Inconstitucionalidad de la ley argentina 26.618 de 2010 : su reforma. El matrimonio es un bien jurídico exclusivo del varón y la mujer, como tales. En consecuencia, es indisponible...
- Autores
- Arias de Ronchietto, Catalina E.
- Año de publicación
- 2010
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- artículo
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- Fil: Arias de Ronchietto, Catalina E. Universidad de Mendoza; Argentina
Resumen: El presente artículo presenta las razones jurídicas que fundan la inconstitucionalidad de la ley argentina 26.618 de legalización de las uniones de personas del mismo sexo. Parte del reconocimiento de la igual dignidad esencial de todas las personas y analiza luego la reforma del matrimonio civil dispuesto por la ley 26.618 y la necesidad de reglamentación previa y específica del vínculo filiatorio y de parentesco por adopción y la improcedencia de la aplicación de las técnicas de procreación asistida en las uniones homosexuales o lésbicas. Señala cómo esta legislación afecta a terceros: al menor de edad en desamparo familiar, a la persona por nacer y, también, al matrimonio, a la familia y a la sociedad. El desarrollo presenta los argumentos por los cuales se sostiene que esta ley ha hecho una extensión irrazonable del nombre de matrimonio. También se cuestiona la “cláusula complementaria” prevista por la ley, que evidencia el abuso cometido y la imposibilidad de legislar sin lógica. Considera la actuación de los legisladores y la violación de lo anticipado en las respectivas plataformas electorales y señala que el matrimonio es una realidad anterior al derecho positivo. Finaliza con reflexiones sobre el límite objetivo que surge de la realidad y el riesgo caos social y jurídico-político y la necesidad de derogación de la ley 26.618. - Fuente
- Prudentia Iuris Nº 68/69, 2010
- Materia
-
MATRIMONIO
HOMOSEXUALIDAD
FILIACION
FAMILIA
PERSONA
ADOPCION - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
- https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
- Repositorio
- Institución
- Pontificia Universidad Católica Argentina
- OAI Identificador
- oai:ucacris:123456789/2695
Ver los metadatos del registro completo
id |
RIUCA_6a54a52598167a8904c23e2dca5e51b5 |
---|---|
oai_identifier_str |
oai:ucacris:123456789/2695 |
network_acronym_str |
RIUCA |
repository_id_str |
2585 |
network_name_str |
Repositorio Institucional (UCA) |
spelling |
Inconstitucionalidad de la ley argentina 26.618 de 2010 : su reforma. El matrimonio es un bien jurídico exclusivo del varón y la mujer, como tales. En consecuencia, es indisponible por el Estado.Arias de Ronchietto, Catalina E.MATRIMONIOHOMOSEXUALIDADFILIACIONFAMILIAPERSONAADOPCIONFil: Arias de Ronchietto, Catalina E. Universidad de Mendoza; ArgentinaResumen: El presente artículo presenta las razones jurídicas que fundan la inconstitucionalidad de la ley argentina 26.618 de legalización de las uniones de personas del mismo sexo. Parte del reconocimiento de la igual dignidad esencial de todas las personas y analiza luego la reforma del matrimonio civil dispuesto por la ley 26.618 y la necesidad de reglamentación previa y específica del vínculo filiatorio y de parentesco por adopción y la improcedencia de la aplicación de las técnicas de procreación asistida en las uniones homosexuales o lésbicas. Señala cómo esta legislación afecta a terceros: al menor de edad en desamparo familiar, a la persona por nacer y, también, al matrimonio, a la familia y a la sociedad. El desarrollo presenta los argumentos por los cuales se sostiene que esta ley ha hecho una extensión irrazonable del nombre de matrimonio. También se cuestiona la “cláusula complementaria” prevista por la ley, que evidencia el abuso cometido y la imposibilidad de legislar sin lógica. Considera la actuación de los legisladores y la violación de lo anticipado en las respectivas plataformas electorales y señala que el matrimonio es una realidad anterior al derecho positivo. Finaliza con reflexiones sobre el límite objetivo que surge de la realidad y el riesgo caos social y jurídico-político y la necesidad de derogación de la ley 26.618.EDUCAUniversidad Católica Argentina. Facultad de Derecho2010info:eu-repo/semantics/articleinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_6501info:ar-repo/semantics/articuloapplication/pdfhttps://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/2695Arias de Ronchietto, C. E. Inconstitucionalidad de la ley argentina 26.618 de 2010 : su reforma : el matrimonio es un bien jurídico exclusivo del varón y la mujer, como tales. En consecuencia, es indisponible por el Estado [en línea], Prudentia Iuris- 2010, 68-69. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/2695Prudentia Iuris Nº 68/69, 2010reponame:Repositorio Institucional (UCA)instname:Pontificia Universidad Católica Argentinaspainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/2025-07-03T10:55:32Zoai:ucacris:123456789/2695instacron:UCAInstitucionalhttps://repositorio.uca.edu.ar/Universidad privadaNo correspondehttps://repositorio.uca.edu.ar/oaiclaudia_fernandez@uca.edu.arArgentinaNo correspondeNo correspondeNo correspondeopendoar:25852025-07-03 10:55:32.512Repositorio Institucional (UCA) - Pontificia Universidad Católica Argentinafalse |
dc.title.none.fl_str_mv |
Inconstitucionalidad de la ley argentina 26.618 de 2010 : su reforma. El matrimonio es un bien jurídico exclusivo del varón y la mujer, como tales. En consecuencia, es indisponible por el Estado. |
title |
Inconstitucionalidad de la ley argentina 26.618 de 2010 : su reforma. El matrimonio es un bien jurídico exclusivo del varón y la mujer, como tales. En consecuencia, es indisponible por el Estado. |
spellingShingle |
Inconstitucionalidad de la ley argentina 26.618 de 2010 : su reforma. El matrimonio es un bien jurídico exclusivo del varón y la mujer, como tales. En consecuencia, es indisponible por el Estado. Arias de Ronchietto, Catalina E. MATRIMONIO HOMOSEXUALIDAD FILIACION FAMILIA PERSONA ADOPCION |
title_short |
Inconstitucionalidad de la ley argentina 26.618 de 2010 : su reforma. El matrimonio es un bien jurídico exclusivo del varón y la mujer, como tales. En consecuencia, es indisponible por el Estado. |
title_full |
Inconstitucionalidad de la ley argentina 26.618 de 2010 : su reforma. El matrimonio es un bien jurídico exclusivo del varón y la mujer, como tales. En consecuencia, es indisponible por el Estado. |
title_fullStr |
Inconstitucionalidad de la ley argentina 26.618 de 2010 : su reforma. El matrimonio es un bien jurídico exclusivo del varón y la mujer, como tales. En consecuencia, es indisponible por el Estado. |
title_full_unstemmed |
Inconstitucionalidad de la ley argentina 26.618 de 2010 : su reforma. El matrimonio es un bien jurídico exclusivo del varón y la mujer, como tales. En consecuencia, es indisponible por el Estado. |
title_sort |
Inconstitucionalidad de la ley argentina 26.618 de 2010 : su reforma. El matrimonio es un bien jurídico exclusivo del varón y la mujer, como tales. En consecuencia, es indisponible por el Estado. |
dc.creator.none.fl_str_mv |
Arias de Ronchietto, Catalina E. |
author |
Arias de Ronchietto, Catalina E. |
author_facet |
Arias de Ronchietto, Catalina E. |
author_role |
author |
dc.subject.none.fl_str_mv |
MATRIMONIO HOMOSEXUALIDAD FILIACION FAMILIA PERSONA ADOPCION |
topic |
MATRIMONIO HOMOSEXUALIDAD FILIACION FAMILIA PERSONA ADOPCION |
dc.description.none.fl_txt_mv |
Fil: Arias de Ronchietto, Catalina E. Universidad de Mendoza; Argentina Resumen: El presente artículo presenta las razones jurídicas que fundan la inconstitucionalidad de la ley argentina 26.618 de legalización de las uniones de personas del mismo sexo. Parte del reconocimiento de la igual dignidad esencial de todas las personas y analiza luego la reforma del matrimonio civil dispuesto por la ley 26.618 y la necesidad de reglamentación previa y específica del vínculo filiatorio y de parentesco por adopción y la improcedencia de la aplicación de las técnicas de procreación asistida en las uniones homosexuales o lésbicas. Señala cómo esta legislación afecta a terceros: al menor de edad en desamparo familiar, a la persona por nacer y, también, al matrimonio, a la familia y a la sociedad. El desarrollo presenta los argumentos por los cuales se sostiene que esta ley ha hecho una extensión irrazonable del nombre de matrimonio. También se cuestiona la “cláusula complementaria” prevista por la ley, que evidencia el abuso cometido y la imposibilidad de legislar sin lógica. Considera la actuación de los legisladores y la violación de lo anticipado en las respectivas plataformas electorales y señala que el matrimonio es una realidad anterior al derecho positivo. Finaliza con reflexiones sobre el límite objetivo que surge de la realidad y el riesgo caos social y jurídico-político y la necesidad de derogación de la ley 26.618. |
description |
Fil: Arias de Ronchietto, Catalina E. Universidad de Mendoza; Argentina |
publishDate |
2010 |
dc.date.none.fl_str_mv |
2010 |
dc.type.none.fl_str_mv |
info:eu-repo/semantics/article info:eu-repo/semantics/publishedVersion http://purl.org/coar/resource_type/c_6501 info:ar-repo/semantics/articulo |
format |
article |
status_str |
publishedVersion |
dc.identifier.none.fl_str_mv |
https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/2695 Arias de Ronchietto, C. E. Inconstitucionalidad de la ley argentina 26.618 de 2010 : su reforma : el matrimonio es un bien jurídico exclusivo del varón y la mujer, como tales. En consecuencia, es indisponible por el Estado [en línea], Prudentia Iuris- 2010, 68-69. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/2695 |
url |
https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/2695 |
identifier_str_mv |
Arias de Ronchietto, C. E. Inconstitucionalidad de la ley argentina 26.618 de 2010 : su reforma : el matrimonio es un bien jurídico exclusivo del varón y la mujer, como tales. En consecuencia, es indisponible por el Estado [en línea], Prudentia Iuris- 2010, 68-69. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/2695 |
dc.language.none.fl_str_mv |
spa |
language |
spa |
dc.rights.none.fl_str_mv |
info:eu-repo/semantics/openAccess https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ |
eu_rights_str_mv |
openAccess |
rights_invalid_str_mv |
https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ |
dc.format.none.fl_str_mv |
application/pdf |
dc.publisher.none.fl_str_mv |
EDUCA Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho |
publisher.none.fl_str_mv |
EDUCA Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho |
dc.source.none.fl_str_mv |
Prudentia Iuris Nº 68/69, 2010 reponame:Repositorio Institucional (UCA) instname:Pontificia Universidad Católica Argentina |
reponame_str |
Repositorio Institucional (UCA) |
collection |
Repositorio Institucional (UCA) |
instname_str |
Pontificia Universidad Católica Argentina |
repository.name.fl_str_mv |
Repositorio Institucional (UCA) - Pontificia Universidad Católica Argentina |
repository.mail.fl_str_mv |
claudia_fernandez@uca.edu.ar |
_version_ |
1836638332979773440 |
score |
13.070432 |