Valoración de la regulación del pacto de anatocismo en el Código Civil y Comercial y en el régimen legal anterior instituido en 1991

Autores
Tale, Camilo
Año de publicación
2017
Idioma
español castellano
Tipo de recurso
documento de conferencia
Estado
versión publicada
Descripción
1 – Es adecuada la regulación del anatocismo en el CCyC, conforme a la cual a) los periodos de capitalización no pueden ser inferiores a seis meses (art. 770 inc. 1°) y b) en el caso de que la capitalización con la periodicidad permitida generase intereses excesivos el deudor tiene derecho a su reducción judicial (art. 771). 2 – La periodicidad mínima que requiere el art. 770 inc. 1° del Código Civil y Comercial para la capitalización de los intereses se funda en el crecimiento desmesurado de la deuda que la aplicación reiterada de intereses sobre la suma de capital e intereses puede producir (lo cual además sucede de modo sorpresivo respecto de la gran mayoría delos deudores), sobre todo si la tasa de interés es elevada (aunque no sea de suyo usuraria) y los periodos de capitalización son breves y numerosos.
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (JURSOC)
Materia
Derecho
anatocismo
capitalización de los intereses
Periodicidad
Nivel de accesibilidad
acceso abierto
Condiciones de uso
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
Repositorio
SEDICI (UNLP)
Institución
Universidad Nacional de La Plata
OAI Identificador
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