Reporte provincia de San Luis
- Autores
- Pérez Ranieri, Martín
- Año de publicación
- 2023
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- artículo
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- Fil: Pérez Ranieri, Martín. Universidad Nacional de Río Cuarto; Argentina
Fil: Pérez Ranieri, Martín. Universidad Nacional de San Luis; Argentina
Aspectos generales La Constitución de San Luis, ley fundamental en todo el territorio provincial, fue sancionada el 18 de abril de 1855 y fue promulgada por el Poder Ejecutivo el 6 de octubre de ese mismo año. La Honorable Asamblea Provincial dictó el 11 de noviembre de 1855 la ley que reglamentó las elecciones de los diputados por los Departamentos, que conformaron el cuerpo legislativo. Esta norma suprema mantuvo su vigencia hasta el año 1987, fecha en la que se realizó una reforma constitucional, a partir de la cual se incluyó una batería de derechos sociales y colectivos junto con la consolidación de la autonomía de los municipios. Dicha Constitución establece que el Poder Ejecutivo de la Provincia es ejercido por un gobernador y en su defecto por un vicegobernador, los cuales son elegidos directamente por el pueblo de la Provincia en distrito único y a simple pluralidad de sufragios. La duración en el cargo es de 4 años contados desde el día en que prestan juramento, con posibilidad de reelección. En cuanto al Poder Legislativo de la Provincia, la Carta Magna establece que se encuentra compuesto por una Cámara de Diputados y otra de Senadores, las cuales ejercen el Poder Legislativo mediante leyes, controlan las gestiones del Poder Ejecutivo y hacen efectiva las responsabilidades políticas de los altos funcionarios de la Provincia. La Cámara de Diputados se compone de representantes elegidos directamente por el pueblo de los departamentos, en proporción a la población censada, teniendo en cuenta que el número total de diputados no puede exceder de cuarenta y tres, salvo el caso de la creación de nuevos departamentos. No puede disminuirse la representación actual de ninguno de ellos. Cada uno de los existentes o de los que fueren creados, constituyen un distrito electoral cuya representación no puede ser inferior a dos diputados. Cada departamento elige diputados suplentes en igual número que titulares”. La duración del mandato según lo expresa la Constitución es de cuatro años en sus funciones, pudiendo ser reelectos, teniendo que renovarse la Cámara por mitades cada dos años. El diputado suplente que se incorpore en reemplazo de un titular completa el término del mandato de este. Actualmente se compone de 43 miembros, el máximo permitido por la Constitución... - Fuente
- El Derecho Constitucional. Suplemento Elecciones 2023 en Provincias, Municipios y CABA. Diciembre de 2023
- Materia
-
ELECCIONES
DERECHO CONSTITUCIONAL
DERECHO POLITICO
PARTIDOS POLITICOS
CONSTITUCIONES PROVINCIALES - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
- https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
- Repositorio
- Institución
- Pontificia Universidad Católica Argentina
- OAI Identificador
- oai:ucacris:123456789/17683
Ver los metadatos del registro completo
id |
RIUCA_0d7e9b497f14816b5374e2d517d7648b |
---|---|
oai_identifier_str |
oai:ucacris:123456789/17683 |
network_acronym_str |
RIUCA |
repository_id_str |
2585 |
network_name_str |
Repositorio Institucional (UCA) |
spelling |
Reporte provincia de San LuisPérez Ranieri, MartínELECCIONESDERECHO CONSTITUCIONALDERECHO POLITICOPARTIDOS POLITICOSCONSTITUCIONES PROVINCIALESFil: Pérez Ranieri, Martín. Universidad Nacional de Río Cuarto; ArgentinaFil: Pérez Ranieri, Martín. Universidad Nacional de San Luis; ArgentinaAspectos generales La Constitución de San Luis, ley fundamental en todo el territorio provincial, fue sancionada el 18 de abril de 1855 y fue promulgada por el Poder Ejecutivo el 6 de octubre de ese mismo año. La Honorable Asamblea Provincial dictó el 11 de noviembre de 1855 la ley que reglamentó las elecciones de los diputados por los Departamentos, que conformaron el cuerpo legislativo. Esta norma suprema mantuvo su vigencia hasta el año 1987, fecha en la que se realizó una reforma constitucional, a partir de la cual se incluyó una batería de derechos sociales y colectivos junto con la consolidación de la autonomía de los municipios. Dicha Constitución establece que el Poder Ejecutivo de la Provincia es ejercido por un gobernador y en su defecto por un vicegobernador, los cuales son elegidos directamente por el pueblo de la Provincia en distrito único y a simple pluralidad de sufragios. La duración en el cargo es de 4 años contados desde el día en que prestan juramento, con posibilidad de reelección. En cuanto al Poder Legislativo de la Provincia, la Carta Magna establece que se encuentra compuesto por una Cámara de Diputados y otra de Senadores, las cuales ejercen el Poder Legislativo mediante leyes, controlan las gestiones del Poder Ejecutivo y hacen efectiva las responsabilidades políticas de los altos funcionarios de la Provincia. La Cámara de Diputados se compone de representantes elegidos directamente por el pueblo de los departamentos, en proporción a la población censada, teniendo en cuenta que el número total de diputados no puede exceder de cuarenta y tres, salvo el caso de la creación de nuevos departamentos. No puede disminuirse la representación actual de ninguno de ellos. Cada uno de los existentes o de los que fueren creados, constituyen un distrito electoral cuya representación no puede ser inferior a dos diputados. Cada departamento elige diputados suplentes en igual número que titulares”. La duración del mandato según lo expresa la Constitución es de cuatro años en sus funciones, pudiendo ser reelectos, teniendo que renovarse la Cámara por mitades cada dos años. El diputado suplente que se incorpore en reemplazo de un titular completa el término del mandato de este. Actualmente se compone de 43 miembros, el máximo permitido por la Constitución...El Derecho2023info:eu-repo/semantics/articleinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_6501info:ar-repo/semantics/articuloapplication/pdfhttps://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/176831666-8987Pérez Ranieri, M. Reporte provincia de San Luis [en línea]. En: El Derecho Constitucional. Suplemento Elecciones 2023 en Provincias, Municipios y CABA. Diciembre de 2023. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/17683El Derecho Constitucional. Suplemento Elecciones 2023 en Provincias, Municipios y CABA. Diciembre de 2023reponame:Repositorio Institucional (UCA)instname:Pontificia Universidad Católica ArgentinaspaSan Luis (Argentina : Provincia)Siglo XXIinfo:eu-repo/semantics/openAccesshttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/2025-07-03T10:59:39Zoai:ucacris:123456789/17683instacron:UCAInstitucionalhttps://repositorio.uca.edu.ar/Universidad privadaNo correspondehttps://repositorio.uca.edu.ar/oaiclaudia_fernandez@uca.edu.arArgentinaNo correspondeNo correspondeNo correspondeopendoar:25852025-07-03 10:59:39.595Repositorio Institucional (UCA) - Pontificia Universidad Católica Argentinafalse |
dc.title.none.fl_str_mv |
Reporte provincia de San Luis |
title |
Reporte provincia de San Luis |
spellingShingle |
Reporte provincia de San Luis Pérez Ranieri, Martín ELECCIONES DERECHO CONSTITUCIONAL DERECHO POLITICO PARTIDOS POLITICOS CONSTITUCIONES PROVINCIALES |
title_short |
Reporte provincia de San Luis |
title_full |
Reporte provincia de San Luis |
title_fullStr |
Reporte provincia de San Luis |
title_full_unstemmed |
Reporte provincia de San Luis |
title_sort |
Reporte provincia de San Luis |
dc.creator.none.fl_str_mv |
Pérez Ranieri, Martín |
author |
Pérez Ranieri, Martín |
author_facet |
Pérez Ranieri, Martín |
author_role |
author |
dc.subject.none.fl_str_mv |
ELECCIONES DERECHO CONSTITUCIONAL DERECHO POLITICO PARTIDOS POLITICOS CONSTITUCIONES PROVINCIALES |
topic |
ELECCIONES DERECHO CONSTITUCIONAL DERECHO POLITICO PARTIDOS POLITICOS CONSTITUCIONES PROVINCIALES |
dc.description.none.fl_txt_mv |
Fil: Pérez Ranieri, Martín. Universidad Nacional de Río Cuarto; Argentina Fil: Pérez Ranieri, Martín. Universidad Nacional de San Luis; Argentina Aspectos generales La Constitución de San Luis, ley fundamental en todo el territorio provincial, fue sancionada el 18 de abril de 1855 y fue promulgada por el Poder Ejecutivo el 6 de octubre de ese mismo año. La Honorable Asamblea Provincial dictó el 11 de noviembre de 1855 la ley que reglamentó las elecciones de los diputados por los Departamentos, que conformaron el cuerpo legislativo. Esta norma suprema mantuvo su vigencia hasta el año 1987, fecha en la que se realizó una reforma constitucional, a partir de la cual se incluyó una batería de derechos sociales y colectivos junto con la consolidación de la autonomía de los municipios. Dicha Constitución establece que el Poder Ejecutivo de la Provincia es ejercido por un gobernador y en su defecto por un vicegobernador, los cuales son elegidos directamente por el pueblo de la Provincia en distrito único y a simple pluralidad de sufragios. La duración en el cargo es de 4 años contados desde el día en que prestan juramento, con posibilidad de reelección. En cuanto al Poder Legislativo de la Provincia, la Carta Magna establece que se encuentra compuesto por una Cámara de Diputados y otra de Senadores, las cuales ejercen el Poder Legislativo mediante leyes, controlan las gestiones del Poder Ejecutivo y hacen efectiva las responsabilidades políticas de los altos funcionarios de la Provincia. La Cámara de Diputados se compone de representantes elegidos directamente por el pueblo de los departamentos, en proporción a la población censada, teniendo en cuenta que el número total de diputados no puede exceder de cuarenta y tres, salvo el caso de la creación de nuevos departamentos. No puede disminuirse la representación actual de ninguno de ellos. Cada uno de los existentes o de los que fueren creados, constituyen un distrito electoral cuya representación no puede ser inferior a dos diputados. Cada departamento elige diputados suplentes en igual número que titulares”. La duración del mandato según lo expresa la Constitución es de cuatro años en sus funciones, pudiendo ser reelectos, teniendo que renovarse la Cámara por mitades cada dos años. El diputado suplente que se incorpore en reemplazo de un titular completa el término del mandato de este. Actualmente se compone de 43 miembros, el máximo permitido por la Constitución... |
description |
Fil: Pérez Ranieri, Martín. Universidad Nacional de Río Cuarto; Argentina |
publishDate |
2023 |
dc.date.none.fl_str_mv |
2023 |
dc.type.none.fl_str_mv |
info:eu-repo/semantics/article info:eu-repo/semantics/publishedVersion http://purl.org/coar/resource_type/c_6501 info:ar-repo/semantics/articulo |
format |
article |
status_str |
publishedVersion |
dc.identifier.none.fl_str_mv |
https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/17683 1666-8987 Pérez Ranieri, M. Reporte provincia de San Luis [en línea]. En: El Derecho Constitucional. Suplemento Elecciones 2023 en Provincias, Municipios y CABA. Diciembre de 2023. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/17683 |
url |
https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/17683 |
identifier_str_mv |
1666-8987 Pérez Ranieri, M. Reporte provincia de San Luis [en línea]. En: El Derecho Constitucional. Suplemento Elecciones 2023 en Provincias, Municipios y CABA. Diciembre de 2023. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/17683 |
dc.language.none.fl_str_mv |
spa |
language |
spa |
dc.rights.none.fl_str_mv |
info:eu-repo/semantics/openAccess https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ |
eu_rights_str_mv |
openAccess |
rights_invalid_str_mv |
https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ |
dc.format.none.fl_str_mv |
application/pdf |
dc.coverage.none.fl_str_mv |
San Luis (Argentina : Provincia) Siglo XXI |
dc.publisher.none.fl_str_mv |
El Derecho |
publisher.none.fl_str_mv |
El Derecho |
dc.source.none.fl_str_mv |
El Derecho Constitucional. Suplemento Elecciones 2023 en Provincias, Municipios y CABA. Diciembre de 2023 reponame:Repositorio Institucional (UCA) instname:Pontificia Universidad Católica Argentina |
reponame_str |
Repositorio Institucional (UCA) |
collection |
Repositorio Institucional (UCA) |
instname_str |
Pontificia Universidad Católica Argentina |
repository.name.fl_str_mv |
Repositorio Institucional (UCA) - Pontificia Universidad Católica Argentina |
repository.mail.fl_str_mv |
claudia_fernandez@uca.edu.ar |
_version_ |
1836638372083269632 |
score |
13.070432 |