Reformulación del régimen de los intereses a partir de los principios y funciones de la responsabilidad civil en el CCC
- Autores
- Azar, Aldo Marcelo
- Año de publicación
- 2017
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- documento de conferencia
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- Fil: Azar, Aldo Marcelo. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.
La derogación de complejos normativos como el Código Civil y el Código de Comercio y su subrogación por el Código Civil y Comercial de la Nación (en adelante CCC) importan la formulación de un nuevo contexto normativo estructurado por la lógica interna de sus reglas,principios, valores y funciones. La interpretación y la aplicación de las normas insertas en un nuevo Código, ley o complejo normativo subrogante, sea cual sea la índole de sus disposiciones, imponen el razonamiento y construcción de todas sus figuras, instituciones, normas generales o particulares, -de modo coherente con todo el ordenamiento- conforme al art. 2 CCC. Esto exige la interrelación,concordancia y adecuación con los presupuestos lógicos, axiológicos y jurídicos del nuevo cuerpo legal el cual constituye el contexto normativo, lingüístico e ideológico a partir del cual se definen y reformulan los diversos regímenes consagrados.Por ello el régimen de intereses previsto en los arts. 767 a 771 CCC no cabe ser analizado de modo autónomo, ni acotado al marco más general de las obligaciones de dar sumas de dinero,sino que integra y forma parte de todo el nuevo contexto normativo del CCC. En este aspecto la regulación del derecho de las obligaciones y de responsabilidad civil adquieren especial relevancia.De allí que se postula reinterpretar algunas definiciones, condiciones y consecuencias jurídicas del régimen de los intereses a partir del impacto que sobre ellos adquieren los principios y las funciones de la responsabilidad civil sistematizados en el CCC. Esto se impone por cuanto la responsabilidad civil es tenida como una de las fuentes de las obligaciones y porque el incumplimiento de una obligación dineraria genera la responsabilidad civil del deudor, de modo tal que el denominado derecho de daños aparece como el punto de referencia inicial o final del régimen de los intereses.La proposición consiste en integrar la normativa de los intereses al marco conceptual, lógico y valorativo de todo el sistema de la responsabilidad civil y de allí revisar las soluciones jurídicas precedentes a la sanción del nuevo Código y algunas de las reglas insertas en este último.
http://jornadasderechocivil.jursoc.unlp.edu.ar/wp-content/uploads/sites/10/2017/08/Azar-Aldo-Marcelo.pdf
Fil: Azar, Aldo Marcelo. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.
Otras Derecho - Materia
-
Principio
Interés
Responsabilidad
Metodología - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
- Repositorio
- Institución
- Universidad Nacional de Córdoba
- OAI Identificador
- oai:rdu.unc.edu.ar:11086/557771
Ver los metadatos del registro completo
id |
RDUUNC_1c1aa5b02dd07c5551b73d7b4d9707ac |
---|---|
oai_identifier_str |
oai:rdu.unc.edu.ar:11086/557771 |
network_acronym_str |
RDUUNC |
repository_id_str |
2572 |
network_name_str |
Repositorio Digital Universitario (UNC) |
spelling |
Reformulación del régimen de los intereses a partir de los principios y funciones de la responsabilidad civil en el CCCAzar, Aldo MarceloPrincipioInterés ResponsabilidadMetodologíaFil: Azar, Aldo Marcelo. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.La derogación de complejos normativos como el Código Civil y el Código de Comercio y su subrogación por el Código Civil y Comercial de la Nación (en adelante CCC) importan la formulación de un nuevo contexto normativo estructurado por la lógica interna de sus reglas,principios, valores y funciones. La interpretación y la aplicación de las normas insertas en un nuevo Código, ley o complejo normativo subrogante, sea cual sea la índole de sus disposiciones, imponen el razonamiento y construcción de todas sus figuras, instituciones, normas generales o particulares, -de modo coherente con todo el ordenamiento- conforme al art. 2 CCC. Esto exige la interrelación,concordancia y adecuación con los presupuestos lógicos, axiológicos y jurídicos del nuevo cuerpo legal el cual constituye el contexto normativo, lingüístico e ideológico a partir del cual se definen y reformulan los diversos regímenes consagrados.Por ello el régimen de intereses previsto en los arts. 767 a 771 CCC no cabe ser analizado de modo autónomo, ni acotado al marco más general de las obligaciones de dar sumas de dinero,sino que integra y forma parte de todo el nuevo contexto normativo del CCC. En este aspecto la regulación del derecho de las obligaciones y de responsabilidad civil adquieren especial relevancia.De allí que se postula reinterpretar algunas definiciones, condiciones y consecuencias jurídicas del régimen de los intereses a partir del impacto que sobre ellos adquieren los principios y las funciones de la responsabilidad civil sistematizados en el CCC. Esto se impone por cuanto la responsabilidad civil es tenida como una de las fuentes de las obligaciones y porque el incumplimiento de una obligación dineraria genera la responsabilidad civil del deudor, de modo tal que el denominado derecho de daños aparece como el punto de referencia inicial o final del régimen de los intereses.La proposición consiste en integrar la normativa de los intereses al marco conceptual, lógico y valorativo de todo el sistema de la responsabilidad civil y de allí revisar las soluciones jurídicas precedentes a la sanción del nuevo Código y algunas de las reglas insertas en este último.http://jornadasderechocivil.jursoc.unlp.edu.ar/wp-content/uploads/sites/10/2017/08/Azar-Aldo-Marcelo.pdfFil: Azar, Aldo Marcelo. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Otras Derecho2017info:eu-repo/semantics/conferenceObjectinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_5794info:ar-repo/semantics/documentoDeConferenciaapplication/pdfhttp://hdl.handle.net/11086/557771spainfo:eu-repo/semantics/openAccessreponame:Repositorio Digital Universitario (UNC)instname:Universidad Nacional de Córdobainstacron:UNC2025-09-29T13:41:35Zoai:rdu.unc.edu.ar:11086/557771Institucionalhttps://rdu.unc.edu.ar/Universidad públicaNo correspondehttp://rdu.unc.edu.ar/oai/snrdoca.unc@gmail.comArgentinaNo correspondeNo correspondeNo correspondeopendoar:25722025-09-29 13:41:36.189Repositorio Digital Universitario (UNC) - Universidad Nacional de Córdobafalse |
dc.title.none.fl_str_mv |
Reformulación del régimen de los intereses a partir de los principios y funciones de la responsabilidad civil en el CCC |
title |
Reformulación del régimen de los intereses a partir de los principios y funciones de la responsabilidad civil en el CCC |
spellingShingle |
Reformulación del régimen de los intereses a partir de los principios y funciones de la responsabilidad civil en el CCC Azar, Aldo Marcelo Principio Interés Responsabilidad Metodología |
title_short |
Reformulación del régimen de los intereses a partir de los principios y funciones de la responsabilidad civil en el CCC |
title_full |
Reformulación del régimen de los intereses a partir de los principios y funciones de la responsabilidad civil en el CCC |
title_fullStr |
Reformulación del régimen de los intereses a partir de los principios y funciones de la responsabilidad civil en el CCC |
title_full_unstemmed |
Reformulación del régimen de los intereses a partir de los principios y funciones de la responsabilidad civil en el CCC |
title_sort |
Reformulación del régimen de los intereses a partir de los principios y funciones de la responsabilidad civil en el CCC |
dc.creator.none.fl_str_mv |
Azar, Aldo Marcelo |
author |
Azar, Aldo Marcelo |
author_facet |
Azar, Aldo Marcelo |
author_role |
author |
dc.subject.none.fl_str_mv |
Principio Interés Responsabilidad Metodología |
topic |
Principio Interés Responsabilidad Metodología |
dc.description.none.fl_txt_mv |
Fil: Azar, Aldo Marcelo. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina. La derogación de complejos normativos como el Código Civil y el Código de Comercio y su subrogación por el Código Civil y Comercial de la Nación (en adelante CCC) importan la formulación de un nuevo contexto normativo estructurado por la lógica interna de sus reglas,principios, valores y funciones. La interpretación y la aplicación de las normas insertas en un nuevo Código, ley o complejo normativo subrogante, sea cual sea la índole de sus disposiciones, imponen el razonamiento y construcción de todas sus figuras, instituciones, normas generales o particulares, -de modo coherente con todo el ordenamiento- conforme al art. 2 CCC. Esto exige la interrelación,concordancia y adecuación con los presupuestos lógicos, axiológicos y jurídicos del nuevo cuerpo legal el cual constituye el contexto normativo, lingüístico e ideológico a partir del cual se definen y reformulan los diversos regímenes consagrados.Por ello el régimen de intereses previsto en los arts. 767 a 771 CCC no cabe ser analizado de modo autónomo, ni acotado al marco más general de las obligaciones de dar sumas de dinero,sino que integra y forma parte de todo el nuevo contexto normativo del CCC. En este aspecto la regulación del derecho de las obligaciones y de responsabilidad civil adquieren especial relevancia.De allí que se postula reinterpretar algunas definiciones, condiciones y consecuencias jurídicas del régimen de los intereses a partir del impacto que sobre ellos adquieren los principios y las funciones de la responsabilidad civil sistematizados en el CCC. Esto se impone por cuanto la responsabilidad civil es tenida como una de las fuentes de las obligaciones y porque el incumplimiento de una obligación dineraria genera la responsabilidad civil del deudor, de modo tal que el denominado derecho de daños aparece como el punto de referencia inicial o final del régimen de los intereses.La proposición consiste en integrar la normativa de los intereses al marco conceptual, lógico y valorativo de todo el sistema de la responsabilidad civil y de allí revisar las soluciones jurídicas precedentes a la sanción del nuevo Código y algunas de las reglas insertas en este último. http://jornadasderechocivil.jursoc.unlp.edu.ar/wp-content/uploads/sites/10/2017/08/Azar-Aldo-Marcelo.pdf Fil: Azar, Aldo Marcelo. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina. Otras Derecho |
description |
Fil: Azar, Aldo Marcelo. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina. |
publishDate |
2017 |
dc.date.none.fl_str_mv |
2017 |
dc.type.none.fl_str_mv |
info:eu-repo/semantics/conferenceObject info:eu-repo/semantics/publishedVersion http://purl.org/coar/resource_type/c_5794 info:ar-repo/semantics/documentoDeConferencia |
format |
conferenceObject |
status_str |
publishedVersion |
dc.identifier.none.fl_str_mv |
http://hdl.handle.net/11086/557771 |
url |
http://hdl.handle.net/11086/557771 |
dc.language.none.fl_str_mv |
spa |
language |
spa |
dc.rights.none.fl_str_mv |
info:eu-repo/semantics/openAccess |
eu_rights_str_mv |
openAccess |
dc.format.none.fl_str_mv |
application/pdf |
dc.source.none.fl_str_mv |
reponame:Repositorio Digital Universitario (UNC) instname:Universidad Nacional de Córdoba instacron:UNC |
reponame_str |
Repositorio Digital Universitario (UNC) |
collection |
Repositorio Digital Universitario (UNC) |
instname_str |
Universidad Nacional de Córdoba |
instacron_str |
UNC |
institution |
UNC |
repository.name.fl_str_mv |
Repositorio Digital Universitario (UNC) - Universidad Nacional de Córdoba |
repository.mail.fl_str_mv |
oca.unc@gmail.com |
_version_ |
1844618905773932544 |
score |
13.070432 |