Resignificación de la teoría general del acto voluntario. Configuración de los vicios de la voluntad a la luz de las nuevas tecnologías

Autores
Chiapero, Silvana María; Plovanich, María Cristina
Año de publicación
2025
Idioma
español castellano
Tipo de recurso
artículo
Estado
versión publicada
Descripción
Fil: Chiapero, Silvana María. Universidad Nacional de Córdoba; Argentina
Fil: Plovanich, María Cristina. Universidad Nacional de Córdoba; Argentina
El principio de la autonomía de la voluntad es uno de los pilares sobre los que se edificó el monumento de la codificación. Su fundamento constitucional reposa en el art. 19 Constitución Nacional –en adelante, CN– y su protección se consagra en el art. 17 CN. El efecto inmediato del reconocimiento de la autonomía de la voluntad se traduce en la fuerza obligatoria de los actos celebrados libremente por los particulares. De ello se desprende que la libertad contractual reconoce ciertas limitaciones, causadas en la ley, el orden público, la moral y las buenas costumbres (por ejemplo, limitaciones provenientes de la ley: las empresas prestadoras de servicios públicos deben prestarlo a toda persona que lo solicite, los seguros obligatorios de automotores, el seguro de vida para los empleados públicos, entre otros). Allí es donde adquiere relevancia la noción de orden público económico (por ejemplo, las reglas sobre comercio exterior, sobre la competencia, etc.), orden público social (normas protectorias del derecho laboral), también llamado orden público de dirección (la revisión de contratos por circunstancias sobrevinientes). Esta noción de orden público es el instrumento del que se vale el ordenamiento para garantizar, mediante la limitación de la autonomía de la voluntad, la vigencia irrestricta de los intereses generales de la sociedad de modo que prevalezcan sobre los intereses particulares. Por ello se ha definido la autonomía de la voluntad como la actividad o potestad de autorregulación de intereses y relaciones propias, desplegadas por el mismo titular de ellas, por lo que podría considerarse que su expresión jurídica sirve como concepto aglutinante de la dignidad humana, la razón, la libertad, y refleja una convicción filosófica a favor de la organización jurídico-política que jerarquice como un fin en sí mismo a las personas, por oposición a la jerarquización superior de grupos o colectivos.
Fuente
El Derecho. Revista de Doctrina y Jurisprudencia, edición especial XXX Jornadas Nacionales de Derecho Civil: a 10 años de vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación. 1º de septiembre de 2025 - Nº 16.037
Materia
AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD
ACTO VOLUNTARIO
VICIOS DE LOS ACTOS JURIDICOS
NUEVAS TECNOLOGIAS
Nivel de accesibilidad
acceso abierto
Condiciones de uso
https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
Repositorio
Repositorio Institucional (UCA)
Institución
Pontificia Universidad Católica Argentina
OAI Identificador
oai:ucacris:123456789/20423

id RIUCA_3f545dda413fed7575e546641c053cd7
oai_identifier_str oai:ucacris:123456789/20423
network_acronym_str RIUCA
repository_id_str 2585
network_name_str Repositorio Institucional (UCA)
spelling Resignificación de la teoría general del acto voluntario. Configuración de los vicios de la voluntad a la luz de las nuevas tecnologíasChiapero, Silvana MaríaPlovanich, María CristinaAUTONOMIA DE LA VOLUNTADACTO VOLUNTARIOVICIOS DE LOS ACTOS JURIDICOSNUEVAS TECNOLOGIASFil: Chiapero, Silvana María. Universidad Nacional de Córdoba; ArgentinaFil: Plovanich, María Cristina. Universidad Nacional de Córdoba; ArgentinaEl principio de la autonomía de la voluntad es uno de los pilares sobre los que se edificó el monumento de la codificación. Su fundamento constitucional reposa en el art. 19 Constitución Nacional –en adelante, CN– y su protección se consagra en el art. 17 CN. El efecto inmediato del reconocimiento de la autonomía de la voluntad se traduce en la fuerza obligatoria de los actos celebrados libremente por los particulares. De ello se desprende que la libertad contractual reconoce ciertas limitaciones, causadas en la ley, el orden público, la moral y las buenas costumbres (por ejemplo, limitaciones provenientes de la ley: las empresas prestadoras de servicios públicos deben prestarlo a toda persona que lo solicite, los seguros obligatorios de automotores, el seguro de vida para los empleados públicos, entre otros). Allí es donde adquiere relevancia la noción de orden público económico (por ejemplo, las reglas sobre comercio exterior, sobre la competencia, etc.), orden público social (normas protectorias del derecho laboral), también llamado orden público de dirección (la revisión de contratos por circunstancias sobrevinientes). Esta noción de orden público es el instrumento del que se vale el ordenamiento para garantizar, mediante la limitación de la autonomía de la voluntad, la vigencia irrestricta de los intereses generales de la sociedad de modo que prevalezcan sobre los intereses particulares. Por ello se ha definido la autonomía de la voluntad como la actividad o potestad de autorregulación de intereses y relaciones propias, desplegadas por el mismo titular de ellas, por lo que podría considerarse que su expresión jurídica sirve como concepto aglutinante de la dignidad humana, la razón, la libertad, y refleja una convicción filosófica a favor de la organización jurídico-política que jerarquice como un fin en sí mismo a las personas, por oposición a la jerarquización superior de grupos o colectivos.El Derecho2025info:eu-repo/semantics/articleinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_6501info:ar-repo/semantics/articuloapplication/pdfhttps://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/204231666-8987ED-VI-CCXXXVI-753El Derecho. Revista de Doctrina y Jurisprudencia, edición especial XXX Jornadas Nacionales de Derecho Civil: a 10 años de vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación. 1º de septiembre de 2025 - Nº 16.037reponame:Repositorio Institucional (UCA)instname:Pontificia Universidad Católica Argentinaspainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/2025-11-13T10:18:56Zoai:ucacris:123456789/20423instacron:UCAInstitucionalhttps://repositorio.uca.edu.ar/Universidad privadaNo correspondehttps://repositorio.uca.edu.ar/oaiclaudia_fernandez@uca.edu.arArgentinaNo correspondeNo correspondeNo correspondeopendoar:25852025-11-13 10:18:56.773Repositorio Institucional (UCA) - Pontificia Universidad Católica Argentinafalse
dc.title.none.fl_str_mv Resignificación de la teoría general del acto voluntario. Configuración de los vicios de la voluntad a la luz de las nuevas tecnologías
title Resignificación de la teoría general del acto voluntario. Configuración de los vicios de la voluntad a la luz de las nuevas tecnologías
spellingShingle Resignificación de la teoría general del acto voluntario. Configuración de los vicios de la voluntad a la luz de las nuevas tecnologías
Chiapero, Silvana María
AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD
ACTO VOLUNTARIO
VICIOS DE LOS ACTOS JURIDICOS
NUEVAS TECNOLOGIAS
title_short Resignificación de la teoría general del acto voluntario. Configuración de los vicios de la voluntad a la luz de las nuevas tecnologías
title_full Resignificación de la teoría general del acto voluntario. Configuración de los vicios de la voluntad a la luz de las nuevas tecnologías
title_fullStr Resignificación de la teoría general del acto voluntario. Configuración de los vicios de la voluntad a la luz de las nuevas tecnologías
title_full_unstemmed Resignificación de la teoría general del acto voluntario. Configuración de los vicios de la voluntad a la luz de las nuevas tecnologías
title_sort Resignificación de la teoría general del acto voluntario. Configuración de los vicios de la voluntad a la luz de las nuevas tecnologías
dc.creator.none.fl_str_mv Chiapero, Silvana María
Plovanich, María Cristina
author Chiapero, Silvana María
author_facet Chiapero, Silvana María
Plovanich, María Cristina
author_role author
author2 Plovanich, María Cristina
author2_role author
dc.subject.none.fl_str_mv AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD
ACTO VOLUNTARIO
VICIOS DE LOS ACTOS JURIDICOS
NUEVAS TECNOLOGIAS
topic AUTONOMIA DE LA VOLUNTAD
ACTO VOLUNTARIO
VICIOS DE LOS ACTOS JURIDICOS
NUEVAS TECNOLOGIAS
dc.description.none.fl_txt_mv Fil: Chiapero, Silvana María. Universidad Nacional de Córdoba; Argentina
Fil: Plovanich, María Cristina. Universidad Nacional de Córdoba; Argentina
El principio de la autonomía de la voluntad es uno de los pilares sobre los que se edificó el monumento de la codificación. Su fundamento constitucional reposa en el art. 19 Constitución Nacional –en adelante, CN– y su protección se consagra en el art. 17 CN. El efecto inmediato del reconocimiento de la autonomía de la voluntad se traduce en la fuerza obligatoria de los actos celebrados libremente por los particulares. De ello se desprende que la libertad contractual reconoce ciertas limitaciones, causadas en la ley, el orden público, la moral y las buenas costumbres (por ejemplo, limitaciones provenientes de la ley: las empresas prestadoras de servicios públicos deben prestarlo a toda persona que lo solicite, los seguros obligatorios de automotores, el seguro de vida para los empleados públicos, entre otros). Allí es donde adquiere relevancia la noción de orden público económico (por ejemplo, las reglas sobre comercio exterior, sobre la competencia, etc.), orden público social (normas protectorias del derecho laboral), también llamado orden público de dirección (la revisión de contratos por circunstancias sobrevinientes). Esta noción de orden público es el instrumento del que se vale el ordenamiento para garantizar, mediante la limitación de la autonomía de la voluntad, la vigencia irrestricta de los intereses generales de la sociedad de modo que prevalezcan sobre los intereses particulares. Por ello se ha definido la autonomía de la voluntad como la actividad o potestad de autorregulación de intereses y relaciones propias, desplegadas por el mismo titular de ellas, por lo que podría considerarse que su expresión jurídica sirve como concepto aglutinante de la dignidad humana, la razón, la libertad, y refleja una convicción filosófica a favor de la organización jurídico-política que jerarquice como un fin en sí mismo a las personas, por oposición a la jerarquización superior de grupos o colectivos.
description Fil: Chiapero, Silvana María. Universidad Nacional de Córdoba; Argentina
publishDate 2025
dc.date.none.fl_str_mv 2025
dc.type.none.fl_str_mv info:eu-repo/semantics/article
info:eu-repo/semantics/publishedVersion
http://purl.org/coar/resource_type/c_6501
info:ar-repo/semantics/articulo
format article
status_str publishedVersion
dc.identifier.none.fl_str_mv https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/20423
1666-8987
ED-VI-CCXXXVI-753
url https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/20423
identifier_str_mv 1666-8987
ED-VI-CCXXXVI-753
dc.language.none.fl_str_mv spa
language spa
dc.rights.none.fl_str_mv info:eu-repo/semantics/openAccess
https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
eu_rights_str_mv openAccess
rights_invalid_str_mv https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
dc.format.none.fl_str_mv application/pdf
dc.publisher.none.fl_str_mv El Derecho
publisher.none.fl_str_mv El Derecho
dc.source.none.fl_str_mv El Derecho. Revista de Doctrina y Jurisprudencia, edición especial XXX Jornadas Nacionales de Derecho Civil: a 10 años de vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación. 1º de septiembre de 2025 - Nº 16.037
reponame:Repositorio Institucional (UCA)
instname:Pontificia Universidad Católica Argentina
reponame_str Repositorio Institucional (UCA)
collection Repositorio Institucional (UCA)
instname_str Pontificia Universidad Católica Argentina
repository.name.fl_str_mv Repositorio Institucional (UCA) - Pontificia Universidad Católica Argentina
repository.mail.fl_str_mv claudia_fernandez@uca.edu.ar
_version_ 1848683876263657472
score 13.25334