La ontología de lo social : Una aproximación a partir de John Searle
- Autores
- Dottori, Ariel Oscar
- Año de publicación
- 2015
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- tesis doctoral
- Estado
- versión aceptada
- Colaborador/a o director/a de tesis
- Moretti, Alberto
- Descripción
- La presente tesis, “La ontología de lo social. Una aproximación a partir de John Searle”, es el primer trabajo en lengua castellana sobre la teoría de la realidad social de John Searle. Nos hemos centrado, principalmente, en dos aspectos de su vasta producción teórica: la teoría del lenguaje, por un lado; y la teoría de la sociedad, por otro. En un primer momento, hemos defendido su posición realista externa, la cual supone que existe un mundo que se ubica por fuera de las representaciones y del lenguaje humano; posteriormente, hemos revalorizado –junto con Apel- al lenguaje y su prioridad metodológica respecto a la conciencia intencional, a la hora de abordar el problema del significado. Las problemáticas referidas a su teoría de los actos de habla no han ocupado un lugar central debido a que éste ha sido un problema largamente debatido por la tradición filosófica en la segunda parte del siglo pasado. Finalmente, nos hemos centrado, a partir de Ernst Tugendhat y Michael Tomasello, en la antropología filosófica en tanto que prima philosophy; ello ha sido necesario para elaborar una teoría de la realidad social porque ésta es construida por seres humanos, y la pregunta central de la antropología filosófica es, justamente, “¿qué somos los seres humanos?” Searle advierte que, no sólo el lenguaje es el elemento que nos diferencia a nosotros, los animales humanos, del resto de los animales de nivel superior sino que, además existen otros elementos tales como, la intencionalidad colectiva, la asignación de función, y las normas constitutivas. La intencionalidad colectiva es, básicamente, la capacidad estrictamente humana de cooperar, de hacer cosas juntos, fijando objetivos y metas a realizar. Esta capacidad humana se ve posibilitada por nuestra capacidad de generar acuerdos, y ello sólo es posible gracias a la existencia de un lenguaje proposicional, de un lenguaje que no se encuentra guiado por el instinto sino, más bien, por convenciones lingüísticas. Por otra parte, los seres humanos tenemos la capacidad de otorgarle un estatus determinado, a un objeto que no tiene una función específica intrínsecamente; las fibras de celulosa, por ejemplo, operan en las sociedades modernas, como papel moneda. Estas funciones de estatus, como Searle las denomina, tienen la forma lógica, “X cuenta como Y en el contexto C”. Finalmente, las normas constitutivas son aquellas que no sólo regulan una actividad, sino que la constituyen, la posibilitan. Su forma lógica es exactamente igual a la que poseen las funciones de estatus, “X cuenta como Y en el contexto C”. Los ejemplos más claros de éste tipo de normas son los juegos; las reglas del fútbol no sólo regulan la actividad sino que, además, hacen que la propia actividad sea posible. La realidad institucional posee un fuerte carácter normativo. Por otro lado, y para concluir nuestro trabajo, hemos propuesto una interpretación de los "conceptos institucionales" que se emparenta con la noción kripkeana de "designadores rígidos". La indagación pretende avanzar hacia una novedosa interpretación de este tipo de conceptos.
Doctor en Filosofía
Universidad Nacional de La Plata
Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación - Materia
-
Humanidades
Filosofía
lenguaje
realidad social
John Searle - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/ar/
- Repositorio
- Institución
- Universidad Nacional de La Plata
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La presente tesis, “La ontología de lo social. Una aproximación a partir de John Searle”, es el primer trabajo en lengua castellana sobre la teoría de la realidad social de John Searle. Nos hemos centrado, principalmente, en dos aspectos de su vasta producción teórica: la teoría del lenguaje, por un lado; y la teoría de la sociedad, por otro. En un primer momento, hemos defendido su posición realista externa, la cual supone que existe un mundo que se ubica por fuera de las representaciones y del lenguaje humano; posteriormente, hemos revalorizado –junto con Apel- al lenguaje y su prioridad metodológica respecto a la conciencia intencional, a la hora de abordar el problema del significado. Las problemáticas referidas a su teoría de los actos de habla no han ocupado un lugar central debido a que éste ha sido un problema largamente debatido por la tradición filosófica en la segunda parte del siglo pasado. Finalmente, nos hemos centrado, a partir de Ernst Tugendhat y Michael Tomasello, en la antropología filosófica en tanto que prima philosophy; ello ha sido necesario para elaborar una teoría de la realidad social porque ésta es construida por seres humanos, y la pregunta central de la antropología filosófica es, justamente, “¿qué somos los seres humanos?” Searle advierte que, no sólo el lenguaje es el elemento que nos diferencia a nosotros, los animales humanos, del resto de los animales de nivel superior sino que, además existen otros elementos tales como, la intencionalidad colectiva, la asignación de función, y las normas constitutivas. La intencionalidad colectiva es, básicamente, la capacidad estrictamente humana de cooperar, de hacer cosas juntos, fijando objetivos y metas a realizar. Esta capacidad humana se ve posibilitada por nuestra capacidad de generar acuerdos, y ello sólo es posible gracias a la existencia de un lenguaje proposicional, de un lenguaje que no se encuentra guiado por el instinto sino, más bien, por convenciones lingüísticas. Por otra parte, los seres humanos tenemos la capacidad de otorgarle un estatus determinado, a un objeto que no tiene una función específica intrínsecamente; las fibras de celulosa, por ejemplo, operan en las sociedades modernas, como papel moneda. Estas funciones de estatus, como Searle las denomina, tienen la forma lógica, “X cuenta como Y en el contexto C”. Finalmente, las normas constitutivas son aquellas que no sólo regulan una actividad, sino que la constituyen, la posibilitan. Su forma lógica es exactamente igual a la que poseen las funciones de estatus, “X cuenta como Y en el contexto C”. Los ejemplos más claros de éste tipo de normas son los juegos; las reglas del fútbol no sólo regulan la actividad sino que, además, hacen que la propia actividad sea posible. La realidad institucional posee un fuerte carácter normativo. Por otro lado, y para concluir nuestro trabajo, hemos propuesto una interpretación de los "conceptos institucionales" que se emparenta con la noción kripkeana de "designadores rígidos". La indagación pretende avanzar hacia una novedosa interpretación de este tipo de conceptos. |
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