Renegociación de los acuerdos confirmados
- Autores
- Instituto Iberoamericano de Derecho Concursal
- Año de publicación
- 2020
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- artículo
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- Fundamentos para legislar sobre la renegociación del acuerdo: conservación de las empresas; el derecho de los acreedores; los derechos del deudor; prohibición a nuevo concurso. Temas y Consideraciones: posibilidad de nuevo concurso o acuerdo privado; a que deudores les serán aplicables estas previsiones; disposiciones de las leyes concursales que impidan al deudor volver a intentar una nueva solución concursal, hasta pasado un lapso de tiempo desde la fecha de cumplimiento del convenio o acuerdo anterior; posibilidad de renegociar un acuerdo que ha sido homologado o confirmado en etapa de cumplimiento. Acreditación de la viabilidad de la actividad. Considerar si la apertura de la renegociación debería tener efectos suspensivos respecto de la agresión al patrimonio, en su caso, cuales, límites, paraguas, blindajes, financiamiento y demás. En la renegociación, como deben considerarse los créditos de los acreedores anteriores o sea los del concurso, actualizados, traerlos a valor presente. Que tratamiento darles a los créditos de los acreedores posconcursales, en caso de que la de renegociación incluya ambas clases de créditos. Cuál sería la situación de los garantes del deudor (fiadores, codeudores, etc.), sean garantes anteriores a la presentación en concurso y/o garantes del acuerdo. Incluir en las disposiciones legales la creación y actuación de órganos del control y auditoria de cumplimiento del acuerdo renegociado.
Fil: Instituto Iberoamericano de Derecho Concursal; México.
El Instituto Iberoamericano de Derecho Concursal, a través de sus autoridades, ha decidido generar un documento para ser difundido en la comunidad académica, en el cual se ponga de manifiesto las posibilidades que ofrece el derecho concursal para atender los conflictos de insolvencia que se han generado a partir de la emergencia sanitaria, producida por el virus COVID 19. Esta crisis, en su aspecto económico-financiero, puede impactar sobre sujetos concursados, que, habiendo logrado la confirmación de un acuerdo alcanzado con sus acreedores, se encuentren en la etapa de cumplimiento. La crisis podrá afectar a estos deudores de modo tal que sobrevenga la imposibilidad de cumplir los compromisos asumidos en el acuerdo, pero más aún, también podrían encontrarse en serias dificultades para cumplir las obligaciones del giro ordinario, o sea, obligaciones posconcursales.
publishedVersion
Fil: Instituto Iberoamericano de Derecho Concursal; México. - Materia
-
Coronavirus
COVID-19
SARS-CoV-2
Pandemia
Aislamiento social
Cuarentena
Derecho concursal
Conflictos de insolvencia
Crisis económica
Sujetos concursados
Incumplimiento de compromisos
Deudores
Acreedores
Obligaciones del giro ordinario
Obligaciones posconcursales - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
- Repositorio
- Institución
- Universidad Nacional de Córdoba
- OAI Identificador
- oai:rdu.unc.edu.ar:11086/15711
Ver los metadatos del registro completo
id |
RDUUNC_0e2830cd998842e6c1f022c5b290363b |
---|---|
oai_identifier_str |
oai:rdu.unc.edu.ar:11086/15711 |
network_acronym_str |
RDUUNC |
repository_id_str |
2572 |
network_name_str |
Repositorio Digital Universitario (UNC) |
spelling |
Renegociación de los acuerdos confirmadosInstituto Iberoamericano de Derecho ConcursalCoronavirusCOVID-19SARS-CoV-2PandemiaAislamiento socialCuarentenaDerecho concursalConflictos de insolvenciaCrisis económicaSujetos concursadosIncumplimiento de compromisosDeudoresAcreedoresObligaciones del giro ordinarioObligaciones posconcursalesFundamentos para legislar sobre la renegociación del acuerdo: conservación de las empresas; el derecho de los acreedores; los derechos del deudor; prohibición a nuevo concurso. Temas y Consideraciones: posibilidad de nuevo concurso o acuerdo privado; a que deudores les serán aplicables estas previsiones; disposiciones de las leyes concursales que impidan al deudor volver a intentar una nueva solución concursal, hasta pasado un lapso de tiempo desde la fecha de cumplimiento del convenio o acuerdo anterior; posibilidad de renegociar un acuerdo que ha sido homologado o confirmado en etapa de cumplimiento. Acreditación de la viabilidad de la actividad. Considerar si la apertura de la renegociación debería tener efectos suspensivos respecto de la agresión al patrimonio, en su caso, cuales, límites, paraguas, blindajes, financiamiento y demás. En la renegociación, como deben considerarse los créditos de los acreedores anteriores o sea los del concurso, actualizados, traerlos a valor presente. Que tratamiento darles a los créditos de los acreedores posconcursales, en caso de que la de renegociación incluya ambas clases de créditos. Cuál sería la situación de los garantes del deudor (fiadores, codeudores, etc.), sean garantes anteriores a la presentación en concurso y/o garantes del acuerdo. Incluir en las disposiciones legales la creación y actuación de órganos del control y auditoria de cumplimiento del acuerdo renegociado.Fil: Instituto Iberoamericano de Derecho Concursal; México.El Instituto Iberoamericano de Derecho Concursal, a través de sus autoridades, ha decidido generar un documento para ser difundido en la comunidad académica, en el cual se ponga de manifiesto las posibilidades que ofrece el derecho concursal para atender los conflictos de insolvencia que se han generado a partir de la emergencia sanitaria, producida por el virus COVID 19. Esta crisis, en su aspecto económico-financiero, puede impactar sobre sujetos concursados, que, habiendo logrado la confirmación de un acuerdo alcanzado con sus acreedores, se encuentren en la etapa de cumplimiento. La crisis podrá afectar a estos deudores de modo tal que sobrevenga la imposibilidad de cumplir los compromisos asumidos en el acuerdo, pero más aún, también podrían encontrarse en serias dificultades para cumplir las obligaciones del giro ordinario, o sea, obligaciones posconcursales.publishedVersionFil: Instituto Iberoamericano de Derecho Concursal; México.Universidad Nacional de Córdoba; Facultad de Derecho. Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba; Instituto de la Empresa. Escuela Comercialista de Córdoba.2020-07-22info:eu-repo/semantics/articleinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_6501info:ar-repo/semantics/articuloimage/pngapplication/pdf2346-9404http://hdl.handle.net/11086/15711https://revistas.unc.edu.ar/index.php/esdeem/article/view/29498spainfo:eu-repo/semantics/openAccessreponame:Repositorio Digital Universitario (UNC)instname:Universidad Nacional de Córdobainstacron:UNC2025-09-04T12:31:55Zoai:rdu.unc.edu.ar:11086/15711Institucionalhttps://rdu.unc.edu.ar/Universidad públicaNo correspondehttp://rdu.unc.edu.ar/oai/snrdoca.unc@gmail.comArgentinaNo correspondeNo correspondeNo correspondeopendoar:25722025-09-04 12:31:55.556Repositorio Digital Universitario (UNC) - Universidad Nacional de Córdobafalse |
dc.title.none.fl_str_mv |
Renegociación de los acuerdos confirmados |
title |
Renegociación de los acuerdos confirmados |
spellingShingle |
Renegociación de los acuerdos confirmados Instituto Iberoamericano de Derecho Concursal Coronavirus COVID-19 SARS-CoV-2 Pandemia Aislamiento social Cuarentena Derecho concursal Conflictos de insolvencia Crisis económica Sujetos concursados Incumplimiento de compromisos Deudores Acreedores Obligaciones del giro ordinario Obligaciones posconcursales |
title_short |
Renegociación de los acuerdos confirmados |
title_full |
Renegociación de los acuerdos confirmados |
title_fullStr |
Renegociación de los acuerdos confirmados |
title_full_unstemmed |
Renegociación de los acuerdos confirmados |
title_sort |
Renegociación de los acuerdos confirmados |
dc.creator.none.fl_str_mv |
Instituto Iberoamericano de Derecho Concursal |
author |
Instituto Iberoamericano de Derecho Concursal |
author_facet |
Instituto Iberoamericano de Derecho Concursal |
author_role |
author |
dc.subject.none.fl_str_mv |
Coronavirus COVID-19 SARS-CoV-2 Pandemia Aislamiento social Cuarentena Derecho concursal Conflictos de insolvencia Crisis económica Sujetos concursados Incumplimiento de compromisos Deudores Acreedores Obligaciones del giro ordinario Obligaciones posconcursales |
topic |
Coronavirus COVID-19 SARS-CoV-2 Pandemia Aislamiento social Cuarentena Derecho concursal Conflictos de insolvencia Crisis económica Sujetos concursados Incumplimiento de compromisos Deudores Acreedores Obligaciones del giro ordinario Obligaciones posconcursales |
dc.description.none.fl_txt_mv |
Fundamentos para legislar sobre la renegociación del acuerdo: conservación de las empresas; el derecho de los acreedores; los derechos del deudor; prohibición a nuevo concurso. Temas y Consideraciones: posibilidad de nuevo concurso o acuerdo privado; a que deudores les serán aplicables estas previsiones; disposiciones de las leyes concursales que impidan al deudor volver a intentar una nueva solución concursal, hasta pasado un lapso de tiempo desde la fecha de cumplimiento del convenio o acuerdo anterior; posibilidad de renegociar un acuerdo que ha sido homologado o confirmado en etapa de cumplimiento. Acreditación de la viabilidad de la actividad. Considerar si la apertura de la renegociación debería tener efectos suspensivos respecto de la agresión al patrimonio, en su caso, cuales, límites, paraguas, blindajes, financiamiento y demás. En la renegociación, como deben considerarse los créditos de los acreedores anteriores o sea los del concurso, actualizados, traerlos a valor presente. Que tratamiento darles a los créditos de los acreedores posconcursales, en caso de que la de renegociación incluya ambas clases de créditos. Cuál sería la situación de los garantes del deudor (fiadores, codeudores, etc.), sean garantes anteriores a la presentación en concurso y/o garantes del acuerdo. Incluir en las disposiciones legales la creación y actuación de órganos del control y auditoria de cumplimiento del acuerdo renegociado. Fil: Instituto Iberoamericano de Derecho Concursal; México. El Instituto Iberoamericano de Derecho Concursal, a través de sus autoridades, ha decidido generar un documento para ser difundido en la comunidad académica, en el cual se ponga de manifiesto las posibilidades que ofrece el derecho concursal para atender los conflictos de insolvencia que se han generado a partir de la emergencia sanitaria, producida por el virus COVID 19. Esta crisis, en su aspecto económico-financiero, puede impactar sobre sujetos concursados, que, habiendo logrado la confirmación de un acuerdo alcanzado con sus acreedores, se encuentren en la etapa de cumplimiento. La crisis podrá afectar a estos deudores de modo tal que sobrevenga la imposibilidad de cumplir los compromisos asumidos en el acuerdo, pero más aún, también podrían encontrarse en serias dificultades para cumplir las obligaciones del giro ordinario, o sea, obligaciones posconcursales. publishedVersion Fil: Instituto Iberoamericano de Derecho Concursal; México. |
description |
Fundamentos para legislar sobre la renegociación del acuerdo: conservación de las empresas; el derecho de los acreedores; los derechos del deudor; prohibición a nuevo concurso. Temas y Consideraciones: posibilidad de nuevo concurso o acuerdo privado; a que deudores les serán aplicables estas previsiones; disposiciones de las leyes concursales que impidan al deudor volver a intentar una nueva solución concursal, hasta pasado un lapso de tiempo desde la fecha de cumplimiento del convenio o acuerdo anterior; posibilidad de renegociar un acuerdo que ha sido homologado o confirmado en etapa de cumplimiento. Acreditación de la viabilidad de la actividad. Considerar si la apertura de la renegociación debería tener efectos suspensivos respecto de la agresión al patrimonio, en su caso, cuales, límites, paraguas, blindajes, financiamiento y demás. En la renegociación, como deben considerarse los créditos de los acreedores anteriores o sea los del concurso, actualizados, traerlos a valor presente. Que tratamiento darles a los créditos de los acreedores posconcursales, en caso de que la de renegociación incluya ambas clases de créditos. Cuál sería la situación de los garantes del deudor (fiadores, codeudores, etc.), sean garantes anteriores a la presentación en concurso y/o garantes del acuerdo. Incluir en las disposiciones legales la creación y actuación de órganos del control y auditoria de cumplimiento del acuerdo renegociado. |
publishDate |
2020 |
dc.date.none.fl_str_mv |
2020-07-22 |
dc.type.none.fl_str_mv |
info:eu-repo/semantics/article info:eu-repo/semantics/publishedVersion http://purl.org/coar/resource_type/c_6501 info:ar-repo/semantics/articulo |
format |
article |
status_str |
publishedVersion |
dc.identifier.none.fl_str_mv |
2346-9404 http://hdl.handle.net/11086/15711 https://revistas.unc.edu.ar/index.php/esdeem/article/view/29498 |
identifier_str_mv |
2346-9404 |
url |
http://hdl.handle.net/11086/15711 https://revistas.unc.edu.ar/index.php/esdeem/article/view/29498 |
dc.language.none.fl_str_mv |
spa |
language |
spa |
dc.rights.none.fl_str_mv |
info:eu-repo/semantics/openAccess |
eu_rights_str_mv |
openAccess |
dc.format.none.fl_str_mv |
image/png application/pdf |
dc.publisher.none.fl_str_mv |
Universidad Nacional de Córdoba; Facultad de Derecho. Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba; Instituto de la Empresa. Escuela Comercialista de Córdoba. |
publisher.none.fl_str_mv |
Universidad Nacional de Córdoba; Facultad de Derecho. Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba; Instituto de la Empresa. Escuela Comercialista de Córdoba. |
dc.source.none.fl_str_mv |
reponame:Repositorio Digital Universitario (UNC) instname:Universidad Nacional de Córdoba instacron:UNC |
reponame_str |
Repositorio Digital Universitario (UNC) |
collection |
Repositorio Digital Universitario (UNC) |
instname_str |
Universidad Nacional de Córdoba |
instacron_str |
UNC |
institution |
UNC |
repository.name.fl_str_mv |
Repositorio Digital Universitario (UNC) - Universidad Nacional de Córdoba |
repository.mail.fl_str_mv |
oca.unc@gmail.com |
_version_ |
1842349626209861632 |
score |
13.13397 |