Medios de solución de controversias en el derecho internacional contemporáneo
- Autores
- Rey Caro, Ernesto J,; Pagliari, Arturo Santiago; Salas, Graciela R.; Drnas de Clément, Zlata; Sommer, Christian G.; Rodríguez de Taborda, María Cristina; Galván, Susana B.; Sartori, Marta Susana; Pintore, Eduardo José; García Montaño, Diego; García Elorrio, Magdalena
- Año de publicación
- 2012
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- libro
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- Fil: Rey Caro, Ernesto J. Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba; Argentina.
Fil: Pagliari, Arturo Santiago. Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba; Argentina.
Fil: Salas, Graciela R. Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba; Argentina.
Fil: Drnas de Clément, Zlata. Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba; Argentina.
Fil: Sommer, Christian G. Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba; Argentina.
Fil: Rodríguez de Taborda, María Cristina. Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba; Argentina.
Fil: Sartori, Marta Susana. Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba; Argentina.
Fil: Pintore, Eduardo José. Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba; Argentina.
Fil: García Montaño, Diego. Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba; Argentina.
Fil: García Elorrio, Magdalena. Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba; Argentina.
Es más que conocido el hecho de que en la comunidad internacional, desde tiempos remotos, se produjeron discrepancias o conflictos entre sus integrantes que cuando no pudieron ser zanjados en forma amistosa condujeron a las guerras, con la consiguiente pérdida de vidas y bienes. La lucha armada constituyó un medio extremo pero usual al que recurrieron los gobernantes en todas las épocas, aunque las consecuencias y deshumanización llegaron al paroxismo en el siglo pasado, protagonista de las dos grandes guerras mundiales. No obstante, no todos los conflictos desembocaron en enfrentamientos bélicos y los medios de solución pacífica surgieron coetáneamente con el desarrollo y evolución de las relaciones interestatales. Las negociaciones directas, la mediación y el arbitraje -v.gr.- fueron mecanismos que se hicieron frecuentes en la Edad Media, y comenzaron a incorporarse con asiduidad en muchos tratados internacionales a partir del siglo XVIII. Aunque la idea de crear tribunales internacionales a los cuales se pudiera recurrir para resolver los conflictos o controversias internacionales fue esbozada ya por la doctrina en aquella etapa histórica, es recién en el siglo XX cuando se materializan muchos proyectos -como la constitución de la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya, La Corte Permanente de Justicia Internacional y la actual Corte Internacional de Justicia-, y se multiplican los órganos judiciales otorgándose un ius standi no sólo a los Estados sino también a otros entes internacionales e, incluso, al individuo. Cabe recordar entre los precedentes un aporte continental, la Corte Centroamericana de Justicia, creada en 1908, a la que tuvieron acceso los Estados y los particulares. La multiplicación de tribunales internacionales de alcance regional o con competencias especializadas constituye uno de los acontecimientos más relevantes del siglo pasado y los pronunciamientos de tales tribunales han tenido una influencia inapreciable en la evolución del Derecho Internacional.
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Fil: Rey Caro, Ernesto J. Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba; Argentina.
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-
DERECHO INTERNACIONAL
CONFLICTOS INTERNACIONALES
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
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- Institución
- Universidad Nacional de Córdoba
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No obstante, no todos los conflictos desembocaron en enfrentamientos bélicos y los medios de solución pacífica surgieron coetáneamente con el desarrollo y evolución de las relaciones interestatales. Las negociaciones directas, la mediación y el arbitraje -v.gr.- fueron mecanismos que se hicieron frecuentes en la Edad Media, y comenzaron a incorporarse con asiduidad en muchos tratados internacionales a partir del siglo XVIII. Aunque la idea de crear tribunales internacionales a los cuales se pudiera recurrir para resolver los conflictos o controversias internacionales fue esbozada ya por la doctrina en aquella etapa histórica, es recién en el siglo XX cuando se materializan muchos proyectos -como la constitución de la Corte Permanente de Arbitraje de La Haya, La Corte Permanente de Justicia Internacional y la actual Corte Internacional de Justicia-, y se multiplican los órganos judiciales otorgándose un ius standi no sólo a los Estados sino también a otros entes internacionales e, incluso, al individuo. Cabe recordar entre los precedentes un aporte continental, la Corte Centroamericana de Justicia, creada en 1908, a la que tuvieron acceso los Estados y los particulares. 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