Ley de Financiamiento Educativo: ¿punto de partida para la inclusión social y educativa?

Autores
Correa, Natalia
Año de publicación
2014
Idioma
español castellano
Tipo de recurso
artículo
Estado
versión aceptada
Descripción
La Ley de Financiamiento Educativo nº 26.075 del año 2005 constituyó en nuestro país un novedoso marco normativo en la historia del sistema educativo nacional. Su análisis nos lleva a explorar un terreno poco ameno, pero no menos necesario para los profesionales de la educación, el de la economía, más precisamente las finanzas públicas. El financiamiento de la educación ha sido históricamente un eje de debate a partir del cual adquieren se han definido diferentes tensiones que enmarcaron el desarrollo de nuestro sistema educativo. Entre ellos, precisamente las definiciones en torno a la principalidad y subsidiariedad, y los sentidos de lo público y lo privado encuentran fundamentos en las características y formas que adoptó el financiamiento educativo en nuestro país. En la década de los ´90, la cuestión del financiamiento se reflejó en todo el proceso de reforma del estado donde el desarrollo de estrategias de corte neoliberal, desde la década de los ´70, pugnaron por el corrimiento del estado impulsando la no intervención estatal en la economía, la reducción del gasto público, el ajuste fiscal y el aplacamiento de procesos inflacionarios. Al estado le cabía una función supletoria, compensatoria de la acción de los particulares que implicó el avance de las privatizaciones. Específicamente, en lo educativo con la sanción de la Ley de Transferencia nº 24049/92, que culminó un proceso iniciado en la década de los ´50, se finalizó con el proceso de provincialización de las obligaciones educativas el cual respondió a urgencias fiscales de la Nación generando la dispersión de tantos sistemas educativos provinciales como jurisdicciones existentes y su desarrollo dispar en relación a la dificultad de que las provincias menos desarrolladas pudieran asegurar, con recursos propios, una provisión similar a las de aquellas de mayor desarrollo sin contar con la asistencia de la Nación. Con la sanción de la Ley Federal de Educación nº 24195/93 se explicita el corrimiento del estado nacional en su responsabilidad educativa dado que no se lo define como garante de impartir y asegurar las condiciones materiales para el cumplimiento del derecho ciudadano a la educación, se fomenta el avance de otros agentes educativos dando lugar a la privatización de la educación y se le asigna una acción complementaria en aquellas escuelas que demuestren o visibilicen una necesidad o carencia, compensando ante la emergencia educativa a través del desarrollo de políticas focalizadas. En los primeros años del siglo XXI, ante en un contexto de falta de legitimidad social del proceso de reforma de los ´90 y una crisis económica y política que atravesaba al país, se sancionaron la Ley de Educación Técnica Profesional nº 26058/05, la Ley de Financiamiento nº 26.075/05 y luego la nueva Ley de Educación Nacional nº 26.206/06 derogando la ley de los ´90. Este nuevo marco legal, definió un reposicionamiento del estado que le implicó reasumir un mayor nivel de intervención al mismo tiempo de recuperar la política el espacio perdido. Es así cómo se pretende ubicar al estado como actor clave en la articulación de las políticas educativas, sociales y económicas, que sea el garante del derecho de enseñar y aprender, asumiendo un papel más activo ante la fragmentación social (Giovine, R; Martignoni, L y otros; 2008). Desde este lugar, la sanción de una Ley de Financiamiento Educativo nos lleva a considerar que, en primer lugar, se establece una definición en las responsabilidades de cada nivel del estado, pero al mismo tiempo, en la emergencia de un nuevo contexto que intenta “refundar el sistema educativo”, se presume que el estado nacional propone un reposicionamiento de su rol, asumiendo obligaciones diferentes a las que mantenía formalmente. De esta manera, se plantea como hipótesis que la ley al mismo tiempo que buscó establecer el marco financiero de la educación argentina, introdujo la premisa de la inclusión social y educativa oponiéndose categóricamente a un período de insatisfacción social, política y educativa. Enfrentar, como dice Senén González (2008), “…la complejidad del contexto sociopolítico, en términos de necesidades postergadas y de satisfacción de demandas de actores sociales” (p. 85). En este sentido, se propone analizar este reposicionamiento del rol del estado nacional a través de las características y responsabilidades que lo definen en tanto marco de posibilidades para el desarrollo de políticas y prácticas sociales y educativas.
Fil: Correa, Natalia. Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires. Facultad de Ciencias Humanas. Núcleo de Estudios Educacionales y Sociales; Argentina
Materia
Educación
Financiamiento educativo
Estado
Ley 26075
Siglo XXI-primera mitad
Legislación educacional
Política educativa
Argentina
Nivel de accesibilidad
acceso abierto
Condiciones de uso
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/ar/
Repositorio
RIDAA (UNICEN)
Institución
Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires
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Entre ellos, precisamente las definiciones en torno a la principalidad y subsidiariedad, y los sentidos de lo público y lo privado encuentran fundamentos en las características y formas que adoptó el financiamiento educativo en nuestro país. En la década de los ´90, la cuestión del financiamiento se reflejó en todo el proceso de reforma del estado donde el desarrollo de estrategias de corte neoliberal, desde la década de los ´70, pugnaron por el corrimiento del estado impulsando la no intervención estatal en la economía, la reducción del gasto público, el ajuste fiscal y el aplacamiento de procesos inflacionarios. Al estado le cabía una función supletoria, compensatoria de la acción de los particulares que implicó el avance de las privatizaciones. Específicamente, en lo educativo con la sanción de la Ley de Transferencia nº 24049/92, que culminó un proceso iniciado en la década de los ´50, se finalizó con el proceso de provincialización de las obligaciones educativas el cual respondió a urgencias fiscales de la Nación generando la dispersión de tantos sistemas educativos provinciales como jurisdicciones existentes y su desarrollo dispar en relación a la dificultad de que las provincias menos desarrolladas pudieran asegurar, con recursos propios, una provisión similar a las de aquellas de mayor desarrollo sin contar con la asistencia de la Nación. Con la sanción de la Ley Federal de Educación nº 24195/93 se explicita el corrimiento del estado nacional en su responsabilidad educativa dado que no se lo define como garante de impartir y asegurar las condiciones materiales para el cumplimiento del derecho ciudadano a la educación, se fomenta el avance de otros agentes educativos dando lugar a la privatización de la educación y se le asigna una acción complementaria en aquellas escuelas que demuestren o visibilicen una necesidad o carencia, compensando ante la emergencia educativa a través del desarrollo de políticas focalizadas. En los primeros años del siglo XXI, ante en un contexto de falta de legitimidad social del proceso de reforma de los ´90 y una crisis económica y política que atravesaba al país, se sancionaron la Ley de Educación Técnica Profesional nº 26058/05, la Ley de Financiamiento nº 26.075/05 y luego la nueva Ley de Educación Nacional nº 26.206/06 derogando la ley de los ´90. Este nuevo marco legal, definió un reposicionamiento del estado que le implicó reasumir un mayor nivel de intervención al mismo tiempo de recuperar la política el espacio perdido. Es así cómo se pretende ubicar al estado como actor clave en la articulación de las políticas educativas, sociales y económicas, que sea el garante del derecho de enseñar y aprender, asumiendo un papel más activo ante la fragmentación social (Giovine, R; Martignoni, L y otros; 2008). Desde este lugar, la sanción de una Ley de Financiamiento Educativo nos lleva a considerar que, en primer lugar, se establece una definición en las responsabilidades de cada nivel del estado, pero al mismo tiempo, en la emergencia de un nuevo contexto que intenta “refundar el sistema educativo”, se presume que el estado nacional propone un reposicionamiento de su rol, asumiendo obligaciones diferentes a las que mantenía formalmente. De esta manera, se plantea como hipótesis que la ley al mismo tiempo que buscó establecer el marco financiero de la educación argentina, introdujo la premisa de la inclusión social y educativa oponiéndose categóricamente a un período de insatisfacción social, política y educativa. Enfrentar, como dice Senén González (2008), “…la complejidad del contexto sociopolítico, en términos de necesidades postergadas y de satisfacción de demandas de actores sociales” (p. 85). En este sentido, se propone analizar este reposicionamiento del rol del estado nacional a través de las características y responsabilidades que lo definen en tanto marco de posibilidades para el desarrollo de políticas y prácticas sociales y educativas.Fil: Correa, Natalia. Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires. Facultad de Ciencias Humanas. Núcleo de Estudios Educacionales y Sociales; ArgentinaUniversidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires. Facultad de Ciencias Humanas. 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