¿Cómo se hace?: Una aproximación al problema del método en el derecho y en el teatro
- Autores
- Dabove, Maria Isolina; Vitta, Bernardo Javier
- Año de publicación
- 2011
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- artículo
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- En este trabajo, intentamos mostrar un recorrido histórico de los caminos teóricos transitados en torno a la metodología de la actuación jurídica y teatral. En este repaso, hemos advertido que el siglo XVI, la filosofía occidental aborda la pregunta en torno a los métodos, a los caminos eficaces para la producción científica. ¿Cómo se hace? para generar un conocimiento confiable, cierto y útil?, se preguntan los filósofos del conocimiento y, sobre ello comienza la construcción de las ciencias y las tecnologías particulares. En el siglo XIX, son los juristas los que se preguntan ¿cómo se hace? su propia disciplina. Y así, desde ella nacen la Teoríadel Derecho y la Metodología jurídica con la Exégesis francesa y la Dogmática alemana. Pero será recién el siglo XX el tiempo adecuado para que irrumpa la pregunta metodológica en el mundo del Teatro. Será a principios del novecientos cuando se interrogue ¿cómo se hace? para producir teatro?, ¿En qué consiste el proceso creador y la actuación? Estos son los cuestionamientos que permitirán la configuración de una nueva perspectiva del Teatro: la Teoría Teatral y la Antropología teatral. En este trabajo observamos también cuáles son algunos de los puntos de conexión y de diferenciación que existen en la pregunta acerca de la producción jurídica y teatral. Así como también trataremos de identificar qué beneficios y perjuicios se reportan Derecho y Teatro entre sí, con sus respuestas. En suma, nos preguntamos ¿qué podemos aprender nosotros hoy, con todo ello? Según vimos, los puntos de conexión más claros en torno al método ?es decir, acerca de la actuación para la producción jurídica y teatral, se encuentran en el plano lingüístico y en la perspectiva sociológica. El Derecho y el Teatro se expresan en textos, se configuran por discursos y ambos constituyen lingüísticamente alguna realidad. Ficticia, para el teatro; fáctica para el Derecho. Por otra parte, es curioso observar que los cuestionamientos referidos a los caminos para la producción jurídica y teatral nacen de la mano de la identificación de sus protagonistas, de sus repartidores más destacados. El legislador, el juez, el ciudadano; en el campo jurídico. El actor, el director, el espectador, en el escenario teatral.
Fil: Dabove, Maria Isolina. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas; Argentina. Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho; Argentina
Fil: Vitta, Bernardo Javier. Universidad Nacional de Rosario. Facultad de Derecho. Centro de Invest.de Fil Jurídica y Fil Soc; Argentina - Materia
-
DERECHO
TEATRO
METODOLOGIAS
PRODUCCIÓN JURÍDICA Y TEATRAL - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
- https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/ar/
- Repositorio
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- Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas
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En este trabajo, intentamos mostrar un recorrido histórico de los caminos teóricos transitados en torno a la metodología de la actuación jurídica y teatral. En este repaso, hemos advertido que el siglo XVI, la filosofía occidental aborda la pregunta en torno a los métodos, a los caminos eficaces para la producción científica. ¿Cómo se hace? para generar un conocimiento confiable, cierto y útil?, se preguntan los filósofos del conocimiento y, sobre ello comienza la construcción de las ciencias y las tecnologías particulares. En el siglo XIX, son los juristas los que se preguntan ¿cómo se hace? su propia disciplina. Y así, desde ella nacen la Teoríadel Derecho y la Metodología jurídica con la Exégesis francesa y la Dogmática alemana. Pero será recién el siglo XX el tiempo adecuado para que irrumpa la pregunta metodológica en el mundo del Teatro. Será a principios del novecientos cuando se interrogue ¿cómo se hace? para producir teatro?, ¿En qué consiste el proceso creador y la actuación? Estos son los cuestionamientos que permitirán la configuración de una nueva perspectiva del Teatro: la Teoría Teatral y la Antropología teatral. En este trabajo observamos también cuáles son algunos de los puntos de conexión y de diferenciación que existen en la pregunta acerca de la producción jurídica y teatral. Así como también trataremos de identificar qué beneficios y perjuicios se reportan Derecho y Teatro entre sí, con sus respuestas. En suma, nos preguntamos ¿qué podemos aprender nosotros hoy, con todo ello? Según vimos, los puntos de conexión más claros en torno al método ?es decir, acerca de la actuación para la producción jurídica y teatral, se encuentran en el plano lingüístico y en la perspectiva sociológica. El Derecho y el Teatro se expresan en textos, se configuran por discursos y ambos constituyen lingüísticamente alguna realidad. Ficticia, para el teatro; fáctica para el Derecho. Por otra parte, es curioso observar que los cuestionamientos referidos a los caminos para la producción jurídica y teatral nacen de la mano de la identificación de sus protagonistas, de sus repartidores más destacados. El legislador, el juez, el ciudadano; en el campo jurídico. El actor, el director, el espectador, en el escenario teatral. |
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