El "certiorari" en acción : (hacia un control de constitucionalidad basado en la trascendencia)

Autores
Bianchi, Alberto B.; Legarre, Santiago
Año de publicación
1993
Idioma
español castellano
Tipo de recurso
artículo
Estado
versión publicada
Descripción
Fil: Legarre, Santiago. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; Argentina
Fil: Bianchi, Alberto B. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; Argentina
Sumario: SUMARIO: I. Introducción. -- II. La constitucionalidad del artículo 280 del Código Procesal. -III. Aplicación negativa. -- IV. Aplicación positiva. -- V. Pautas básicas del "certiorari" en la Suprema Corte de los Estados Unidos. -- VI. Conclusiones.
A más de tres años de la reforma del art. 280 del Cód. Procesal Civil y Comercial de la Nación por la ley 23.774 (Adla, L-B, 1256), nos parece oportuno hacer un repaso de la jurisprudencia de la Corte Suprema relativa a su interpretación. Mucho se ha escrito ya sobre el llamado certiorari argentino (1) y las expectativas sobre su funcionamiento crecen a diario. Ultimamente, algunos jueces de la Corte, en votos concurrentes o disidentes, han interpretado la facultad discrecional aceptada por dicha norma procesal, llegando incluso algunos de ellos a pronunciarse respecto de su constitucionalidad, a raíz de un planteo concreto. II. La constitucionalidad del artículo 280 del Código Procesal En "Rodríguez c. Rodríguez de Schreyer"(2), la Corte desestimó un planteo de inconstitucionalidad del art. 280 del Cód. Procesal Civil y Comercial de la Nación. La petición tuvo lugar como consecuencia del previo rechazo por parte de la Corte de un recurso extraordinario contra la sentencia de Cámara, que la apelante consideró arbitraria. Este rechazo se realizó por la sola invocación de aquella norma, tal como ella lo prevé. Contra esta desestimación se interpuso el recurso de hecho que dio lugar a la sentencia aquí comentada. En él, además de solicitarse la declaración de inconstitucionalidad de la única norma en la que se "fundó" la sentencia desestimatoria del recurso extraordinario, se planteó la nulidad de ella y la recusación de los jueces que la firmaron. El tribunal decidió en forma unánime la improcedencia de estas dos últimas pretensiones. No ocurrió lo mismo con la referente a la declaración de inconstitucionalidad. Los jueces Levene (h.), Moliné O'Connor y Nazareno, por su voto y Cavagna Martínez y Petracchi por el suyo, entendieron que la cuestión constitucional fue planteada tardíamente. En cambio los jueces Barra, Belluscio y Boggiano consideraron que "si bien los agravios constitucionales vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 280 del Cód. Procesal Civil y Comercial de la Nación (texto según ley 23.774) no fueron propuestos anteriormente, cabe atenderlos en esta instancia de conformidad con la consolidada tradición jurisprudencial tendiente a impedir el esclarecimiento de relevantes temas constitucionales por mediar óbices procesales (Fallos 167:423; 176:20; 251:2118; 286:257 y 296:747 --LA LEY, 108-680; 151-516; 1977-B, 450--; entre muchos otros)"...
Fuente
La Ley 1993- C, 1993
Materia
CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD
RECURSO EXTRAORDINARIO
DERECHO CONSTITUCIONAL
DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL
Nivel de accesibilidad
acceso abierto
Condiciones de uso
https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
Repositorio
Repositorio Institucional (UCA)
Institución
Pontificia Universidad Católica Argentina
OAI Identificador
oai:ucacris:123456789/10373

id RIUCA_5f07521578959357e64692b636e22d12
oai_identifier_str oai:ucacris:123456789/10373
network_acronym_str RIUCA
repository_id_str 2585
network_name_str Repositorio Institucional (UCA)
spelling El "certiorari" en acción : (hacia un control de constitucionalidad basado en la trascendencia)Bianchi, Alberto B.Legarre, SantiagoCONTROL DE CONSTITUCIONALIDADRECURSO EXTRAORDINARIODERECHO CONSTITUCIONALDERECHO PROCESAL CONSTITUCIONALFil: Legarre, Santiago. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; ArgentinaFil: Bianchi, Alberto B. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; ArgentinaSumario: SUMARIO: I. Introducción. -- II. La constitucionalidad del artículo 280 del Código Procesal. -III. Aplicación negativa. -- IV. Aplicación positiva. -- V. Pautas básicas del "certiorari" en la Suprema Corte de los Estados Unidos. -- VI. Conclusiones.A más de tres años de la reforma del art. 280 del Cód. Procesal Civil y Comercial de la Nación por la ley 23.774 (Adla, L-B, 1256), nos parece oportuno hacer un repaso de la jurisprudencia de la Corte Suprema relativa a su interpretación. Mucho se ha escrito ya sobre el llamado certiorari argentino (1) y las expectativas sobre su funcionamiento crecen a diario. Ultimamente, algunos jueces de la Corte, en votos concurrentes o disidentes, han interpretado la facultad discrecional aceptada por dicha norma procesal, llegando incluso algunos de ellos a pronunciarse respecto de su constitucionalidad, a raíz de un planteo concreto. II. La constitucionalidad del artículo 280 del Código Procesal En "Rodríguez c. Rodríguez de Schreyer"(2), la Corte desestimó un planteo de inconstitucionalidad del art. 280 del Cód. Procesal Civil y Comercial de la Nación. La petición tuvo lugar como consecuencia del previo rechazo por parte de la Corte de un recurso extraordinario contra la sentencia de Cámara, que la apelante consideró arbitraria. Este rechazo se realizó por la sola invocación de aquella norma, tal como ella lo prevé. Contra esta desestimación se interpuso el recurso de hecho que dio lugar a la sentencia aquí comentada. En él, además de solicitarse la declaración de inconstitucionalidad de la única norma en la que se "fundó" la sentencia desestimatoria del recurso extraordinario, se planteó la nulidad de ella y la recusación de los jueces que la firmaron. El tribunal decidió en forma unánime la improcedencia de estas dos últimas pretensiones. No ocurrió lo mismo con la referente a la declaración de inconstitucionalidad. Los jueces Levene (h.), Moliné O'Connor y Nazareno, por su voto y Cavagna Martínez y Petracchi por el suyo, entendieron que la cuestión constitucional fue planteada tardíamente. En cambio los jueces Barra, Belluscio y Boggiano consideraron que "si bien los agravios constitucionales vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 280 del Cód. Procesal Civil y Comercial de la Nación (texto según ley 23.774) no fueron propuestos anteriormente, cabe atenderlos en esta instancia de conformidad con la consolidada tradición jurisprudencial tendiente a impedir el esclarecimiento de relevantes temas constitucionales por mediar óbices procesales (Fallos 167:423; 176:20; 251:2118; 286:257 y 296:747 --LA LEY, 108-680; 151-516; 1977-B, 450--; entre muchos otros)"...La Ley1993info:eu-repo/semantics/articleinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_6501info:ar-repo/semantics/articuloapplication/pdfhttps://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/103730024-1636Cita Online: AR/DOC/19684/2001Bianchi, A. B., Legarre, S. El "certiorari" en acción : (hacia un control de constitucionalidad basado en la trascendencia) [en línea]. La Ley. 1993, 1993- C. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/10373La Ley 1993- C, 1993reponame:Repositorio Institucional (UCA)instname:Pontificia Universidad Católica Argentinaspainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/2025-07-03T10:57:27Zoai:ucacris:123456789/10373instacron:UCAInstitucionalhttps://repositorio.uca.edu.ar/Universidad privadaNo correspondehttps://repositorio.uca.edu.ar/oaiclaudia_fernandez@uca.edu.arArgentinaNo correspondeNo correspondeNo correspondeopendoar:25852025-07-03 10:57:27.812Repositorio Institucional (UCA) - Pontificia Universidad Católica Argentinafalse
dc.title.none.fl_str_mv El "certiorari" en acción : (hacia un control de constitucionalidad basado en la trascendencia)
title El "certiorari" en acción : (hacia un control de constitucionalidad basado en la trascendencia)
spellingShingle El "certiorari" en acción : (hacia un control de constitucionalidad basado en la trascendencia)
Bianchi, Alberto B.
CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD
RECURSO EXTRAORDINARIO
DERECHO CONSTITUCIONAL
DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL
title_short El "certiorari" en acción : (hacia un control de constitucionalidad basado en la trascendencia)
title_full El "certiorari" en acción : (hacia un control de constitucionalidad basado en la trascendencia)
title_fullStr El "certiorari" en acción : (hacia un control de constitucionalidad basado en la trascendencia)
title_full_unstemmed El "certiorari" en acción : (hacia un control de constitucionalidad basado en la trascendencia)
title_sort El "certiorari" en acción : (hacia un control de constitucionalidad basado en la trascendencia)
dc.creator.none.fl_str_mv Bianchi, Alberto B.
Legarre, Santiago
author Bianchi, Alberto B.
author_facet Bianchi, Alberto B.
Legarre, Santiago
author_role author
author2 Legarre, Santiago
author2_role author
dc.subject.none.fl_str_mv CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD
RECURSO EXTRAORDINARIO
DERECHO CONSTITUCIONAL
DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL
topic CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD
RECURSO EXTRAORDINARIO
DERECHO CONSTITUCIONAL
DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL
dc.description.none.fl_txt_mv Fil: Legarre, Santiago. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; Argentina
Fil: Bianchi, Alberto B. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; Argentina
Sumario: SUMARIO: I. Introducción. -- II. La constitucionalidad del artículo 280 del Código Procesal. -III. Aplicación negativa. -- IV. Aplicación positiva. -- V. Pautas básicas del "certiorari" en la Suprema Corte de los Estados Unidos. -- VI. Conclusiones.
A más de tres años de la reforma del art. 280 del Cód. Procesal Civil y Comercial de la Nación por la ley 23.774 (Adla, L-B, 1256), nos parece oportuno hacer un repaso de la jurisprudencia de la Corte Suprema relativa a su interpretación. Mucho se ha escrito ya sobre el llamado certiorari argentino (1) y las expectativas sobre su funcionamiento crecen a diario. Ultimamente, algunos jueces de la Corte, en votos concurrentes o disidentes, han interpretado la facultad discrecional aceptada por dicha norma procesal, llegando incluso algunos de ellos a pronunciarse respecto de su constitucionalidad, a raíz de un planteo concreto. II. La constitucionalidad del artículo 280 del Código Procesal En "Rodríguez c. Rodríguez de Schreyer"(2), la Corte desestimó un planteo de inconstitucionalidad del art. 280 del Cód. Procesal Civil y Comercial de la Nación. La petición tuvo lugar como consecuencia del previo rechazo por parte de la Corte de un recurso extraordinario contra la sentencia de Cámara, que la apelante consideró arbitraria. Este rechazo se realizó por la sola invocación de aquella norma, tal como ella lo prevé. Contra esta desestimación se interpuso el recurso de hecho que dio lugar a la sentencia aquí comentada. En él, además de solicitarse la declaración de inconstitucionalidad de la única norma en la que se "fundó" la sentencia desestimatoria del recurso extraordinario, se planteó la nulidad de ella y la recusación de los jueces que la firmaron. El tribunal decidió en forma unánime la improcedencia de estas dos últimas pretensiones. No ocurrió lo mismo con la referente a la declaración de inconstitucionalidad. Los jueces Levene (h.), Moliné O'Connor y Nazareno, por su voto y Cavagna Martínez y Petracchi por el suyo, entendieron que la cuestión constitucional fue planteada tardíamente. En cambio los jueces Barra, Belluscio y Boggiano consideraron que "si bien los agravios constitucionales vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 280 del Cód. Procesal Civil y Comercial de la Nación (texto según ley 23.774) no fueron propuestos anteriormente, cabe atenderlos en esta instancia de conformidad con la consolidada tradición jurisprudencial tendiente a impedir el esclarecimiento de relevantes temas constitucionales por mediar óbices procesales (Fallos 167:423; 176:20; 251:2118; 286:257 y 296:747 --LA LEY, 108-680; 151-516; 1977-B, 450--; entre muchos otros)"...
description Fil: Legarre, Santiago. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; Argentina
publishDate 1993
dc.date.none.fl_str_mv 1993
dc.type.none.fl_str_mv info:eu-repo/semantics/article
info:eu-repo/semantics/publishedVersion
http://purl.org/coar/resource_type/c_6501
info:ar-repo/semantics/articulo
format article
status_str publishedVersion
dc.identifier.none.fl_str_mv https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/10373
0024-1636
Cita Online: AR/DOC/19684/2001
Bianchi, A. B., Legarre, S. El "certiorari" en acción : (hacia un control de constitucionalidad basado en la trascendencia) [en línea]. La Ley. 1993, 1993- C. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/10373
url https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/10373
identifier_str_mv 0024-1636
Cita Online: AR/DOC/19684/2001
Bianchi, A. B., Legarre, S. El "certiorari" en acción : (hacia un control de constitucionalidad basado en la trascendencia) [en línea]. La Ley. 1993, 1993- C. Disponible en: https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/10373
dc.language.none.fl_str_mv spa
language spa
dc.rights.none.fl_str_mv info:eu-repo/semantics/openAccess
https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
eu_rights_str_mv openAccess
rights_invalid_str_mv https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
dc.format.none.fl_str_mv application/pdf
dc.publisher.none.fl_str_mv La Ley
publisher.none.fl_str_mv La Ley
dc.source.none.fl_str_mv La Ley 1993- C, 1993
reponame:Repositorio Institucional (UCA)
instname:Pontificia Universidad Católica Argentina
reponame_str Repositorio Institucional (UCA)
collection Repositorio Institucional (UCA)
instname_str Pontificia Universidad Católica Argentina
repository.name.fl_str_mv Repositorio Institucional (UCA) - Pontificia Universidad Católica Argentina
repository.mail.fl_str_mv claudia_fernandez@uca.edu.ar
_version_ 1836638352322854912
score 13.13397