¿Por qué importa la interseccionalidaden el trabajo judicial?: anotacionesius feministas

Autores
Lerussi, Romina C.
Año de publicación
2021
Idioma
español castellano
Tipo de recurso
artículo
Estado
versión publicada
Descripción
En las primeras dos décadas de este nuevo siglo hemos visto un progresivo interés por parte de las instituciones judiciales latinoamericanas en introducir enfoques interseccionales de derechos humanos en el trabajo judicial. Este interés se sitúa en el marco de la elaboración de documentos jurídicos internacionales que se han transformado en requisitos normativos más o menos vinculantes según el lugar. Y, a su vez, este interés tiene sus fuentes en la teoría y praxis colectiva de movimientos feministas, disidentes y de derechos humanos y en la propia dinámica de incidencia en la acción legislativa y en el sistema judicial. Esto ha traído aparejado una serie de proble mas hermenéuticos de mayor o menor gravedad referidos a las categorías y a los enfoques de dichos instrumentos legales para pasar de la mera enunciación formal a transformarse en herramientas de trabajo e interpretación judicial. En el presente texto presento una serie de dilemas epistémicos que atraviesan a la categoría de interseccionalidad en el derecho como imposibilidad. Luego, repongo razones desde la teoría feminista del derecho para abrirla como posibilidad a partir de la categoría de experiencia interseccional en los términos de Crenshaw (1989). Finalmente, sitúo esta labor en el trabajo judicial en tres niveles para abonar a una justicia feminista interseccional, si es que esto fuera posible.
In the first two decades of this new century, we have seen a progressive interest in judicial institutions of Latin America about introducing intersectional approaches and readings of human rights in judicial work. This interest is situated within the framework of the elaboration of international legal documents that have been transformed into binding normative requirements depending on the place. And, in turn, this interest has its sources in the collective action and theory of feminist, dissident and human rights movements and in the dynamics of incidence in legislative action and in the judicial system. This has brought with it a series of hermeneutical problems of greater or lesser severity referring to the categories and approaches to go from the mere formal enunciation to becoming tools of judicial work and interpretation. In this text I present a series of epistemic dilemmas that cross the category of intersectionality in law as an impossibility. Then, I argue from feminist theory of law to open it as a possibility based on the category of intersectional experience of Crenshaw (1989). Finally, I propose three levels of praxis in judicial work that contribute to an intersectional feminist justice if this would be possible.
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Materia
Ciencias Jurídicas
Interseccionalidad
Trabajo judicial
Feminismos
Intersectionality
Judicial work
Feminism
Nivel de accesibilidad
acceso abierto
Condiciones de uso
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
Repositorio
SEDICI (UNLP)
Institución
Universidad Nacional de La Plata
OAI Identificador
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In the first two decades of this new century, we have seen a progressive interest in judicial institutions of Latin America about introducing intersectional approaches and readings of human rights in judicial work. This interest is situated within the framework of the elaboration of international legal documents that have been transformed into binding normative requirements depending on the place. And, in turn, this interest has its sources in the collective action and theory of feminist, dissident and human rights movements and in the dynamics of incidence in legislative action and in the judicial system. This has brought with it a series of hermeneutical problems of greater or lesser severity referring to the categories and approaches to go from the mere formal enunciation to becoming tools of judicial work and interpretation. In this text I present a series of epistemic dilemmas that cross the category of intersectionality in law as an impossibility. Then, I argue from feminist theory of law to open it as a possibility based on the category of intersectional experience of Crenshaw (1989). Finally, I propose three levels of praxis in judicial work that contribute to an intersectional feminist justice if this would be possible.
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