La mediación escolar: claves de interpretación desde una mirada políticoeducativa
- Autores
- Rodríguez, Digna Mónica
- Año de publicación
- 2014
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- artículo
- Estado
- versión aceptada
- Descripción
- El año 2001 implicó un punto de inflexión del modelo neoliberal en Argentina. La profunda crisis global -primero económica y social y más tarde de representación política- que estalla en las calles bajo el grito ‘que se vayan todos’ ubica la “gobernabilidad” como prioridad en la agenda del Estado. Las gestiones de gobierno que se suceden desde el 2003 prometen reparar los costos sociales producidos por las reformas de primera generación y una vez agotados los recursos de los créditos, acordados por los Organismos Internacionales en la década del ’90, el reordenamiento legal aparece como necesario para la definición de nuevos programas y la gestión de nuevos créditos. Se abre así una nueva etapa en la que el gobierno impulsa una reforma de la reforma a partir de la sanción de nuevas leyes de educación y sus consecuentes modificaciones en la regulación del sistema. (Vior, 2009) La nueva Ley de Educación Nacional Nº 26.206, sancionada en el año 2006, establece que “la Educación Secundaria en todas sus modalidades y orientaciones tiene la finalidad de habilitar a los/las adolescentes y jóvenes para el ejercicio pleno de la ciudadanía…” (art. 30) y que será el Consejo Federal de Educación quien “fijará las disposiciones necesarias para que las distintas jurisdicciones dispongan la organización de las instituciones educativas de acuerdo a criterios generales, entre los que se incluye: desarrollar prácticas de mediación que contribuyan a la resolución pacífica de conflictos…”. (art.123, inciso j) Inspirada en el proyecto de mediación escolar “Construcción de Ciudadanía”, que se desarrolla a nivel nacional, el Consejo Provincial de Educación de Neuquén ha aprobado recientemente la Ley sobre Mediación Escolar que pone el foco de atención en la capacitación e intervención de “mediadores entre pares”, promoviendo nuevos mecanismos para atender la problemática de la violencia escolar. En lugar de las prohibiciones y sanciones, que caracterizaban la normativa anterior, el nuevo ordenamiento hace hincapié en la contribución del diálogo como mecanismo adecuado para la resolución de conflictos y para el logro de una “convivencia democrática”. Considerando estas disposiciones, la ponencia procura ahondar en los nuevos instrumentos de política que se diseñan en las escuelas de nivel medio de educación en la ciudad de Neuquén para alcanzar acuerdos de mediación escolar. Se sostiene que dichos acuerdos requieren “habilidades sociales” o lo que la Organización Mundial de la Salud denomina “habilidades para la vida” en tanto aptitudes necesarias para enfrentar de una manera positiva y eficaz los desafíos de la vida diaria y de la convivencia pacífica” (Programa Nacional de Mediación Escolar). Ello supone, tal como lo sugería el Informe Delors (1996), “aprender a vivir juntos”; pero para que este aprendizaje sea posible, es importante que estos valores se traduzcan en acciones concretas, ya que la convivencia se ejerce desde la palabra, pero también y fundamentalmente desde las acciones. De ahí que el Programa destaque, entre las “habilidades para vivir”, la “capacidad para la resolución de conflictos” y la mediación escolar como herramienta institucional que “provee mecanismos e instancias para abordar los conflictos de un modo cooperativo, previendo su escalada hacia situaciones de violencia”. Si bien el énfasis en la necesidad de garantizar el desarrollo de competencias para la participación ciudadana no es nuevo (ver Documento preliminar para la discusión sobre la educación secundaria en la Argentina, 2008) se profundiza cada vez más en la medida en que se propaga la idea de que “las competencias que exigen los nuevos paradigmas productivos son cada vez más coincidentes con las necesarias para el desempeño de la participación ciudadana. (Esta afirmación permitiría poner fin a) la vieja dicotomía entre formación para el trabajo y formación para la ciudadanía. Las capacidades requeridas para comprender la complejidad de los actuales procesos sociales y para actuar protagónicamente sobre ellos no son diferentes de las que se requieren para participar en los modernos procesos productivos”. (Filmus, 2007:121) A partir de estos preceptos, se propone el diseño y la implementación de proyectos institucionales que promuevan la adquisición y desarrollo de estas habilidades en todos los actores de la comunidad educativa, bajo la Coordinación de Programas para la Inclusión Democrática en las Escuela, que pretende “generar escuelas que sean escenarios de construcción del lazo social haciendo posible la convivencia democrática…”. En Ética profesional y moral civil Durkheim (1950) sugirió que en una sociedad moderna la ciudadanía tiende a constituirse en el núcleo común de valores compartidos, en una suerte de conciencia colectiva secular, capital para la mantención y consolidación del lazo social y por lo tanto, para la estabilidad del orden. En tanto preconizadora de una supuesta igualdad jurídica y política, la idea de ciudadanía ha sido fuertemente criticada por vertientes críticas que sostienen que lo real, en una sociedad dividida en clases, es la existencia de profundas desigualdades sociales. En este sentido, cabe advertir, que si el análisis sobre la ciudadanía queda restringido al terreno civil y político y no involucra, en el corazón mismo del debate, las causas y consecuencias del aumento de la pobreza y de la desigualdad en relación a la lucha de clases, no resultará fértil para realizar un análisis crítico de las verdaderas causas que originan hoy los problemas de “convivencia escolar”. Y si esto no ocurre, cabe la sospecha de que la verdadera preocupación por la “formación ciudadana” sea tan solo, una vez más, la preciada “gobernabilidad democrática”.
Fil: Rodríguez, Digna Mónica. Universidad Nacional del Comahue; Argentina - Materia
-
Educación
Enseñanza secundaria
Mediación escolar
Construcción ciudadana
Política educativa
Ley 26206
Inclusión educativa
Neuquén
Argentina
Siglo XXI-Primera mitad - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/ar/
- Repositorio
- Institución
- Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires
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(art.123, inciso j) Inspirada en el proyecto de mediación escolar “Construcción de Ciudadanía”, que se desarrolla a nivel nacional, el Consejo Provincial de Educación de Neuquén ha aprobado recientemente la Ley sobre Mediación Escolar que pone el foco de atención en la capacitación e intervención de “mediadores entre pares”, promoviendo nuevos mecanismos para atender la problemática de la violencia escolar. En lugar de las prohibiciones y sanciones, que caracterizaban la normativa anterior, el nuevo ordenamiento hace hincapié en la contribución del diálogo como mecanismo adecuado para la resolución de conflictos y para el logro de una “convivencia democrática”. Considerando estas disposiciones, la ponencia procura ahondar en los nuevos instrumentos de política que se diseñan en las escuelas de nivel medio de educación en la ciudad de Neuquén para alcanzar acuerdos de mediación escolar. Se sostiene que dichos acuerdos requieren “habilidades sociales” o lo que la Organización Mundial de la Salud denomina “habilidades para la vida” en tanto aptitudes necesarias para enfrentar de una manera positiva y eficaz los desafíos de la vida diaria y de la convivencia pacífica” (Programa Nacional de Mediación Escolar). Ello supone, tal como lo sugería el Informe Delors (1996), “aprender a vivir juntos”; pero para que este aprendizaje sea posible, es importante que estos valores se traduzcan en acciones concretas, ya que la convivencia se ejerce desde la palabra, pero también y fundamentalmente desde las acciones. De ahí que el Programa destaque, entre las “habilidades para vivir”, la “capacidad para la resolución de conflictos” y la mediación escolar como herramienta institucional que “provee mecanismos e instancias para abordar los conflictos de un modo cooperativo, previendo su escalada hacia situaciones de violencia”. Si bien el énfasis en la necesidad de garantizar el desarrollo de competencias para la participación ciudadana no es nuevo (ver Documento preliminar para la discusión sobre la educación secundaria en la Argentina, 2008) se profundiza cada vez más en la medida en que se propaga la idea de que “las competencias que exigen los nuevos paradigmas productivos son cada vez más coincidentes con las necesarias para el desempeño de la participación ciudadana. (Esta afirmación permitiría poner fin a) la vieja dicotomía entre formación para el trabajo y formación para la ciudadanía. Las capacidades requeridas para comprender la complejidad de los actuales procesos sociales y para actuar protagónicamente sobre ellos no son diferentes de las que se requieren para participar en los modernos procesos productivos”. (Filmus, 2007:121) A partir de estos preceptos, se propone el diseño y la implementación de proyectos institucionales que promuevan la adquisición y desarrollo de estas habilidades en todos los actores de la comunidad educativa, bajo la Coordinación de Programas para la Inclusión Democrática en las Escuela, que pretende “generar escuelas que sean escenarios de construcción del lazo social haciendo posible la convivencia democrática…”. En Ética profesional y moral civil Durkheim (1950) sugirió que en una sociedad moderna la ciudadanía tiende a constituirse en el núcleo común de valores compartidos, en una suerte de conciencia colectiva secular, capital para la mantención y consolidación del lazo social y por lo tanto, para la estabilidad del orden. En tanto preconizadora de una supuesta igualdad jurídica y política, la idea de ciudadanía ha sido fuertemente criticada por vertientes críticas que sostienen que lo real, en una sociedad dividida en clases, es la existencia de profundas desigualdades sociales. En este sentido, cabe advertir, que si el análisis sobre la ciudadanía queda restringido al terreno civil y político y no involucra, en el corazón mismo del debate, las causas y consecuencias del aumento de la pobreza y de la desigualdad en relación a la lucha de clases, no resultará fértil para realizar un análisis crítico de las verdaderas causas que originan hoy los problemas de “convivencia escolar”. Y si esto no ocurre, cabe la sospecha de que la verdadera preocupación por la “formación ciudadana” sea tan solo, una vez más, la preciada “gobernabilidad democrática”.Fil: Rodríguez, Digna Mónica. Universidad Nacional del Comahue; ArgentinaUniversidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires. 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(Filmus, 2007:121) A partir de estos preceptos, se propone el diseño y la implementación de proyectos institucionales que promuevan la adquisición y desarrollo de estas habilidades en todos los actores de la comunidad educativa, bajo la Coordinación de Programas para la Inclusión Democrática en las Escuela, que pretende “generar escuelas que sean escenarios de construcción del lazo social haciendo posible la convivencia democrática…”. En Ética profesional y moral civil Durkheim (1950) sugirió que en una sociedad moderna la ciudadanía tiende a constituirse en el núcleo común de valores compartidos, en una suerte de conciencia colectiva secular, capital para la mantención y consolidación del lazo social y por lo tanto, para la estabilidad del orden. 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(Vior, 2009) La nueva Ley de Educación Nacional Nº 26.206, sancionada en el año 2006, establece que “la Educación Secundaria en todas sus modalidades y orientaciones tiene la finalidad de habilitar a los/las adolescentes y jóvenes para el ejercicio pleno de la ciudadanía…” (art. 30) y que será el Consejo Federal de Educación quien “fijará las disposiciones necesarias para que las distintas jurisdicciones dispongan la organización de las instituciones educativas de acuerdo a criterios generales, entre los que se incluye: desarrollar prácticas de mediación que contribuyan a la resolución pacífica de conflictos…”. (art.123, inciso j) Inspirada en el proyecto de mediación escolar “Construcción de Ciudadanía”, que se desarrolla a nivel nacional, el Consejo Provincial de Educación de Neuquén ha aprobado recientemente la Ley sobre Mediación Escolar que pone el foco de atención en la capacitación e intervención de “mediadores entre pares”, promoviendo nuevos mecanismos para atender la problemática de la violencia escolar. En lugar de las prohibiciones y sanciones, que caracterizaban la normativa anterior, el nuevo ordenamiento hace hincapié en la contribución del diálogo como mecanismo adecuado para la resolución de conflictos y para el logro de una “convivencia democrática”. Considerando estas disposiciones, la ponencia procura ahondar en los nuevos instrumentos de política que se diseñan en las escuelas de nivel medio de educación en la ciudad de Neuquén para alcanzar acuerdos de mediación escolar. Se sostiene que dichos acuerdos requieren “habilidades sociales” o lo que la Organización Mundial de la Salud denomina “habilidades para la vida” en tanto aptitudes necesarias para enfrentar de una manera positiva y eficaz los desafíos de la vida diaria y de la convivencia pacífica” (Programa Nacional de Mediación Escolar). Ello supone, tal como lo sugería el Informe Delors (1996), “aprender a vivir juntos”; pero para que este aprendizaje sea posible, es importante que estos valores se traduzcan en acciones concretas, ya que la convivencia se ejerce desde la palabra, pero también y fundamentalmente desde las acciones. De ahí que el Programa destaque, entre las “habilidades para vivir”, la “capacidad para la resolución de conflictos” y la mediación escolar como herramienta institucional que “provee mecanismos e instancias para abordar los conflictos de un modo cooperativo, previendo su escalada hacia situaciones de violencia”. Si bien el énfasis en la necesidad de garantizar el desarrollo de competencias para la participación ciudadana no es nuevo (ver Documento preliminar para la discusión sobre la educación secundaria en la Argentina, 2008) se profundiza cada vez más en la medida en que se propaga la idea de que “las competencias que exigen los nuevos paradigmas productivos son cada vez más coincidentes con las necesarias para el desempeño de la participación ciudadana. (Esta afirmación permitiría poner fin a) la vieja dicotomía entre formación para el trabajo y formación para la ciudadanía. Las capacidades requeridas para comprender la complejidad de los actuales procesos sociales y para actuar protagónicamente sobre ellos no son diferentes de las que se requieren para participar en los modernos procesos productivos”. (Filmus, 2007:121) A partir de estos preceptos, se propone el diseño y la implementación de proyectos institucionales que promuevan la adquisición y desarrollo de estas habilidades en todos los actores de la comunidad educativa, bajo la Coordinación de Programas para la Inclusión Democrática en las Escuela, que pretende “generar escuelas que sean escenarios de construcción del lazo social haciendo posible la convivencia democrática…”. En Ética profesional y moral civil Durkheim (1950) sugirió que en una sociedad moderna la ciudadanía tiende a constituirse en el núcleo común de valores compartidos, en una suerte de conciencia colectiva secular, capital para la mantención y consolidación del lazo social y por lo tanto, para la estabilidad del orden. 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