Una figura necesaria: a 30 años de la creación constitucional del Defensor del Pueblo
- Autores
- Díaz, Juan Francisco; Zudaire, Lucas José
- Año de publicación
- 2024
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- parte de libro
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- Dentro de las innovaciones que trajo consigo la reforma constitucional en la provincia de Buenos Aires hubo una a nivel institucional que marcó con posterioridad un hecho trascendente. Es así como, en sintonía con lo que ocurrió a nivel nacional, nuestra provincia consagró constitucionalmente la figura del Defensor del Pueblo. Esta figura fue popularmente conocida como ombudsman y el primer país en implementarla fue Suecia. Podemos afirmar que "el ombudsman o defensor del pueblo es considerado hoy día como un símbolo de todo Estado democrático, la esencia de lo que el gobierno debería hacer; es decir, fomentar el bienestar del ciudadano, defender las libertades individuales y velar para que la burocracia administrativa trate con equidad a todos los ciudadanos”. Maiorano, quien fuera el primer —y hasta acá único Defensor del Pueblo a nivel nacional— destaca que dicha institución "constituye un control independiente y despolitizado de las autoridades públicas, o por lo menos de sus operaciones administrativas”. Además, agrega que "tiene la posibilidad de asegurar una administración pública más eficiente y promover reformas administrativas y se presenta como una opción para corregir los errores de las administraciones públicas, puesto que se ofrece a los ciudadanos como un agente experto e imparcial, cuya acción no acarrea ningún gasto económico a los reclamantes, sin dilaciones, sin la tensión de tener que litigar con un oponente”. La trascendencia de la institución radica —sobre todo— en que a diferencia de lo que ocurre en los países europeos-nórdicos donde se creó, no solo es un facilitador ante la administración, sino que es un garante de Derechos Humanos. El Defensor del Pueblo en la Argentina tomó un cáliz distinto a la idea primigenia que se tuvo en el viejo continente, más propio de lo que es la situación sociocultural. Lo dicho, no únicamente fue algo propio del país y en particular de la provincia, sino que fue algo generalizado en la región latinoamericana. Además, y retomando las ideas propias de lo que fueron los vientos constituyentes de la década del noventa, la figura en análisis trajo consigo una gran innovación desde el aspecto institucional. Aquí debemos dar una advertencia en pos de poder interpretar de la mejor forma posible al organismo en análisis, y ello es que debemos asociarlo a dos aspectos que también se vieron consagrados en las reformas constitucionales tanto de la Provincia como de la Nación. Por un lado, la consagración del amparo colectivo y por el otro, la consagración constitucional de los Tratados de Derechos Humanos. Es a partir de esto que podemos visualizar enteramente la misión y el rol que se le otorgó al Defensor del Pueblo. Podríamos afirmar que es el organismo que mejor debería poder interpretar la defensa de los derechos humanos de modo colectivo, más aún que las propias asociaciones civiles por el hecho de ser un organismo público con plena autonomía. Ello, en el caso de la Nación se vio trunco con su acefalia de ya 15 años y en el caso provincial frente al no reconocimiento de legitimación activa en el ámbito de la justicia federal, lo que será desarrollado más adelante.
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales - Materia
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Ciencias Jurídicas
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- Condiciones de uso
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Dentro de las innovaciones que trajo consigo la reforma constitucional en la provincia de Buenos Aires hubo una a nivel institucional que marcó con posterioridad un hecho trascendente. Es así como, en sintonía con lo que ocurrió a nivel nacional, nuestra provincia consagró constitucionalmente la figura del Defensor del Pueblo. Esta figura fue popularmente conocida como ombudsman y el primer país en implementarla fue Suecia. Podemos afirmar que "el ombudsman o defensor del pueblo es considerado hoy día como un símbolo de todo Estado democrático, la esencia de lo que el gobierno debería hacer; es decir, fomentar el bienestar del ciudadano, defender las libertades individuales y velar para que la burocracia administrativa trate con equidad a todos los ciudadanos”. Maiorano, quien fuera el primer —y hasta acá único Defensor del Pueblo a nivel nacional— destaca que dicha institución "constituye un control independiente y despolitizado de las autoridades públicas, o por lo menos de sus operaciones administrativas”. Además, agrega que "tiene la posibilidad de asegurar una administración pública más eficiente y promover reformas administrativas y se presenta como una opción para corregir los errores de las administraciones públicas, puesto que se ofrece a los ciudadanos como un agente experto e imparcial, cuya acción no acarrea ningún gasto económico a los reclamantes, sin dilaciones, sin la tensión de tener que litigar con un oponente”. La trascendencia de la institución radica —sobre todo— en que a diferencia de lo que ocurre en los países europeos-nórdicos donde se creó, no solo es un facilitador ante la administración, sino que es un garante de Derechos Humanos. El Defensor del Pueblo en la Argentina tomó un cáliz distinto a la idea primigenia que se tuvo en el viejo continente, más propio de lo que es la situación sociocultural. Lo dicho, no únicamente fue algo propio del país y en particular de la provincia, sino que fue algo generalizado en la región latinoamericana. Además, y retomando las ideas propias de lo que fueron los vientos constituyentes de la década del noventa, la figura en análisis trajo consigo una gran innovación desde el aspecto institucional. Aquí debemos dar una advertencia en pos de poder interpretar de la mejor forma posible al organismo en análisis, y ello es que debemos asociarlo a dos aspectos que también se vieron consagrados en las reformas constitucionales tanto de la Provincia como de la Nación. Por un lado, la consagración del amparo colectivo y por el otro, la consagración constitucional de los Tratados de Derechos Humanos. Es a partir de esto que podemos visualizar enteramente la misión y el rol que se le otorgó al Defensor del Pueblo. Podríamos afirmar que es el organismo que mejor debería poder interpretar la defensa de los derechos humanos de modo colectivo, más aún que las propias asociaciones civiles por el hecho de ser un organismo público con plena autonomía. Ello, en el caso de la Nación se vio trunco con su acefalia de ya 15 años y en el caso provincial frente al no reconocimiento de legitimación activa en el ámbito de la justicia federal, lo que será desarrollado más adelante. |
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