Delitos informáticos: la punibilidad del Hacking y sus consecuencias

Autores
Temperini, Marcelo G. I.
Año de publicación
2010
Idioma
español castellano
Tipo de recurso
documento de conferencia
Estado
versión publicada
Descripción
Dentro de la gama de los delitos informáticos, la actividad del hacking o acceso indebido sin daño ha sido fuente de discusiones y debates. Su actividad, como filosofía de vida con fines intelectuales lleva más de 50 años de desarrollo, existiendo en la actualidad, grupos sociales que realizan estas prácticas en total ausencia de animosidad de causar daños. Argentina, a través de la Ley 26.388 lo ha incorporado como delito de peligro abstracto, haciendo innecesaria la comprobación de daño efectivo para la configuración del mismo, y creando de manera indirecta, riesgos propios e inherentes a esta clase de delitos penales. Como argumento, se afirma la protección de la información como interés colectivo o macro-social, siendo los bienes jurídicos tutelados, los secretos y la privacidad. En un primer nivel de debate, se discute sobre si es adecuada su tipificación penal, o si podría considerarse alternativas para su sanción. Considerando su tipificación penal, existe una discusión de segundo grado: ¿es adecuada su sanción a través de pena privativa de la libertad?
Within the range of computer crime, hacking activity or improper access without damage has been a source of discussion and debate. His activities as a way of life to intellectual pursuits has over 50 years of development, there are at present, social groups that carry out these practices in the total absence of animosity to cause damage. Argentina, through 26 388 of the Act has incorporated as a crime of abstract danger, making it unnecessary to check actual damage to its configuration, and creating an indirect way, inherent risks to this kind of criminal offenses. As an argument, affirming the protection of information as a general interest or macro-social, being legally protected, secrets and privacy. In a first level of debate, we discuss whether the criminal offense is adequate, or whether alternatives could be considered for endorsement. Considering their criminalization, there is a discussion of second degree: ¿is it right through his sanction of deprivation of liberty?.
Sociedad Argentina de Informática e Investigación Operativa
Materia
Ciencias Informáticas
Derecho
Delitos informáticos
Hacking
Hacker
Privacidad
Confidencialidad
Información
Nivel de accesibilidad
acceso abierto
Condiciones de uso
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
Repositorio
SEDICI (UNLP)
Institución
Universidad Nacional de La Plata
OAI Identificador
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Within the range of computer crime, hacking activity or improper access without damage has been a source of discussion and debate. His activities as a way of life to intellectual pursuits has over 50 years of development, there are at present, social groups that carry out these practices in the total absence of animosity to cause damage. Argentina, through 26 388 of the Act has incorporated as a crime of abstract danger, making it unnecessary to check actual damage to its configuration, and creating an indirect way, inherent risks to this kind of criminal offenses. As an argument, affirming the protection of information as a general interest or macro-social, being legally protected, secrets and privacy. In a first level of debate, we discuss whether the criminal offense is adequate, or whether alternatives could be considered for endorsement. Considering their criminalization, there is a discussion of second degree: ¿is it right through his sanction of deprivation of liberty?.
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description Dentro de la gama de los delitos informáticos, la actividad del hacking o acceso indebido sin daño ha sido fuente de discusiones y debates. Su actividad, como filosofía de vida con fines intelectuales lleva más de 50 años de desarrollo, existiendo en la actualidad, grupos sociales que realizan estas prácticas en total ausencia de animosidad de causar daños. Argentina, a través de la Ley 26.388 lo ha incorporado como delito de peligro abstracto, haciendo innecesaria la comprobación de daño efectivo para la configuración del mismo, y creando de manera indirecta, riesgos propios e inherentes a esta clase de delitos penales. Como argumento, se afirma la protección de la información como interés colectivo o macro-social, siendo los bienes jurídicos tutelados, los secretos y la privacidad. En un primer nivel de debate, se discute sobre si es adecuada su tipificación penal, o si podría considerarse alternativas para su sanción. Considerando su tipificación penal, existe una discusión de segundo grado: ¿es adecuada su sanción a través de pena privativa de la libertad?
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