Breve introducción al delito de trata de personas desde una perspectiva normativa convencional y local

Autores
Maciel, Victoria Eugenia
Año de publicación
2015
Idioma
español castellano
Tipo de recurso
documento de conferencia
Estado
versión publicada
Descripción
Fil: Maciel, Victoria Eugenia. Universidad Nacional del Nordeste. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Políticas; Argentina.
La “trata de personas” ha sido señala por la ONU como la denominación oficial para referirse al comercio de seres humanos con fines de explotación. Esta problemática de extensión global se presenta como una grave violación a los derechos humanos, constituyéndose en una modalidad moderna e insidiosa de la esclavitud. Por lo que, atento a la imperiosa necesidad de luchar contra este flagelo y de paliar las consecuencias que el mismo trae aparejado, la comunidad internacional estableció una amplia gama de tratados internacionales que, en conjunto, comprenden el marco jurídico comunitario en torno a la cuestión. Entre los años 1957 y 2006 nuestro país se ha obligado en virtud de la ratificación de los instrumentos internacionales respecto a esta temática, a dar cumplimiento a los mismos mediante la adecuación de su derecho interno a la normativa internacional. Sin embargo fue recién con la Ley N° 26.364 del año 2008 que la Argentina incorporó el delito de "trata de personas" a su digesto punitivo, siendo dicha ley pasible de numerosas críticas en torno a su deficiente construcción legislativa. Esto motivó a la reforma impuesta en el año 2012 por Ley N° 26.842. Por lo anteriormente expuesto, y en consideración a la duración establecida para la presente investigación, en esta primera etapa el objetivo general se enfoca en relacionar los distintos instrumentos internacionales ratificados por la Argentina a partir de la reforma constitucional de 1994 con la Ley N° 26.364 y su modificatoria Ley N° 26.842. Los específicos incluyen establecer los cambios en materia penal sustantiva que trajo ínsita la sanción de la Ley N° 26.842, realizándole al mismo tiempo el denominado “control de convencionalidad", a fin de establecer si se ha adecuado o no, a la normativa supra nacional. El presente trabajo posee un enfoque cualitativo, de tipo exploratorio y descriptivo. En este primer período se utilizó inicialmente el método de observación directa del material disponible para su estudio; fundamentándose tal decisión en la necesidad de obtener un primer acercamiento al fenómeno en investigación, realizando relevamientos de datos y confección de fichas a fin de registrar la información que se consideraba de importancia. Luego se hizo uso del método analítico-sintético con el objeto de disociar cada una de las variables constitutivas del tipo objetivo del delito de "trata de personas" tanto en la Ley N° 26.364 como en la Ley N° 26.842, a fin de establecer similitudes y diferencias. Posteriormente se procedió a comparar las reformas dispuestas por la Ley N°26.842 con la normativa consignada en el "Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas especialmente Mujeres y Niños". Luego del análisis realizado se obtuvo como resultado que con la Ley N° 26.842 se incorporaron nuevas conductas típicas al delito de "trata de personas", las de ofrecer y recibir; se ampliaron las finalidades comprendidas en el concepto de explotación, incluyendo los supuestos de matrimonio o uniones de hecho forzadas y la promoción, facilitación o comercialización de pornografía infantil o cualquier representación de dicho contenido. Por otro lado, se quitó efecto desincriminante al consentimiento prestado por la víctima en todos los casos, estableciéndose que los medios comisivos que fijaba el sistema anterior como requisitos típicos para la tratar de mayores actualmente pasen a ser calificantes. Como conclusión parcial se puede afirmar que la Ley N° 26.842 representa un avance en materia de adecuación de nuestra norma penal a la normativa internacional. Sin embargo, hasta la fecha no se ha logrado un progreso significativo ni en materia de lucha contra la trata de personas, ni respecto a la implementación de mayores medidas protecterias para sus víctimas, siendo de singular importancia investigar la labor de los actores tanto judiciales como administrativos, en pos de poder colegir si fehacientemente los cambios acaecidos en la legislación son, o pueden ser realmente aplicados en la práctica o solo constituyen un caso de "derecho penal simbólico".
Materia
Derecho penal
Normativa internacional
Adecuación
Nivel de accesibilidad
acceso abierto
Condiciones de uso
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/ar/
Repositorio
Repositorio Institucional de la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE)
Institución
Universidad Nacional del Nordeste
OAI Identificador
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Entre los años 1957 y 2006 nuestro país se ha obligado en virtud de la ratificación de los instrumentos internacionales respecto a esta temática, a dar cumplimiento a los mismos mediante la adecuación de su derecho interno a la normativa internacional. Sin embargo fue recién con la Ley N° 26.364 del año 2008 que la Argentina incorporó el delito de "trata de personas" a su digesto punitivo, siendo dicha ley pasible de numerosas críticas en torno a su deficiente construcción legislativa. Esto motivó a la reforma impuesta en el año 2012 por Ley N° 26.842. Por lo anteriormente expuesto, y en consideración a la duración establecida para la presente investigación, en esta primera etapa el objetivo general se enfoca en relacionar los distintos instrumentos internacionales ratificados por la Argentina a partir de la reforma constitucional de 1994 con la Ley N° 26.364 y su modificatoria Ley N° 26.842. 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