Análisis jurisprudencial
- Autores
- Szeinfeld, Jorge Claudio; Szeinfeld, Jorge Claudio; Manso, Mariana
- Año de publicación
- 2016
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- parte de libro
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- En este capítulo de la obra decidimos exponer algunos de los fallos más relevantes que la Cámara Nacional Electoral ha dictado a través de los últimos años. En primer lugar, debemos destacar que la Cámara Nacional Electoral es el único órgano judicial de la nación con competencia electoral de instancia revisora. Conoce en grado de apelación los asuntos que le son elevados por la Junta Electoral Nacional y los 24 Juzgados Federales Electorales de primera instancia de cada uno de los distritos electorales en que se divide el país (23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires). Para comprender mejor el sistema de justicia nacional electoral, aclaramos que las Juntas Electorales Nacionales son órganos temporarios de naturaleza administrativa que se constituyen 60 días antes de las elecciones por imperio de la ley. Está integrada por miembros (magistrados) del Poder Judicial, para decidir sobre cuestiones referentes a la administración de los comicios; operaciones del escrutinio definitivo; determinar las causas que a su juicio fundan la validez o nulidad de la elección y proclamar a los candidatos electos. En relación a los Juzgados Electorales, cada juez electoral tiene plena competencia para entender en las cuestiones que se originen en el ámbito de su distrito (arts. 44 del Cód. Electoral Nacional y 12 de la ley 19.108 modif. por ley 19.277). El art. 12, II inc. "b" de la ley 19.108 establece, en particular, que los jueces federales electorales conocerán en "la fundación, constitución, organización, funcionamiento, caducidad y extinción de los partidos políticos de su distrito...". Fallo 2864/01CNE (pág. 141) La Cámara Nacional Electoral en su carácter de máxima autoridad en la materia, ha sentado criterios sobre los distintos aspectos y contingencias del sistema electoral de nuestro país. En efecto, sus fallos constituyen los antecedentes a ser considerados como principios rectores en el comportamiento electoral.
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales - Materia
-
Ciencias Jurídicas
Fallos
Cámara Nacional Electoral - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
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- Institución
- Universidad Nacional de La Plata
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- oai:sedici.unlp.edu.ar:10915/191692
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En este capítulo de la obra decidimos exponer algunos de los fallos más relevantes que la Cámara Nacional Electoral ha dictado a través de los últimos años. En primer lugar, debemos destacar que la Cámara Nacional Electoral es el único órgano judicial de la nación con competencia electoral de instancia revisora. Conoce en grado de apelación los asuntos que le son elevados por la Junta Electoral Nacional y los 24 Juzgados Federales Electorales de primera instancia de cada uno de los distritos electorales en que se divide el país (23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires). Para comprender mejor el sistema de justicia nacional electoral, aclaramos que las Juntas Electorales Nacionales son órganos temporarios de naturaleza administrativa que se constituyen 60 días antes de las elecciones por imperio de la ley. Está integrada por miembros (magistrados) del Poder Judicial, para decidir sobre cuestiones referentes a la administración de los comicios; operaciones del escrutinio definitivo; determinar las causas que a su juicio fundan la validez o nulidad de la elección y proclamar a los candidatos electos. En relación a los Juzgados Electorales, cada juez electoral tiene plena competencia para entender en las cuestiones que se originen en el ámbito de su distrito (arts. 44 del Cód. Electoral Nacional y 12 de la ley 19.108 modif. por ley 19.277). El art. 12, II inc. "b" de la ley 19.108 establece, en particular, que los jueces federales electorales conocerán en "la fundación, constitución, organización, funcionamiento, caducidad y extinción de los partidos políticos de su distrito...". Fallo 2864/01CNE (pág. 141) La Cámara Nacional Electoral en su carácter de máxima autoridad en la materia, ha sentado criterios sobre los distintos aspectos y contingencias del sistema electoral de nuestro país. En efecto, sus fallos constituyen los antecedentes a ser considerados como principios rectores en el comportamiento electoral. |
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