Argentina y la regulación migratoria: ¿Criterios razonables o discriminación?
- Autores
- Seleme, Hugo Omar; Piñero, María Teresa
- Año de publicación
- 2022
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- parte de libro
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- Argentina, al igual que el resto de los países latinoamericanos, se encuentra atravesada por el tema migratorio desde sus orígenes. La migración fue percibida como una herramienta para poblar un territorio extenso y desarrollar una economía aletargada. Ya en el preámbulo de la Constitución de 1853 se señala que la organización institucional del Estado que se está gestando tiene por objeto “[…] promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino […]”. No obstante, aunque el preámbulo invitaba a todos los hombres del mundo, el articulado de la Constitución dejaba claro que un grupo específico de migrantes era preferido. El art. 25 estipulaba que “(e)l Gobierno federal fomentará la inmigración europea”. Junto con este criterio de selección racializado introducía otro de índole económica al señalar que el mismo gobierno, “[…] no podrá restringir, limitar ni gravar con impuesto alguno la entrada en el territorio argentino de los extranjeros que traigan por objeto labrar la tierra, mejorar las industrias, e introducir y enseñar las ciencias y las artes.”
Fil: Seleme, Hugo Omar. Universidad Nacional de Córdoba. Centro de Investigaciones Jurídicas y Sociales. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas. Centro Científico Tecnológico Conicet - Córdoba. Centro de Investigaciones Jurídicas y Sociales; Argentina
Fil: Piñero, María Teresa. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas; Argentina - Materia
-
SESGOS DE SELECCIÓN
LEGITIMIDAD POLÍTICA
BARRERAS FORMALES
BARRERAS INFORMALES - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
- https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/ar/
- Repositorio
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Argentina, al igual que el resto de los países latinoamericanos, se encuentra atravesada por el tema migratorio desde sus orígenes. La migración fue percibida como una herramienta para poblar un territorio extenso y desarrollar una economía aletargada. Ya en el preámbulo de la Constitución de 1853 se señala que la organización institucional del Estado que se está gestando tiene por objeto “[…] promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad, para nosotros, para nuestra posteridad, y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino […]”. No obstante, aunque el preámbulo invitaba a todos los hombres del mundo, el articulado de la Constitución dejaba claro que un grupo específico de migrantes era preferido. El art. 25 estipulaba que “(e)l Gobierno federal fomentará la inmigración europea”. Junto con este criterio de selección racializado introducía otro de índole económica al señalar que el mismo gobierno, “[…] no podrá restringir, limitar ni gravar con impuesto alguno la entrada en el territorio argentino de los extranjeros que traigan por objeto labrar la tierra, mejorar las industrias, e introducir y enseñar las ciencias y las artes.” |
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