Punto final y obediencia debida : Una respuesta pendiente
- Autores
- Alconada Sempé, Raúl F. M.
- Año de publicación
- 1998
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- artículo
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- Las llamadas leyes de Punto Final y de Obediencia Debida constituyen uno de los puntos más polémicos de la política de Derechos Humanos del presidente Raúl Alfonsín, tanto en el seno de la sociedad como del propio partido de gobierno. La primera de las leyes estableció plazos perentorios, más cortos que los vigentes, para promover acciones judiciales contra los autores de delitos atentatorios de los derechos humanos cometidos durante la última dictadura militar. Esta ley intentó acotar el tiempo durante el cual todos los oficiales de las Fuerzas Armadas estuvieron bajo sospecha, y procuró alcanzar cierta certeza necesaria hacia el futuro. El resultado no fue el buscado, pues ante la duda se promovieron infinidad de procesamientos; y podría decirse que muy pocos responsables de violaciones a los derechos humanos quedaron impunes por esta ley. La segunda, en cambio, consagraba la eximición de responsabilidad penal a los subordinados, atribuyéndosela a los máximos responsables que eran quienes habían dado las órdenes.
Material digitalizado en SEDICI en colaboración con la Universidad Notarial Argentina.
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales - Materia
-
Ciencias Jurídicas
Aplicación de la ley
Derechos humanos
Dictadura
Proceso - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
- Repositorio
- Institución
- Universidad Nacional de La Plata
- OAI Identificador
- oai:sedici.unlp.edu.ar:10915/184620
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Las llamadas leyes de Punto Final y de Obediencia Debida constituyen uno de los puntos más polémicos de la política de Derechos Humanos del presidente Raúl Alfonsín, tanto en el seno de la sociedad como del propio partido de gobierno. La primera de las leyes estableció plazos perentorios, más cortos que los vigentes, para promover acciones judiciales contra los autores de delitos atentatorios de los derechos humanos cometidos durante la última dictadura militar. Esta ley intentó acotar el tiempo durante el cual todos los oficiales de las Fuerzas Armadas estuvieron bajo sospecha, y procuró alcanzar cierta certeza necesaria hacia el futuro. El resultado no fue el buscado, pues ante la duda se promovieron infinidad de procesamientos; y podría decirse que muy pocos responsables de violaciones a los derechos humanos quedaron impunes por esta ley. La segunda, en cambio, consagraba la eximición de responsabilidad penal a los subordinados, atribuyéndosela a los máximos responsables que eran quienes habían dado las órdenes. |
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