El Derecho al Tiempo Libre
- Autores
- Corte, Néstor
- Año de publicación
- 1969
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- artículo
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- En 1919, un Parlamento internacional un tanto insólito para la época, integrado por empresarios, trabajadores y representantes de los Estados de gran parte del mundo actual, aprobó en Wàshington, no sin ardua polémica, la primera norma internacional sobre relaciones laborales: la Convención Nº 1 de la O.I.T., que implantaba la jornada de ocho horas diarias y cuarenta y ocho horas semanales. Desde sus comienzos, la Organización Internacional del Trabajo centró sus preocupaciones en este problema capital de nuestro tiempo, con una visión humanista que resaltaran claramente las palabras del delegado inglés en aquella reunión inicial, Mr. Barnes: "Nuestro objetivo no es solamente una norma básica de ocho horas de trabajo con pago adicional por las horas extraordinarias. Estamos tratando más bien de obtener mayor tiempo libre para los trabajadores, y no más remuneración". El presente trabajo desea rendir homenaje al 50º aniversario de la constitución de la Organización Internacional del Trabajo, procurando un examen panorámico del problema trascendente para nuestra sociedad y nuestra cultura con que aquélla inició una trayectoria fecunda y rigurosa, quo ha brindado realizaciones concretas y perspectivas promisorias para el hombre común del siglo XX.
- Fuente
- Universidad. 78 (1969) : 9-66
- Materia
-
Organización del trabajo
Sociología
33
316 - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0)
- Repositorio
- Institución
- Universidad Nacional del Litoral
- OAI Identificador
- oai:https://bibliotecavirtual.unl.edu.ar:11185/4782
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En 1919, un Parlamento internacional un tanto insólito para la época, integrado por empresarios, trabajadores y representantes de los Estados de gran parte del mundo actual, aprobó en Wàshington, no sin ardua polémica, la primera norma internacional sobre relaciones laborales: la Convención Nº 1 de la O.I.T., que implantaba la jornada de ocho horas diarias y cuarenta y ocho horas semanales. Desde sus comienzos, la Organización Internacional del Trabajo centró sus preocupaciones en este problema capital de nuestro tiempo, con una visión humanista que resaltaran claramente las palabras del delegado inglés en aquella reunión inicial, Mr. Barnes: "Nuestro objetivo no es solamente una norma básica de ocho horas de trabajo con pago adicional por las horas extraordinarias. Estamos tratando más bien de obtener mayor tiempo libre para los trabajadores, y no más remuneración". El presente trabajo desea rendir homenaje al 50º aniversario de la constitución de la Organización Internacional del Trabajo, procurando un examen panorámico del problema trascendente para nuestra sociedad y nuestra cultura con que aquélla inició una trayectoria fecunda y rigurosa, quo ha brindado realizaciones concretas y perspectivas promisorias para el hombre común del siglo XX. |
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