Estudio: la mediación penal : Comentario del articulo 6 de la ley N° 93-2 del 4 de enero de 1993 sobre la reforma del procedimiento penal

Autores
Blanc, Gérard
Año de publicación
2001
Idioma
español castellano
Tipo de recurso
artículo
Estado
versión publicada
Descripción
A pesar de los deseos expresados en numerosos textos, hasta la sanción de la ley N° 93-2 del 4 de enero de 1993 no existió un verdadero marco jurídico para el ejercicio de la mediación penal. Sin embargo, algunas prácticas se llevaron a cabo por iniciativa de la policía, del Ministerio Público, del juez de instrucción, incluso hasta de una jurisdicción de sentencia. Cumplen esta tarea, en el campo social, los inspectores de trabajo y en las sociedades comerciales, los auditores. El mérito de la reciente ley es haber previsto en el artículo 6 la posibilidad de una mediación penal, agregando un párrafo al artículo 41 del Código de Procedimiento Penal. La mediación penal consagrada de esta forma se puso en práctica antes de que entre en vigencia la ley, en más de 70 tribunales en estrecha relación con los Colegios de Abogados, las comunidades locales y las asociaciones de ayuda a la víctima. A pesar de que el artículo 6 de la ley del 4 de enero de 1993 responde a varias de las preguntas que se hacían los procuradores, son muchas las que quedaron sin respuesta. El artículo 41, último párrafo, del Código de Procedimiento Penal, resultante de la ley del 4 de enero de 1993, permite al Procurador de la República recurrir a la mediación cuando se encuentran reunidas las circunstancias enumeradas en la ley (I). Pero una vez decidida la mediación debe poder cumplirse ya que el nuevo texto presenta más interrogantes que respuestas
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Materia
Ciencias Jurídicas
Mediación penal
Leyes
Nivel de accesibilidad
acceso abierto
Condiciones de uso
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
Repositorio
SEDICI (UNLP)
Institución
Universidad Nacional de La Plata
OAI Identificador
oai:sedici.unlp.edu.ar:10915/154015

id SEDICI_d47a499fae2aefc976d740065884061e
oai_identifier_str oai:sedici.unlp.edu.ar:10915/154015
network_acronym_str SEDICI
repository_id_str 1329
network_name_str SEDICI (UNLP)
spelling Estudio: la mediación penal : Comentario del articulo 6 de la ley N° 93-2 del 4 de enero de 1993 sobre la reforma del procedimiento penalBlanc, GérardCiencias JurídicasMediación penalLeyesA pesar de los deseos expresados en numerosos textos, hasta la sanción de la ley N° 93-2 del 4 de enero de 1993 no existió un verdadero marco jurídico para el ejercicio de la mediación penal. Sin embargo, algunas prácticas se llevaron a cabo por iniciativa de la policía, del Ministerio Público, del juez de instrucción, incluso hasta de una jurisdicción de sentencia. Cumplen esta tarea, en el campo social, los inspectores de trabajo y en las sociedades comerciales, los auditores. El mérito de la reciente ley es haber previsto en el artículo 6 la posibilidad de una mediación penal, agregando un párrafo al artículo 41 del Código de Procedimiento Penal. La mediación penal consagrada de esta forma se puso en práctica antes de que entre en vigencia la ley, en más de 70 tribunales en estrecha relación con los Colegios de Abogados, las comunidades locales y las asociaciones de ayuda a la víctima. A pesar de que el artículo 6 de la ley del 4 de enero de 1993 responde a varias de las preguntas que se hacían los procuradores, son muchas las que quedaron sin respuesta. El artículo 41, último párrafo, del Código de Procedimiento Penal, resultante de la ley del 4 de enero de 1993, permite al Procurador de la República recurrir a la mediación cuando se encuentran reunidas las circunstancias enumeradas en la ley (I). Pero una vez decidida la mediación debe poder cumplirse ya que el nuevo texto presenta más interrogantes que respuestasFacultad de Ciencias Jurídicas y SocialesNaciff, Silvia Susana2001info:eu-repo/semantics/articleinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionArticulohttp://purl.org/coar/resource_type/c_6501info:ar-repo/semantics/articuloapplication/pdfhttp://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/154015spainfo:eu-repo/semantics/altIdentifier/issn/1666-5457info:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/Creative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International (CC BY-NC-SA 4.0)reponame:SEDICI (UNLP)instname:Universidad Nacional de La Platainstacron:UNLP2025-10-22T17:20:47Zoai:sedici.unlp.edu.ar:10915/154015Institucionalhttp://sedici.unlp.edu.ar/Universidad públicaNo correspondehttp://sedici.unlp.edu.ar/oai/snrdalira@sedici.unlp.edu.arArgentinaNo correspondeNo correspondeNo correspondeopendoar:13292025-10-22 17:20:47.833SEDICI (UNLP) - Universidad Nacional de La Platafalse
dc.title.none.fl_str_mv Estudio: la mediación penal : Comentario del articulo 6 de la ley N° 93-2 del 4 de enero de 1993 sobre la reforma del procedimiento penal
title Estudio: la mediación penal : Comentario del articulo 6 de la ley N° 93-2 del 4 de enero de 1993 sobre la reforma del procedimiento penal
spellingShingle Estudio: la mediación penal : Comentario del articulo 6 de la ley N° 93-2 del 4 de enero de 1993 sobre la reforma del procedimiento penal
Blanc, Gérard
Ciencias Jurídicas
Mediación penal
Leyes
title_short Estudio: la mediación penal : Comentario del articulo 6 de la ley N° 93-2 del 4 de enero de 1993 sobre la reforma del procedimiento penal
title_full Estudio: la mediación penal : Comentario del articulo 6 de la ley N° 93-2 del 4 de enero de 1993 sobre la reforma del procedimiento penal
title_fullStr Estudio: la mediación penal : Comentario del articulo 6 de la ley N° 93-2 del 4 de enero de 1993 sobre la reforma del procedimiento penal
title_full_unstemmed Estudio: la mediación penal : Comentario del articulo 6 de la ley N° 93-2 del 4 de enero de 1993 sobre la reforma del procedimiento penal
title_sort Estudio: la mediación penal : Comentario del articulo 6 de la ley N° 93-2 del 4 de enero de 1993 sobre la reforma del procedimiento penal
dc.creator.none.fl_str_mv Blanc, Gérard
author Blanc, Gérard
author_facet Blanc, Gérard
author_role author
dc.contributor.none.fl_str_mv Naciff, Silvia Susana
dc.subject.none.fl_str_mv Ciencias Jurídicas
Mediación penal
Leyes
topic Ciencias Jurídicas
Mediación penal
Leyes
dc.description.none.fl_txt_mv A pesar de los deseos expresados en numerosos textos, hasta la sanción de la ley N° 93-2 del 4 de enero de 1993 no existió un verdadero marco jurídico para el ejercicio de la mediación penal. Sin embargo, algunas prácticas se llevaron a cabo por iniciativa de la policía, del Ministerio Público, del juez de instrucción, incluso hasta de una jurisdicción de sentencia. Cumplen esta tarea, en el campo social, los inspectores de trabajo y en las sociedades comerciales, los auditores. El mérito de la reciente ley es haber previsto en el artículo 6 la posibilidad de una mediación penal, agregando un párrafo al artículo 41 del Código de Procedimiento Penal. La mediación penal consagrada de esta forma se puso en práctica antes de que entre en vigencia la ley, en más de 70 tribunales en estrecha relación con los Colegios de Abogados, las comunidades locales y las asociaciones de ayuda a la víctima. A pesar de que el artículo 6 de la ley del 4 de enero de 1993 responde a varias de las preguntas que se hacían los procuradores, son muchas las que quedaron sin respuesta. El artículo 41, último párrafo, del Código de Procedimiento Penal, resultante de la ley del 4 de enero de 1993, permite al Procurador de la República recurrir a la mediación cuando se encuentran reunidas las circunstancias enumeradas en la ley (I). Pero una vez decidida la mediación debe poder cumplirse ya que el nuevo texto presenta más interrogantes que respuestas
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
description A pesar de los deseos expresados en numerosos textos, hasta la sanción de la ley N° 93-2 del 4 de enero de 1993 no existió un verdadero marco jurídico para el ejercicio de la mediación penal. Sin embargo, algunas prácticas se llevaron a cabo por iniciativa de la policía, del Ministerio Público, del juez de instrucción, incluso hasta de una jurisdicción de sentencia. Cumplen esta tarea, en el campo social, los inspectores de trabajo y en las sociedades comerciales, los auditores. El mérito de la reciente ley es haber previsto en el artículo 6 la posibilidad de una mediación penal, agregando un párrafo al artículo 41 del Código de Procedimiento Penal. La mediación penal consagrada de esta forma se puso en práctica antes de que entre en vigencia la ley, en más de 70 tribunales en estrecha relación con los Colegios de Abogados, las comunidades locales y las asociaciones de ayuda a la víctima. A pesar de que el artículo 6 de la ley del 4 de enero de 1993 responde a varias de las preguntas que se hacían los procuradores, son muchas las que quedaron sin respuesta. El artículo 41, último párrafo, del Código de Procedimiento Penal, resultante de la ley del 4 de enero de 1993, permite al Procurador de la República recurrir a la mediación cuando se encuentran reunidas las circunstancias enumeradas en la ley (I). Pero una vez decidida la mediación debe poder cumplirse ya que el nuevo texto presenta más interrogantes que respuestas
publishDate 2001
dc.date.none.fl_str_mv 2001
dc.type.none.fl_str_mv info:eu-repo/semantics/article
info:eu-repo/semantics/publishedVersion
Articulo
http://purl.org/coar/resource_type/c_6501
info:ar-repo/semantics/articulo
format article
status_str publishedVersion
dc.identifier.none.fl_str_mv http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/154015
url http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/154015
dc.language.none.fl_str_mv spa
language spa
dc.relation.none.fl_str_mv info:eu-repo/semantics/altIdentifier/issn/1666-5457
dc.rights.none.fl_str_mv info:eu-repo/semantics/openAccess
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
Creative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International (CC BY-NC-SA 4.0)
eu_rights_str_mv openAccess
rights_invalid_str_mv http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
Creative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International (CC BY-NC-SA 4.0)
dc.format.none.fl_str_mv application/pdf
dc.source.none.fl_str_mv reponame:SEDICI (UNLP)
instname:Universidad Nacional de La Plata
instacron:UNLP
reponame_str SEDICI (UNLP)
collection SEDICI (UNLP)
instname_str Universidad Nacional de La Plata
instacron_str UNLP
institution UNLP
repository.name.fl_str_mv SEDICI (UNLP) - Universidad Nacional de La Plata
repository.mail.fl_str_mv alira@sedici.unlp.edu.ar
_version_ 1846783634667732992
score 12.982451