Concubinato
- Autores
- Capparelli, Julio César
- Año de publicación
- 2004
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- artículo
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- Fil: Capparelli, Julio César. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; Argentina
Resumen: Los cambios en las conductas sociales en los últimos años se manifiestan en lo que respecta al derecho de familia en la proliferación de las uniones de hecho. Siempre ha existido junto a la realidad del matrimonio el hecho del concubinato, pero este último presenta en la actualidad sus rasgos propios. La sanción de la ley 2393 de matrimonio civil en el año 1888 tuvo como intención primordial poner bajo el control del Estado todo lo concerniente al matrimonio. El art. 167 del Código de Vélez Sarsfield establecía para los católicos la forma canónica, y para los que no lo fueran el art. 183 remitía a las leyes y los ritos de la iglesia a la que perteneciesen y a las normas del Código. El matrimonio era entonces religioso y tenía efectos civiles. La ley 2393 innovó al obligar a la celebración civil bajo pena de nulidad, lo que era contrario a las costumbres imperantes. Esa ley logró su cometido y fue aceptada, habituándose los que contraían matrimonio religioso a celebrar con anterioridad el matrimonio civil. - Fuente
- Prudentia Iuris. 2004, 58
- Materia
-
DERECHO DE FAMILIA
CONCUBINATO
UNIONES DE HECHO - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
- https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
- Repositorio
- Institución
- Pontificia Universidad Católica Argentina
- OAI Identificador
- oai:ucacris:123456789/17039
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ConcubinatoCapparelli, Julio CésarDERECHO DE FAMILIACONCUBINATOUNIONES DE HECHOFil: Capparelli, Julio César. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; ArgentinaResumen: Los cambios en las conductas sociales en los últimos años se manifiestan en lo que respecta al derecho de familia en la proliferación de las uniones de hecho. Siempre ha existido junto a la realidad del matrimonio el hecho del concubinato, pero este último presenta en la actualidad sus rasgos propios. La sanción de la ley 2393 de matrimonio civil en el año 1888 tuvo como intención primordial poner bajo el control del Estado todo lo concerniente al matrimonio. El art. 167 del Código de Vélez Sarsfield establecía para los católicos la forma canónica, y para los que no lo fueran el art. 183 remitía a las leyes y los ritos de la iglesia a la que perteneciesen y a las normas del Código. El matrimonio era entonces religioso y tenía efectos civiles. La ley 2393 innovó al obligar a la celebración civil bajo pena de nulidad, lo que era contrario a las costumbres imperantes. Esa ley logró su cometido y fue aceptada, habituándose los que contraían matrimonio religioso a celebrar con anterioridad el matrimonio civil.Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho2004info:eu-repo/semantics/articleinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_6501info:ar-repo/semantics/articuloapplication/pdfhttps://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/170392524-9525 (online)0326-2774 (impreso)Capparelli, J. C. Concubinato [en línea]. Prudentia Iuris. 2004, 58. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/17039Prudentia Iuris. 2004, 58reponame:Repositorio Institucional (UCA)instname:Pontificia Universidad Católica Argentinaspainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/2025-07-03T10:59:29Zoai:ucacris:123456789/17039instacron:UCAInstitucionalhttps://repositorio.uca.edu.ar/Universidad privadaNo correspondehttps://repositorio.uca.edu.ar/oaiclaudia_fernandez@uca.edu.arArgentinaNo correspondeNo correspondeNo correspondeopendoar:25852025-07-03 10:59:30.178Repositorio Institucional (UCA) - Pontificia Universidad Católica Argentinafalse |
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