Allanamiento ilegal
- Autores
- Mas Arrouzet, Felipe; Vitale, Gabriel Mauro Ariel
- Año de publicación
- 2026
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- parte de libro
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- El art. 151 del Código Penal establece lo siguiente "Se impondrá la misma pena e inhabilitación especial de seis meses a dos años, al funcionario público o agente de la autoridad que allanare un domicilio sin las formalidades prescriptas por la ley o fuera de los casos que ella determina”. Antes de comenzar, e intuyendo que si están en el presente es debido a que finalizaron con el artículo anterior, quiero dejar en claro dos cuestiones que suceden en la redacción de este tipo penal. Como primer punto, observamos que la pena comprendida aquí es una réplica exacta de su compañero de capítulo88. Esto es un claro sinsentido si tenemos en consideración que, en el allanamiento ilegal, no sólo comprendemos la transgresión de la libertad de autodeterminación, sino que también se ve lesionada la administración pública, mediante la defraudación de las expectativas de que los funcionarios cumplen legal y correctamente con sus cargos. La ponderación de la vulneración se desdibuja, ignorando que en este caso no sólo existe el deber general negativo de no dañar a otros -neminem laede-, sino también el deber positivo reflejado en el cuidado y protección de los bienes jurídicos. En segundo lugar, haciendo eco de lo analizado en el pasado, el verbo típico "allanar” funciona como sinónimo de "entrar”, lo que nos obliga a replicar la crítica sobre la reducida aplicación que detenta esta tipificación con respecto a las posibilidades que existen en la actualidad. Es decir, no se comprende, por ejemplo, la posibilidad de realizar actos desde el exterior de la propiedad, como tampoco la utilización de medios tecnológicos, para causar un daño al bien jurídico protegido. Las mencionadas conductas no configurarán, debido al limitado espectro de acción del tipo -in malam partem-, el delito.
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales - Materia
-
Ciencias Jurídicas
Allanamiento
Ilegalidad
Cine - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
- Repositorio
.jpg)
- Institución
- Universidad Nacional de La Plata
- OAI Identificador
- oai:sedici.unlp.edu.ar:10915/194076
Ver los metadatos del registro completo
| id |
SEDICI_f9db8508251be9729371d8056defde53 |
|---|---|
| oai_identifier_str |
oai:sedici.unlp.edu.ar:10915/194076 |
| network_acronym_str |
SEDICI |
| repository_id_str |
1329 |
| network_name_str |
SEDICI (UNLP) |
| spelling |
Allanamiento ilegalMas Arrouzet, FelipeVitale, Gabriel Mauro ArielCiencias JurídicasAllanamientoIlegalidadCineEl art. 151 del Código Penal establece lo siguiente "Se impondrá la misma pena e inhabilitación especial de seis meses a dos años, al funcionario público o agente de la autoridad que allanare un domicilio sin las formalidades prescriptas por la ley o fuera de los casos que ella determina”. Antes de comenzar, e intuyendo que si están en el presente es debido a que finalizaron con el artículo anterior, quiero dejar en claro dos cuestiones que suceden en la redacción de este tipo penal. Como primer punto, observamos que la pena comprendida aquí es una réplica exacta de su compañero de capítulo88. Esto es un claro sinsentido si tenemos en consideración que, en el allanamiento ilegal, no sólo comprendemos la transgresión de la libertad de autodeterminación, sino que también se ve lesionada la administración pública, mediante la defraudación de las expectativas de que los funcionarios cumplen legal y correctamente con sus cargos. La ponderación de la vulneración se desdibuja, ignorando que en este caso no sólo existe el deber general negativo de no dañar a otros -neminem laede-, sino también el deber positivo reflejado en el cuidado y protección de los bienes jurídicos. En segundo lugar, haciendo eco de lo analizado en el pasado, el verbo típico "allanar” funciona como sinónimo de "entrar”, lo que nos obliga a replicar la crítica sobre la reducida aplicación que detenta esta tipificación con respecto a las posibilidades que existen en la actualidad. Es decir, no se comprende, por ejemplo, la posibilidad de realizar actos desde el exterior de la propiedad, como tampoco la utilización de medios tecnológicos, para causar un daño al bien jurídico protegido. Las mencionadas conductas no configurarán, debido al limitado espectro de acción del tipo -in malam partem-, el delito.Facultad de Ciencias Jurídicas y SocialesEditorial de la Universidad Nacional de La Plata (EDULP)2026info:eu-repo/semantics/bookPartinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionCapitulo de librohttp://purl.org/coar/resource_type/c_3248info:ar-repo/semantics/parteDeLibroapplication/pdf67-79http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/194076spainfo:eu-repo/semantics/altIdentifier/isbn/978-950-34-2703-3info:eu-repo/semantics/reference/url/https://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/193462info:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/Creative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International (CC BY-NC-SA 4.0)reponame:SEDICI (UNLP)instname:Universidad Nacional de La Platainstacron:UNLP2026-05-13T13:00:04Zoai:sedici.unlp.edu.ar:10915/194076Institucionalhttp://sedici.unlp.edu.ar/Universidad públicaNo correspondehttp://sedici.unlp.edu.ar/oai/snrdalira@sedici.unlp.edu.arArgentinaNo correspondeNo correspondeNo correspondeopendoar:13292026-05-13 13:00:05.109SEDICI (UNLP) - Universidad Nacional de La Platafalse |
| dc.title.none.fl_str_mv |
Allanamiento ilegal |
| title |
Allanamiento ilegal |
| spellingShingle |
Allanamiento ilegal Mas Arrouzet, Felipe Ciencias Jurídicas Allanamiento Ilegalidad Cine |
| title_short |
Allanamiento ilegal |
| title_full |
Allanamiento ilegal |
| title_fullStr |
Allanamiento ilegal |
| title_full_unstemmed |
Allanamiento ilegal |
| title_sort |
Allanamiento ilegal |
| dc.creator.none.fl_str_mv |
Mas Arrouzet, Felipe Vitale, Gabriel Mauro Ariel |
| author |
Mas Arrouzet, Felipe |
| author_facet |
Mas Arrouzet, Felipe Vitale, Gabriel Mauro Ariel |
| author_role |
author |
| author2 |
Vitale, Gabriel Mauro Ariel |
| author2_role |
author |
| dc.subject.none.fl_str_mv |
Ciencias Jurídicas Allanamiento Ilegalidad Cine |
| topic |
Ciencias Jurídicas Allanamiento Ilegalidad Cine |
| dc.description.none.fl_txt_mv |
El art. 151 del Código Penal establece lo siguiente "Se impondrá la misma pena e inhabilitación especial de seis meses a dos años, al funcionario público o agente de la autoridad que allanare un domicilio sin las formalidades prescriptas por la ley o fuera de los casos que ella determina”. Antes de comenzar, e intuyendo que si están en el presente es debido a que finalizaron con el artículo anterior, quiero dejar en claro dos cuestiones que suceden en la redacción de este tipo penal. Como primer punto, observamos que la pena comprendida aquí es una réplica exacta de su compañero de capítulo88. Esto es un claro sinsentido si tenemos en consideración que, en el allanamiento ilegal, no sólo comprendemos la transgresión de la libertad de autodeterminación, sino que también se ve lesionada la administración pública, mediante la defraudación de las expectativas de que los funcionarios cumplen legal y correctamente con sus cargos. La ponderación de la vulneración se desdibuja, ignorando que en este caso no sólo existe el deber general negativo de no dañar a otros -neminem laede-, sino también el deber positivo reflejado en el cuidado y protección de los bienes jurídicos. En segundo lugar, haciendo eco de lo analizado en el pasado, el verbo típico "allanar” funciona como sinónimo de "entrar”, lo que nos obliga a replicar la crítica sobre la reducida aplicación que detenta esta tipificación con respecto a las posibilidades que existen en la actualidad. Es decir, no se comprende, por ejemplo, la posibilidad de realizar actos desde el exterior de la propiedad, como tampoco la utilización de medios tecnológicos, para causar un daño al bien jurídico protegido. Las mencionadas conductas no configurarán, debido al limitado espectro de acción del tipo -in malam partem-, el delito. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales |
| description |
El art. 151 del Código Penal establece lo siguiente "Se impondrá la misma pena e inhabilitación especial de seis meses a dos años, al funcionario público o agente de la autoridad que allanare un domicilio sin las formalidades prescriptas por la ley o fuera de los casos que ella determina”. Antes de comenzar, e intuyendo que si están en el presente es debido a que finalizaron con el artículo anterior, quiero dejar en claro dos cuestiones que suceden en la redacción de este tipo penal. Como primer punto, observamos que la pena comprendida aquí es una réplica exacta de su compañero de capítulo88. Esto es un claro sinsentido si tenemos en consideración que, en el allanamiento ilegal, no sólo comprendemos la transgresión de la libertad de autodeterminación, sino que también se ve lesionada la administración pública, mediante la defraudación de las expectativas de que los funcionarios cumplen legal y correctamente con sus cargos. La ponderación de la vulneración se desdibuja, ignorando que en este caso no sólo existe el deber general negativo de no dañar a otros -neminem laede-, sino también el deber positivo reflejado en el cuidado y protección de los bienes jurídicos. En segundo lugar, haciendo eco de lo analizado en el pasado, el verbo típico "allanar” funciona como sinónimo de "entrar”, lo que nos obliga a replicar la crítica sobre la reducida aplicación que detenta esta tipificación con respecto a las posibilidades que existen en la actualidad. Es decir, no se comprende, por ejemplo, la posibilidad de realizar actos desde el exterior de la propiedad, como tampoco la utilización de medios tecnológicos, para causar un daño al bien jurídico protegido. Las mencionadas conductas no configurarán, debido al limitado espectro de acción del tipo -in malam partem-, el delito. |
| publishDate |
2026 |
| dc.date.none.fl_str_mv |
2026 |
| dc.type.none.fl_str_mv |
info:eu-repo/semantics/bookPart info:eu-repo/semantics/publishedVersion Capitulo de libro http://purl.org/coar/resource_type/c_3248 info:ar-repo/semantics/parteDeLibro |
| format |
bookPart |
| status_str |
publishedVersion |
| dc.identifier.none.fl_str_mv |
http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/194076 |
| url |
http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/194076 |
| dc.language.none.fl_str_mv |
spa |
| language |
spa |
| dc.relation.none.fl_str_mv |
info:eu-repo/semantics/altIdentifier/isbn/978-950-34-2703-3 info:eu-repo/semantics/reference/url/https://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/193462 |
| dc.rights.none.fl_str_mv |
info:eu-repo/semantics/openAccess http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ Creative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International (CC BY-NC-SA 4.0) |
| eu_rights_str_mv |
openAccess |
| rights_invalid_str_mv |
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ Creative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International (CC BY-NC-SA 4.0) |
| dc.format.none.fl_str_mv |
application/pdf 67-79 |
| dc.publisher.none.fl_str_mv |
Editorial de la Universidad Nacional de La Plata (EDULP) |
| publisher.none.fl_str_mv |
Editorial de la Universidad Nacional de La Plata (EDULP) |
| dc.source.none.fl_str_mv |
reponame:SEDICI (UNLP) instname:Universidad Nacional de La Plata instacron:UNLP |
| reponame_str |
SEDICI (UNLP) |
| collection |
SEDICI (UNLP) |
| instname_str |
Universidad Nacional de La Plata |
| instacron_str |
UNLP |
| institution |
UNLP |
| repository.name.fl_str_mv |
SEDICI (UNLP) - Universidad Nacional de La Plata |
| repository.mail.fl_str_mv |
alira@sedici.unlp.edu.ar |
| _version_ |
1865172503145480192 |
| score |
13.115601 |