consumo vigente en la actualidad en Argentina, para lo cual se consultarán los sitios oficiales de legislación de Argentina. 2. Bibliográficos: En la delimitación del material a utilizar se tuvo en cuenta los autores clásicos tanto del Derecho del Trabajo como del Consumo. A ellos se han sumado obras de otros autores que, si bien no directamente relacionadas con las materias principales de nuestra investigación (Trabajo y Consumo), realizan aportes importantes a aspectos troncales de esta materia (responsabilidad civil, daños, procesal). Resultados preliminares obtenidos: podemos adelantar que la Convención Colectiva de Trabajo podría ser utilizada por el Derecho del Consumo. Su utilidad se revela en la capacidad de igualar el poder negocial de dos partes (el proveedor y el consumidor) que, aisladamente consideradas, se revelan totalmente dispares, lo que lleva a que una de ellas (el consumidor) sufra toda clase de abusos por parte de su contraparte contractual poderosa. En Brasil el instituto está legislado y se aplica exitosamente. Conclusión Provisional: Conforme los avances habidos en la investigación, prima facie podemos sostener que la hipótesis planteada ab initio del proyecto de investigación, respecto de la posibilidad de trasvasamiento de las Convenciones Colectivas de Trabajo al Derecho del Consumo, con el fin específico de conseguir recuperar el sinalagma a contractual sería perfectamente posible. - Materia
-
Consumo
Trabajador
Vulnerabilidad
Negociación Colectiva - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/ar/
- Repositorio
- Institución
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