Complicidad de las instituciones financieras internacionales en la violacion de derechos humanos en el contexto de reformas económicas

Autores
Bohoslavsky, Juan Pablo
Año de publicación
2021
Idioma
español castellano
Tipo de recurso
artículo
Estado
versión publicada
Descripción
Este artículo demuestra que la introducción de medidas de ajuste no contribuye a la recuperación económica sino que, en cambio, trae aparejadas consecuencias negativas en términos de crecimiento económico, coeficientes de endeudamiento e igualdad, generando frecuentemente una serie de impactos negativos en materia de derechos humanos. Y, por lo tanto, que existe una sólida base legal para sostener una inconsistencia prima facie entre la imposición de políticas de ajuste en tiempos de recesión y el disfrute de derechos humanos. Debido a las circunstancias particulares en las que los Estados suelen encontrarse cuando requieren asistencia de instituciones financieras internacionales es que estas últimas suelen imponer condiciones que no necesariamente se han negociado con los Estados prestatarios. La población de los mismos se encuentra aún menos involucrada que su gobierno en las consultas, discusiones y negociaciones asociadas. El extenso alcance de tales condicionalidades, que se ha ampliado continuamente durante las últimas décadas, permite explicar su penetrante omnipresencia en cuestiones soberanas cruciales. Estas condicionalidades son observables aún en el contexto de la pandemia del COVID-19. Según los estándares del derecho internacional, las instituciones financieras internacionales podrían ser consideradas responsables por la complicidad en la imposición de reformas económicas violatorias de derechos humanos. El nexo causal entre la asistencia brindada por las instituciones financieras internacionales (en forma de préstamos, vigilancia, asistencia técnica y condicionalidades anexas) en la comisión de un hecho internacionalmente ilícito (complicidad) y el daño causado (violaciones de derechos humanos) es evidente y se encuentra bien documentado. Se puede presumir que una institución tiene conocimiento de la naturaleza ilícita del acto si, incluso cuando se avanza en la implementación de reformas económicas que normalmente conducen a violaciones de derechos humanos, no se realiza una evaluación de impacto ex ante. La responsabilidad legal por complicidad genera obligaciones en términos de cesación, no repetición y reparación.
This Article demonstrates that the introduction of austerity measures does not contribute to economic recovery, but instead has negative consequences in terms of economic growth, debt ratios, and equality, and routinely results in a series of negative human rights impacts. There is therefore a solid legal basis to make the case for a prima facie inconsistency between the imposition of austerity policies in times of recession and the enjoyment of human rights. Because of the circumstances in which States usually find themselves when seeking assistance from international financial institutions, lender institutions often impose conditionalities that have not necessarily been negotiated with borrower States. States’ populations are even less involved than their governments in the associated consultations, discussions, or negotiations. The broad scope of such conditionalities, which has been continuously expanded over recent decades, helps to explain their pervasiveness and omnipresence in key sovereign businesses. These conditionalities are even seen in the context of the COVID-19 pandemic. According to standards of international law, international financial institutions may be held responsible for complicity in the imposition of economic reforms that violate human rights. The causal link between the assistance provided by international financial institutions (in the form of loans, surveillance and technical assistance, and attached conditionalities) in the commitment of an internationally wrongful act (complicity) and the harm done (human rights violations) is evident and well documented. An institution’s knowledge of the wrongful nature of the act can be presumed if, even when advancing the implementation of economic reforms that normally lead to human rights violations, no ex ante impact assessment is undertaken. Legal responsibility for complicity raises obligations in terms of cessation, non-repetition, and reparation.
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Materia
Ciencias Jurídicas
Reformas económicas
Instituciones financieras internacionales
Violacion de derechos humanos
Nivel de accesibilidad
acceso abierto
Condiciones de uso
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
Repositorio
SEDICI (UNLP)
Institución
Universidad Nacional de La Plata
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Debido a las circunstancias particulares en las que los Estados suelen encontrarse cuando requieren asistencia de instituciones financieras internacionales es que estas últimas suelen imponer condiciones que no necesariamente se han negociado con los Estados prestatarios. La población de los mismos se encuentra aún menos involucrada que su gobierno en las consultas, discusiones y negociaciones asociadas. El extenso alcance de tales condicionalidades, que se ha ampliado continuamente durante las últimas décadas, permite explicar su penetrante omnipresencia en cuestiones soberanas cruciales. Estas condicionalidades son observables aún en el contexto de la pandemia del COVID-19. Según los estándares del derecho internacional, las instituciones financieras internacionales podrían ser consideradas responsables por la complicidad en la imposición de reformas económicas violatorias de derechos humanos. El nexo causal entre la asistencia brindada por las instituciones financieras internacionales (en forma de préstamos, vigilancia, asistencia técnica y condicionalidades anexas) en la comisión de un hecho internacionalmente ilícito (complicidad) y el daño causado (violaciones de derechos humanos) es evidente y se encuentra bien documentado. Se puede presumir que una institución tiene conocimiento de la naturaleza ilícita del acto si, incluso cuando se avanza en la implementación de reformas económicas que normalmente conducen a violaciones de derechos humanos, no se realiza una evaluación de impacto ex ante. La responsabilidad legal por complicidad genera obligaciones en términos de cesación, no repetición y reparación.This Article demonstrates that the introduction of austerity measures does not contribute to economic recovery, but instead has negative consequences in terms of economic growth, debt ratios, and equality, and routinely results in a series of negative human rights impacts. There is therefore a solid legal basis to make the case for a prima facie inconsistency between the imposition of austerity policies in times of recession and the enjoyment of human rights. Because of the circumstances in which States usually find themselves when seeking assistance from international financial institutions, lender institutions often impose conditionalities that have not necessarily been negotiated with borrower States. States’ populations are even less involved than their governments in the associated consultations, discussions, or negotiations. 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An institution’s knowledge of the wrongful nature of the act can be presumed if, even when advancing the implementation of economic reforms that normally lead to human rights violations, no ex ante impact assessment is undertaken. 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This Article demonstrates that the introduction of austerity measures does not contribute to economic recovery, but instead has negative consequences in terms of economic growth, debt ratios, and equality, and routinely results in a series of negative human rights impacts. There is therefore a solid legal basis to make the case for a prima facie inconsistency between the imposition of austerity policies in times of recession and the enjoyment of human rights. Because of the circumstances in which States usually find themselves when seeking assistance from international financial institutions, lender institutions often impose conditionalities that have not necessarily been negotiated with borrower States. States’ populations are even less involved than their governments in the associated consultations, discussions, or negotiations. The broad scope of such conditionalities, which has been continuously expanded over recent decades, helps to explain their pervasiveness and omnipresence in key sovereign businesses. These conditionalities are even seen in the context of the COVID-19 pandemic. According to standards of international law, international financial institutions may be held responsible for complicity in the imposition of economic reforms that violate human rights. The causal link between the assistance provided by international financial institutions (in the form of loans, surveillance and technical assistance, and attached conditionalities) in the commitment of an internationally wrongful act (complicity) and the harm done (human rights violations) is evident and well documented. An institution’s knowledge of the wrongful nature of the act can be presumed if, even when advancing the implementation of economic reforms that normally lead to human rights violations, no ex ante impact assessment is undertaken. Legal responsibility for complicity raises obligations in terms of cessation, non-repetition, and reparation.
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