El allanamiento a lo largo de la historia

Autores
Catino, Paola
Año de publicación
2004
Idioma
español castellano
Tipo de recurso
artículo
Estado
versión publicada
Descripción
Me voy a remitir a la legislación comparada, entre la que se encuentra el art. 432-8 del Código Penal Francés, con la siguiente redacción en cuanto a la figura delictiva en tratamiento: “toda persona constituida en autoridad pública o encargada de una misión de servicio público, cuando se halle ejecutando las funciones de su cargo o con ocasión de ellas, que penetre o intente penetrar en el domicilio de otro contra su voluntad, al margen de los casos previstos por la ley, será castigada con la pena de 2 años de prisión y 200.00 F de multa”. En tanto el Código Penal Español contiene dentro de los delitos cometidos por funcionarios públicos contra el ejercicio de los derechos fundamentales garantizados por la Constitución, en el art. 191, una triple modalidad delictiva de violación del domicilio por parte del funcionario público: a) entrada ilegal (art. 191.1), b) registro ilegal (art. 191.2) y c) vejaciones injustas o daños innecesarios con ocasión de registro lícito (art. 191.3). Lo que caracteriza a este artículo es que las conductas allí recogidas suponen el ejercicio de una función pública abusiva en la violación del domicilio, contra el consentimiento de un súbdito español, fuera de los casos permitidos por las leyes.
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Materia
Ciencias Jurídicas
Derecho
Allanamiento
Nivel de accesibilidad
acceso abierto
Condiciones de uso
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
Repositorio
SEDICI (UNLP)
Institución
Universidad Nacional de La Plata
OAI Identificador
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