La vulneración a la función preventiva por falta de implementación del art. 22 y 34 de la ley 25.675, desde la perspectiva a la afectación de bienes individuales y colectivos por a...
- Autores
- Gatto, María Carolina
- Año de publicación
- 2017
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- documento de conferencia
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- Enmarcaremos el presente trabajo, dentro de la función preventiva del derecho, por daños causados al ambiente y su repercusión en los derechos individuales de las personasy los bienes colectivos, en conjunto con la normativa del Código Civil y Comercial (CCC), arts. 1710 en adelante, y el resto del ordenamiento jurídico, remarcando la dificultad de llevar adelante la función resarcitoria cuando el daño ambiental está consumado, sin un sistema económico organizado de prevención y recomposición. Veremos como la función preventiva, es la principal protagonista en materia ambiental, por encima de la función resarcitoria. Se propone organizar un sistema de instrumentos económicos que sirvan no solo para el financiamiento de la recomposición por daños ambientales (individuales y colectivos), sino también para generar políticas de prevención. Analizaremos en consecuencia, el campo de la función preventiva y resarcitoria, teniendo en consideración las características del daño ambiental al cual nos enfrentamos, para concluir en la necesidad de efectivizar un sistema conjunto de remediación y prevención creado por ley pero no implementado.
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales - Materia
-
Derecho
Vulneración a la función preventiva - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
- Repositorio
- Institución
- Universidad Nacional de La Plata
- OAI Identificador
- oai:sedici.unlp.edu.ar:10915/100392
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La vulneración a la función preventiva por falta de implementación del art. 22 y 34 de la ley 25.675, desde la perspectiva a la afectación de bienes individuales y colectivos por actividades riesgosasGatto, María CarolinaDerechoVulneración a la función preventivaEnmarcaremos el presente trabajo, dentro de la función preventiva del derecho, por daños causados al ambiente y su repercusión en los derechos individuales de las personasy los bienes colectivos, en conjunto con la normativa del Código Civil y Comercial (CCC), arts. 1710 en adelante, y el resto del ordenamiento jurídico, remarcando la dificultad de llevar adelante la función resarcitoria cuando el daño ambiental está consumado, sin un sistema económico organizado de prevención y recomposición. Veremos como la función preventiva, es la principal protagonista en materia ambiental, por encima de la función resarcitoria. Se propone organizar un sistema de instrumentos económicos que sirvan no solo para el financiamiento de la recomposición por daños ambientales (individuales y colectivos), sino también para generar políticas de prevención. Analizaremos en consecuencia, el campo de la función preventiva y resarcitoria, teniendo en consideración las características del daño ambiental al cual nos enfrentamos, para concluir en la necesidad de efectivizar un sistema conjunto de remediación y prevención creado por ley pero no implementado.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales2017-09info:eu-repo/semantics/conferenceObjectinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionObjeto de conferenciahttp://purl.org/coar/resource_type/c_5794info:ar-repo/semantics/documentoDeConferenciaapplication/pdfhttp://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/100392spainfo:eu-repo/semantics/altIdentifier/url/http://jornadasderechocivil.jursoc.unlp.edu.ar/wp-content/uploads/sites/10/2017/08/Gatto-Mar%C3%ADa-Carolina-La-vulneraci%C3%B3n-a-la-funci%C3%B3n-preventiva-por-falta-de-implementaci%C3%B3n-del-art.-22-y-34-de-la-ley-25.675-desde-la-Comisi%C3%B3n-4.pdfinfo:eu-repo/semantics/altIdentifier/url/http://jornadasderechocivil.jursoc.unlp.edu.ar/wp-content/uploads/sites/10/2017/08/Gatto-Mar%C3%ADa-Carolina-Conclusiones-Comisi%C3%B3n-4.pdfinfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/Creative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International (CC BY-NC-SA 4.0)reponame:SEDICI (UNLP)instname:Universidad Nacional de La Platainstacron:UNLP2025-09-29T11:21:50Zoai:sedici.unlp.edu.ar:10915/100392Institucionalhttp://sedici.unlp.edu.ar/Universidad públicaNo correspondehttp://sedici.unlp.edu.ar/oai/snrdalira@sedici.unlp.edu.arArgentinaNo correspondeNo correspondeNo correspondeopendoar:13292025-09-29 11:21:50.365SEDICI (UNLP) - Universidad Nacional de La Platafalse |
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Enmarcaremos el presente trabajo, dentro de la función preventiva del derecho, por daños causados al ambiente y su repercusión en los derechos individuales de las personasy los bienes colectivos, en conjunto con la normativa del Código Civil y Comercial (CCC), arts. 1710 en adelante, y el resto del ordenamiento jurídico, remarcando la dificultad de llevar adelante la función resarcitoria cuando el daño ambiental está consumado, sin un sistema económico organizado de prevención y recomposición. Veremos como la función preventiva, es la principal protagonista en materia ambiental, por encima de la función resarcitoria. Se propone organizar un sistema de instrumentos económicos que sirvan no solo para el financiamiento de la recomposición por daños ambientales (individuales y colectivos), sino también para generar políticas de prevención. Analizaremos en consecuencia, el campo de la función preventiva y resarcitoria, teniendo en consideración las características del daño ambiental al cual nos enfrentamos, para concluir en la necesidad de efectivizar un sistema conjunto de remediación y prevención creado por ley pero no implementado. |
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