El proceso judicial al cual es sometido el niño declarado no punible por la comisión de un injusto penal
- Autores
- Armesto, Carolina B.
- Año de publicación
- 2006
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- artículo
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- El Derecho Penal es un mecanismo selectivo de control social. Es la herramienta de control social más importante con que cuenta el Estado, pues desde el punto de vista de la función punitiva, es una técnica de control de los individuos. Sin embargo, en cuanto derecho objetivo tiene una función de garantía del individuo y señala un límite al poder del Estado. En este sentido, el Estado posee el uso monopólico del Derecho Penal, pues resulta el único legitimado para seleccionar conductas humanas a las cuales se impondrá una sanción en forma coactiva, lo cual cumple a través de una actividad legislativa ajustada a la regulación constitucional. Asimismo, la selección de conductas a las cuales imponer una sanción se realiza por medio de una valoración negativa para la convivencia social que tiene por finalidad proteger de los ataques más graves los bienes más importantes del sistema de valores de la comunidad. De esta forma, el Derecho Penal recoge un consenso social que busca el resguardo de esos bienes mediante la asignación de sanciones al autor que los ataca. Dichas sanciones consisten en la limitación de derechos individuales impuesta coactivamente por el Estado al individuo. Estas sanciones son las consecuencias jurídicas del delito: la pena y la medida de seguridad. Ahora bien, cabe preguntarse si las medidas de seguridad aplicables a los menores de edad (llámese internación), tienen el carácter de pena. Las leyes que habilitan el poder punitivo no siempre son manifiestas, ya que en el caso sub examine la ley a pesar que declare o regule en un sentido, en la realidad posee otro resultado. Así es como el Dr. Zaffaroni las llama leyes penales latentes, y ejemplifica diciendo: “Respecto de los niños y adolescentes, es claro que muy pocas son las diferencias entre un instituto de menores y una prisión para adultos, por más que a la internación en los primeros no se las llame penas”. De ello se deduce que el tema que me ocupa en el presente se enmarque dentro del derecho penal para su interpretación, ya que funciona como límite al poder punitivo y como basamento de un Estado de derecho.
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales - Materia
-
Ciencias Jurídicas
Derecho
Derecho penal
proceso judicial
Niño - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
- Repositorio
- Institución
- Universidad Nacional de La Plata
- OAI Identificador
- oai:sedici.unlp.edu.ar:10915/154271
Ver los metadatos del registro completo
id |
SEDICI_23f90279e6e3f6edfaf6c488b60a8978 |
---|---|
oai_identifier_str |
oai:sedici.unlp.edu.ar:10915/154271 |
network_acronym_str |
SEDICI |
repository_id_str |
1329 |
network_name_str |
SEDICI (UNLP) |
spelling |
El proceso judicial al cual es sometido el niño declarado no punible por la comisión de un injusto penalArmesto, Carolina B.Ciencias JurídicasDerechoDerecho penalproceso judicialNiñoEl Derecho Penal es un mecanismo selectivo de control social. Es la herramienta de control social más importante con que cuenta el Estado, pues desde el punto de vista de la función punitiva, es una técnica de control de los individuos. Sin embargo, en cuanto derecho objetivo tiene una función de garantía del individuo y señala un límite al poder del Estado. En este sentido, el Estado posee el uso monopólico del Derecho Penal, pues resulta el único legitimado para seleccionar conductas humanas a las cuales se impondrá una sanción en forma coactiva, lo cual cumple a través de una actividad legislativa ajustada a la regulación constitucional. Asimismo, la selección de conductas a las cuales imponer una sanción se realiza por medio de una valoración negativa para la convivencia social que tiene por finalidad proteger de los ataques más graves los bienes más importantes del sistema de valores de la comunidad. De esta forma, el Derecho Penal recoge un consenso social que busca el resguardo de esos bienes mediante la asignación de sanciones al autor que los ataca. Dichas sanciones consisten en la limitación de derechos individuales impuesta coactivamente por el Estado al individuo. Estas sanciones son las consecuencias jurídicas del delito: la pena y la medida de seguridad. Ahora bien, cabe preguntarse si las medidas de seguridad aplicables a los menores de edad (llámese internación), tienen el carácter de pena. Las leyes que habilitan el poder punitivo no siempre son manifiestas, ya que en el caso sub examine la ley a pesar que declare o regule en un sentido, en la realidad posee otro resultado. Así es como el Dr. Zaffaroni las llama leyes penales latentes, y ejemplifica diciendo: “Respecto de los niños y adolescentes, es claro que muy pocas son las diferencias entre un instituto de menores y una prisión para adultos, por más que a la internación en los primeros no se las llame penas”. De ello se deduce que el tema que me ocupa en el presente se enmarque dentro del derecho penal para su interpretación, ya que funciona como límite al poder punitivo y como basamento de un Estado de derecho.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales2006info:eu-repo/semantics/articleinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionArticulohttp://purl.org/coar/resource_type/c_6501info:ar-repo/semantics/articuloapplication/pdfhttp://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/154271spainfo:eu-repo/semantics/altIdentifier/issn/1666-5457info:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/Creative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International (CC BY-NC-SA 4.0)reponame:SEDICI (UNLP)instname:Universidad Nacional de La Platainstacron:UNLP2025-09-10T12:42:47Zoai:sedici.unlp.edu.ar:10915/154271Institucionalhttp://sedici.unlp.edu.ar/Universidad públicaNo correspondehttp://sedici.unlp.edu.ar/oai/snrdalira@sedici.unlp.edu.arArgentinaNo correspondeNo correspondeNo correspondeopendoar:13292025-09-10 12:42:47.322SEDICI (UNLP) - Universidad Nacional de La Platafalse |
dc.title.none.fl_str_mv |
El proceso judicial al cual es sometido el niño declarado no punible por la comisión de un injusto penal |
title |
El proceso judicial al cual es sometido el niño declarado no punible por la comisión de un injusto penal |
spellingShingle |
El proceso judicial al cual es sometido el niño declarado no punible por la comisión de un injusto penal Armesto, Carolina B. Ciencias Jurídicas Derecho Derecho penal proceso judicial Niño |
title_short |
El proceso judicial al cual es sometido el niño declarado no punible por la comisión de un injusto penal |
title_full |
El proceso judicial al cual es sometido el niño declarado no punible por la comisión de un injusto penal |
title_fullStr |
El proceso judicial al cual es sometido el niño declarado no punible por la comisión de un injusto penal |
title_full_unstemmed |
El proceso judicial al cual es sometido el niño declarado no punible por la comisión de un injusto penal |
title_sort |
El proceso judicial al cual es sometido el niño declarado no punible por la comisión de un injusto penal |
dc.creator.none.fl_str_mv |
Armesto, Carolina B. |
author |
Armesto, Carolina B. |
author_facet |
Armesto, Carolina B. |
author_role |
author |
dc.subject.none.fl_str_mv |
Ciencias Jurídicas Derecho Derecho penal proceso judicial Niño |
topic |
Ciencias Jurídicas Derecho Derecho penal proceso judicial Niño |
dc.description.none.fl_txt_mv |
El Derecho Penal es un mecanismo selectivo de control social. Es la herramienta de control social más importante con que cuenta el Estado, pues desde el punto de vista de la función punitiva, es una técnica de control de los individuos. Sin embargo, en cuanto derecho objetivo tiene una función de garantía del individuo y señala un límite al poder del Estado. En este sentido, el Estado posee el uso monopólico del Derecho Penal, pues resulta el único legitimado para seleccionar conductas humanas a las cuales se impondrá una sanción en forma coactiva, lo cual cumple a través de una actividad legislativa ajustada a la regulación constitucional. Asimismo, la selección de conductas a las cuales imponer una sanción se realiza por medio de una valoración negativa para la convivencia social que tiene por finalidad proteger de los ataques más graves los bienes más importantes del sistema de valores de la comunidad. De esta forma, el Derecho Penal recoge un consenso social que busca el resguardo de esos bienes mediante la asignación de sanciones al autor que los ataca. Dichas sanciones consisten en la limitación de derechos individuales impuesta coactivamente por el Estado al individuo. Estas sanciones son las consecuencias jurídicas del delito: la pena y la medida de seguridad. Ahora bien, cabe preguntarse si las medidas de seguridad aplicables a los menores de edad (llámese internación), tienen el carácter de pena. Las leyes que habilitan el poder punitivo no siempre son manifiestas, ya que en el caso sub examine la ley a pesar que declare o regule en un sentido, en la realidad posee otro resultado. Así es como el Dr. Zaffaroni las llama leyes penales latentes, y ejemplifica diciendo: “Respecto de los niños y adolescentes, es claro que muy pocas son las diferencias entre un instituto de menores y una prisión para adultos, por más que a la internación en los primeros no se las llame penas”. De ello se deduce que el tema que me ocupa en el presente se enmarque dentro del derecho penal para su interpretación, ya que funciona como límite al poder punitivo y como basamento de un Estado de derecho. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales |
description |
El Derecho Penal es un mecanismo selectivo de control social. Es la herramienta de control social más importante con que cuenta el Estado, pues desde el punto de vista de la función punitiva, es una técnica de control de los individuos. Sin embargo, en cuanto derecho objetivo tiene una función de garantía del individuo y señala un límite al poder del Estado. En este sentido, el Estado posee el uso monopólico del Derecho Penal, pues resulta el único legitimado para seleccionar conductas humanas a las cuales se impondrá una sanción en forma coactiva, lo cual cumple a través de una actividad legislativa ajustada a la regulación constitucional. Asimismo, la selección de conductas a las cuales imponer una sanción se realiza por medio de una valoración negativa para la convivencia social que tiene por finalidad proteger de los ataques más graves los bienes más importantes del sistema de valores de la comunidad. De esta forma, el Derecho Penal recoge un consenso social que busca el resguardo de esos bienes mediante la asignación de sanciones al autor que los ataca. Dichas sanciones consisten en la limitación de derechos individuales impuesta coactivamente por el Estado al individuo. Estas sanciones son las consecuencias jurídicas del delito: la pena y la medida de seguridad. Ahora bien, cabe preguntarse si las medidas de seguridad aplicables a los menores de edad (llámese internación), tienen el carácter de pena. Las leyes que habilitan el poder punitivo no siempre son manifiestas, ya que en el caso sub examine la ley a pesar que declare o regule en un sentido, en la realidad posee otro resultado. Así es como el Dr. Zaffaroni las llama leyes penales latentes, y ejemplifica diciendo: “Respecto de los niños y adolescentes, es claro que muy pocas son las diferencias entre un instituto de menores y una prisión para adultos, por más que a la internación en los primeros no se las llame penas”. De ello se deduce que el tema que me ocupa en el presente se enmarque dentro del derecho penal para su interpretación, ya que funciona como límite al poder punitivo y como basamento de un Estado de derecho. |
publishDate |
2006 |
dc.date.none.fl_str_mv |
2006 |
dc.type.none.fl_str_mv |
info:eu-repo/semantics/article info:eu-repo/semantics/publishedVersion Articulo http://purl.org/coar/resource_type/c_6501 info:ar-repo/semantics/articulo |
format |
article |
status_str |
publishedVersion |
dc.identifier.none.fl_str_mv |
http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/154271 |
url |
http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/154271 |
dc.language.none.fl_str_mv |
spa |
language |
spa |
dc.relation.none.fl_str_mv |
info:eu-repo/semantics/altIdentifier/issn/1666-5457 |
dc.rights.none.fl_str_mv |
info:eu-repo/semantics/openAccess http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ Creative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International (CC BY-NC-SA 4.0) |
eu_rights_str_mv |
openAccess |
rights_invalid_str_mv |
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ Creative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International (CC BY-NC-SA 4.0) |
dc.format.none.fl_str_mv |
application/pdf |
dc.source.none.fl_str_mv |
reponame:SEDICI (UNLP) instname:Universidad Nacional de La Plata instacron:UNLP |
reponame_str |
SEDICI (UNLP) |
collection |
SEDICI (UNLP) |
instname_str |
Universidad Nacional de La Plata |
instacron_str |
UNLP |
institution |
UNLP |
repository.name.fl_str_mv |
SEDICI (UNLP) - Universidad Nacional de La Plata |
repository.mail.fl_str_mv |
alira@sedici.unlp.edu.ar |
_version_ |
1842904628585299968 |
score |
12.993085 |