La regulación de la sexualidad en Las Leyes Particulares 3 de Filón de Alejandría

Autores
Pérez, Laura
Año de publicación
2017
Idioma
español castellano
Tipo de recurso
libro
Estado
versión publicada
Descripción
El filósofo judío Filón vivió en la ciudad de Alejandría durante el siglo I y, educado en la doble tradición de la religión judía y la cultura helenística, produjo una enorme obra exegética en la que las Escrituras bíblicas son interpretadas a través de los conceptos y métodos de la filosofía griega. En los tratados Las leyes particulares 1-4 Filón desarrolla una exposición legislativa que organiza bajo los diez mandamientos bíblicos las numerosas leyes contenidas en los diversos libros del Pentateuco y ofrece una explicación racional a fin de justificar el sentido y la motivación de esas leyes. Nuestro estudio se centra en la primera mitad del tratado Las leyes particulares 3 (§§ 7-82), donde el filósofo se ocupa del que era en la Septuaginta el sexto mandamiento bíblico: No cometerás adulterio. Bajo este título general, Filón agrupa todas las prescripciones mosaicas que regulan los comportamientos sexuales: además del adulterio, se prohíben las uniones incestuosas, los matrimonios con extranjeros, las relaciones sexuales producidas por seducción o por la fuerza fuera del vínculo matrimonial, la prostitución, las uniones homosexuales, las relaciones con animales. La presente investigación propone un análisis de las concepciones y actitudes acerca de la sexualidad que Filón expresa en Spec. 3.7-82, lugar específico donde discute las leyes bíblicas sobre sobre esta materia desde una perspectiva fuertemente regulativa y anclada en la realidad práctica de un contexto social y político determinado. Intentaremos determinar cuáles son los elementos originales que Filón aporta en su explicación de estas leyes a través del cotejo de sus textos con la base exegética ubicada en la Septuaginta, con otras interpretaciones judías contemporáneas, tanto helenísticas como rabínicas, y con las nociones filosóficas y jurídicas griegas, helenísticas y romanas. Este análisis nos permitirá reconocer puntos de contacto y diferencias entre Filón y las ideas existentes en su contexto socio-cultural y determinar cuál es su posicionamiento hacia ellas. Además, podremos observar el modo en que reacciona ante prácticas o costumbres sexuales existentes en el mundo contemporáneo y la manera en que adapta la explicación de los preceptos bíblicos a la situación histórica particular de la diáspora alejandrina en el Imperio romano. El objetivo del estudio será demostrar que Filón desarrolla su explicación de las leyes bíblicas desde una perspectiva muy atenta a la posición política y social de la comunidad judía en Alejandría. En consecuencia, sus interpretaciones persiguen intereses políticos, polémicos y apologéticos pues al tiempo que buscan defender el derecho de los judíos a vivir según sus leyes ancestrales, se proponen lograr la aceptación y validación más amplia de los diversos grupos étnico-culturales coexistentes en el Imperio. Filón presenta la Ley judía en contraste con otras legislaciones vigentes en su época a fin de demostrar la superioridad de la primera, su mayor severidad y eficacia moral. En el campo de la sexualidad elabora un código moral fuertemente restrictivo que circunscribe el comportamiento sexual lícito a la unión entre hombres y mujeres en el marco del matrimonio y con el fin de la procreación. De este modo, por un lado, Filón muestra la convergencia de la Ley judía con los intereses regulativos de la sexualidad y la familia manifiestos en la propaganda imperial desde el gobierno de Augusto, mientras, por otro, enfatiza aquellos aspectos en que la Ley mosaica excede las normas grecorromanas y evidencia su mayor coherencia, rigidez y calidad moral.
Fil: Pérez, Laura. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas. Centro Científico Tecnológico Conicet - Patagonia Confluencia; Argentina. Universidad Nacional de la Pampa. Facultad de Ciencias Humanas. Instituto de Estudios Clásicos; Argentina
Materia
FILÓN DE ALEJANDRÍA
LEYES
SEXUALIDAD
JUDAÍSMO HELENÍSTICO
Nivel de accesibilidad
acceso abierto
Condiciones de uso
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Repositorio
CONICET Digital (CONICET)
Institución
Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas
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Nuestro estudio se centra en la primera mitad del tratado Las leyes particulares 3 (§§ 7-82), donde el filósofo se ocupa del que era en la Septuaginta el sexto mandamiento bíblico: No cometerás adulterio. Bajo este título general, Filón agrupa todas las prescripciones mosaicas que regulan los comportamientos sexuales: además del adulterio, se prohíben las uniones incestuosas, los matrimonios con extranjeros, las relaciones sexuales producidas por seducción o por la fuerza fuera del vínculo matrimonial, la prostitución, las uniones homosexuales, las relaciones con animales. La presente investigación propone un análisis de las concepciones y actitudes acerca de la sexualidad que Filón expresa en Spec. 3.7-82, lugar específico donde discute las leyes bíblicas sobre sobre esta materia desde una perspectiva fuertemente regulativa y anclada en la realidad práctica de un contexto social y político determinado. Intentaremos determinar cuáles son los elementos originales que Filón aporta en su explicación de estas leyes a través del cotejo de sus textos con la base exegética ubicada en la Septuaginta, con otras interpretaciones judías contemporáneas, tanto helenísticas como rabínicas, y con las nociones filosóficas y jurídicas griegas, helenísticas y romanas. Este análisis nos permitirá reconocer puntos de contacto y diferencias entre Filón y las ideas existentes en su contexto socio-cultural y determinar cuál es su posicionamiento hacia ellas. Además, podremos observar el modo en que reacciona ante prácticas o costumbres sexuales existentes en el mundo contemporáneo y la manera en que adapta la explicación de los preceptos bíblicos a la situación histórica particular de la diáspora alejandrina en el Imperio romano. El objetivo del estudio será demostrar que Filón desarrolla su explicación de las leyes bíblicas desde una perspectiva muy atenta a la posición política y social de la comunidad judía en Alejandría. En consecuencia, sus interpretaciones persiguen intereses políticos, polémicos y apologéticos pues al tiempo que buscan defender el derecho de los judíos a vivir según sus leyes ancestrales, se proponen lograr la aceptación y validación más amplia de los diversos grupos étnico-culturales coexistentes en el Imperio. Filón presenta la Ley judía en contraste con otras legislaciones vigentes en su época a fin de demostrar la superioridad de la primera, su mayor severidad y eficacia moral. En el campo de la sexualidad elabora un código moral fuertemente restrictivo que circunscribe el comportamiento sexual lícito a la unión entre hombres y mujeres en el marco del matrimonio y con el fin de la procreación. De este modo, por un lado, Filón muestra la convergencia de la Ley judía con los intereses regulativos de la sexualidad y la familia manifiestos en la propaganda imperial desde el gobierno de Augusto, mientras, por otro, enfatiza aquellos aspectos en que la Ley mosaica excede las normas grecorromanas y evidencia su mayor coherencia, rigidez y calidad moral.Fil: Pérez, Laura. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas. Centro Científico Tecnológico Conicet - Patagonia Confluencia; Argentina. Universidad Nacional de la Pampa. Facultad de Ciencias Humanas. 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Fil: Pérez, Laura. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas. Centro Científico Tecnológico Conicet - Patagonia Confluencia; Argentina. Universidad Nacional de la Pampa. Facultad de Ciencias Humanas. Instituto de Estudios Clásicos; Argentina
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