Consumos problemáticos de sustancias y políticas públicas en la Provincia de Santa Fe. Primeros avances de investigación

Autores
Gil, Mariano
Año de publicación
2019
Idioma
español castellano
Tipo de recurso
documento de conferencia
Estado
versión publicada
Descripción
Desde una mirada antropológica entendemos a la cuestión del uso de sustancias psicoactivas como una construcción de sentido enmarcada en los contextos o universos en que se sitúan los individuos (Folgar, 2002). Siguiendo la tradición relacional (Bourdieu y Wacquant, 2014) los conceptos con los cuales trabajamos constituyen construcciones que deben ser puestas en cuestión una y otra vez en un constante ejercicio de reflexividad. Entonces, la construcción del consumo de drogas como problemático obedece a sentidos socialmente construidos y enmarcados en condiciones socio-históricas concretas. Con esto no pretendemos negar ni soslayar el daño que puede ocasionar el consumo de drogas a nivel individual o social, sino que alrededor de ello se monta una percepción que asocia a las drogas con diferentes cuestiones de índole negativa en un conjunto heteróclito de prácticas simbólicas que Epele (2007) conceptualizó como lógica de la sospecha. El Estado se constituye en este punto como un actor de relevancia, contribuyendo tanto a la construcción social del problema droga como a la intervención sobre el mismo a través de sus políticas públicas. Según Menéndez (2012) existen dos grandes paradigmas al momento de pensar, diseñar e implementar políticas públicas en materia de consumos problemáticos de sustancias. Por un lado el “prohibicionismo”, y por otro lado, la “reducción de daños”. El prohibicionismo se asienta sobre la tríada compuesta por la abstinencia como ideal normativo, la desintoxicación para aquellos que estén vivenciando una situación de consumo y la erradicación de las drogas como horizonte político (Ehrenberg, 1996 en Bonis, Llovera y Scialla, 2014). Si bien sus orígenes datan de hace más de cien años, sus postulados se cristalizan en la Convención Única de Estupefacientes de la ONU (1961) y en subsiguientes tratados internacionales de fiscalización de las drogas, configurando lo que Tokatlian (2017) denomina régimen internacional de drogas ilícitas (RIDI). Las políticas prohibicionistas redundan en la criminalización, persecución y estigmatización del consumo de drogas y contribuyen al desarrollo de mecanismos de control social (Menéndez, 2012). En nuestro país la Ley 23737, sancionada en 1989 y aún vigente, se plantea claramente desde esta perspectiva al considerar como delito la tenencia de drogas para consumo personal y establecer penas para los usuarios de las mismas. En el año 2009 la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a través del denominado “fallo Arriola”, declaró la inconstitucionalidad del artículo que incrimina la tenencia de estupefacientes para uso personal, sentando jurisprudencia al respecto. Por otro lado el paradigma de la reducción de daños se sitúa desde una perspectiva de salud pública, de medicina social y de derechos humanos donde el usuario de drogas es ante todo un sujeto de derechos (Menéndez, 2012). Plantea la moderación como ideal normativo, la diversificación de la oferta de cuidados para quienes utilizan drogas y la reducción de los daños generados por la oferta masiva de drogas y por sus usos como política integral (Ehrenberg, 1996, en Bonis, Llovera y Scialla, 2014). Su aparición estuvo asociada al crecimiento de la morbimortalidad vinculada al VIH-SIDA en Europa en la década de 1980 (Romaní, 2008). La Ley Nacional 26657 de Salud Mental, al contrario de la Ley 23737, ubica a las “adicciones” en el campo de lo sanitario, entendiendo al usuario de drogas como sujeto de derechos. Nuestra investigación se propone focalizar su atención en los trabajadores de dispositivos estatales que intervienen en el abordaje de los consumos problemáticos de sustancias en la provincia de Santa Fe, en el contexto de la trama de relaciones que construyen cotidianamente con los sujetos miembros de organizaciones de la sociedad civil que también intervienen en dicha problemática. Nos planteamos a modo de anticipación hipotética que los sentidos y prácticas de estos trabajadores no son ajenos a estos paradigmas, y son influenciados por diversos elementos heterogéneos de uno u otro. Como proponen Montesinos y Sinisi (2009) entendemos que en el proceso de implementación de políticas públicas los particulares sentidos construidos por los sujetos resignifican las orientaciones presentes en las políticas y programas, y producen modificaciones en sus prescripciones y contenidos originales. En un análisis anterior señalamos que en la provincia de Santa Fe si bien se puede identificar un consenso en torno al rechazo del paradigma prohibicionista y un mayor acercamiento a la reducción de daños por parte de un conjunto de trabajadores de dispositivos estatales, existen algunos obstáculos que se traducen en dificultades al momento del abordaje de los consumos problemáticos de sustancias como política pública (Gil y Yavich, 2018). En esta ponencia, entendida como un avance de investigación, nos proponemos caracterizar el marco institucional de las políticas públicas en materia de consumos problemáticos de sustancias que despliega la provincia de Santa Fe y problematizar algunos sentidos que construyen integrantes de la Agencia de Prevención del Consumos de Drogas y Tratamiento Integral de las Adicciones (APRECOD) dependiente del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado.
Fil: Fil: Apellido, Nombre. Universidad Nacional de Rosario. Facultad de Humanidades y Artes; Argentina
Materia
Consumos problemáticos de sustancias
políticas públicas
Provincia de Santa Fe
Nivel de accesibilidad
acceso abierto
Condiciones de uso
https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/deed.es
Repositorio
RepHipUNR (UNR)
Institución
Universidad Nacional de Rosario
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Con esto no pretendemos negar ni soslayar el daño que puede ocasionar el consumo de drogas a nivel individual o social, sino que alrededor de ello se monta una percepción que asocia a las drogas con diferentes cuestiones de índole negativa en un conjunto heteróclito de prácticas simbólicas que Epele (2007) conceptualizó como lógica de la sospecha. El Estado se constituye en este punto como un actor de relevancia, contribuyendo tanto a la construcción social del problema droga como a la intervención sobre el mismo a través de sus políticas públicas. Según Menéndez (2012) existen dos grandes paradigmas al momento de pensar, diseñar e implementar políticas públicas en materia de consumos problemáticos de sustancias. Por un lado el “prohibicionismo”, y por otro lado, la “reducción de daños”. El prohibicionismo se asienta sobre la tríada compuesta por la abstinencia como ideal normativo, la desintoxicación para aquellos que estén vivenciando una situación de consumo y la erradicación de las drogas como horizonte político (Ehrenberg, 1996 en Bonis, Llovera y Scialla, 2014). Si bien sus orígenes datan de hace más de cien años, sus postulados se cristalizan en la Convención Única de Estupefacientes de la ONU (1961) y en subsiguientes tratados internacionales de fiscalización de las drogas, configurando lo que Tokatlian (2017) denomina régimen internacional de drogas ilícitas (RIDI). Las políticas prohibicionistas redundan en la criminalización, persecución y estigmatización del consumo de drogas y contribuyen al desarrollo de mecanismos de control social (Menéndez, 2012). En nuestro país la Ley 23737, sancionada en 1989 y aún vigente, se plantea claramente desde esta perspectiva al considerar como delito la tenencia de drogas para consumo personal y establecer penas para los usuarios de las mismas. En el año 2009 la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a través del denominado “fallo Arriola”, declaró la inconstitucionalidad del artículo que incrimina la tenencia de estupefacientes para uso personal, sentando jurisprudencia al respecto. Por otro lado el paradigma de la reducción de daños se sitúa desde una perspectiva de salud pública, de medicina social y de derechos humanos donde el usuario de drogas es ante todo un sujeto de derechos (Menéndez, 2012). Plantea la moderación como ideal normativo, la diversificación de la oferta de cuidados para quienes utilizan drogas y la reducción de los daños generados por la oferta masiva de drogas y por sus usos como política integral (Ehrenberg, 1996, en Bonis, Llovera y Scialla, 2014). Su aparición estuvo asociada al crecimiento de la morbimortalidad vinculada al VIH-SIDA en Europa en la década de 1980 (Romaní, 2008). La Ley Nacional 26657 de Salud Mental, al contrario de la Ley 23737, ubica a las “adicciones” en el campo de lo sanitario, entendiendo al usuario de drogas como sujeto de derechos. Nuestra investigación se propone focalizar su atención en los trabajadores de dispositivos estatales que intervienen en el abordaje de los consumos problemáticos de sustancias en la provincia de Santa Fe, en el contexto de la trama de relaciones que construyen cotidianamente con los sujetos miembros de organizaciones de la sociedad civil que también intervienen en dicha problemática. Nos planteamos a modo de anticipación hipotética que los sentidos y prácticas de estos trabajadores no son ajenos a estos paradigmas, y son influenciados por diversos elementos heterogéneos de uno u otro. Como proponen Montesinos y Sinisi (2009) entendemos que en el proceso de implementación de políticas públicas los particulares sentidos construidos por los sujetos resignifican las orientaciones presentes en las políticas y programas, y producen modificaciones en sus prescripciones y contenidos originales. En un análisis anterior señalamos que en la provincia de Santa Fe si bien se puede identificar un consenso en torno al rechazo del paradigma prohibicionista y un mayor acercamiento a la reducción de daños por parte de un conjunto de trabajadores de dispositivos estatales, existen algunos obstáculos que se traducen en dificultades al momento del abordaje de los consumos problemáticos de sustancias como política pública (Gil y Yavich, 2018). En esta ponencia, entendida como un avance de investigación, nos proponemos caracterizar el marco institucional de las políticas públicas en materia de consumos problemáticos de sustancias que despliega la provincia de Santa Fe y problematizar algunos sentidos que construyen integrantes de la Agencia de Prevención del Consumos de Drogas y Tratamiento Integral de las Adicciones (APRECOD) dependiente del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado.Fil: Fil: Apellido, Nombre. Universidad Nacional de Rosario. Facultad de Humanidades y Artes; ArgentinaUniversidad Nacional de Rosario. Facultad de Humanidades y Artes. Escuela de Antropología. Departamento de Antropología Socio-culturalUniversidad Nacional de Rosario. Facultad de Humanidades y Artes. Escuela de Antropología. 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El Estado se constituye en este punto como un actor de relevancia, contribuyendo tanto a la construcción social del problema droga como a la intervención sobre el mismo a través de sus políticas públicas. Según Menéndez (2012) existen dos grandes paradigmas al momento de pensar, diseñar e implementar políticas públicas en materia de consumos problemáticos de sustancias. Por un lado el “prohibicionismo”, y por otro lado, la “reducción de daños”. El prohibicionismo se asienta sobre la tríada compuesta por la abstinencia como ideal normativo, la desintoxicación para aquellos que estén vivenciando una situación de consumo y la erradicación de las drogas como horizonte político (Ehrenberg, 1996 en Bonis, Llovera y Scialla, 2014). 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Por otro lado el paradigma de la reducción de daños se sitúa desde una perspectiva de salud pública, de medicina social y de derechos humanos donde el usuario de drogas es ante todo un sujeto de derechos (Menéndez, 2012). Plantea la moderación como ideal normativo, la diversificación de la oferta de cuidados para quienes utilizan drogas y la reducción de los daños generados por la oferta masiva de drogas y por sus usos como política integral (Ehrenberg, 1996, en Bonis, Llovera y Scialla, 2014). Su aparición estuvo asociada al crecimiento de la morbimortalidad vinculada al VIH-SIDA en Europa en la década de 1980 (Romaní, 2008). La Ley Nacional 26657 de Salud Mental, al contrario de la Ley 23737, ubica a las “adicciones” en el campo de lo sanitario, entendiendo al usuario de drogas como sujeto de derechos. Nuestra investigación se propone focalizar su atención en los trabajadores de dispositivos estatales que intervienen en el abordaje de los consumos problemáticos de sustancias en la provincia de Santa Fe, en el contexto de la trama de relaciones que construyen cotidianamente con los sujetos miembros de organizaciones de la sociedad civil que también intervienen en dicha problemática. Nos planteamos a modo de anticipación hipotética que los sentidos y prácticas de estos trabajadores no son ajenos a estos paradigmas, y son influenciados por diversos elementos heterogéneos de uno u otro. Como proponen Montesinos y Sinisi (2009) entendemos que en el proceso de implementación de políticas públicas los particulares sentidos construidos por los sujetos resignifican las orientaciones presentes en las políticas y programas, y producen modificaciones en sus prescripciones y contenidos originales. En un análisis anterior señalamos que en la provincia de Santa Fe si bien se puede identificar un consenso en torno al rechazo del paradigma prohibicionista y un mayor acercamiento a la reducción de daños por parte de un conjunto de trabajadores de dispositivos estatales, existen algunos obstáculos que se traducen en dificultades al momento del abordaje de los consumos problemáticos de sustancias como política pública (Gil y Yavich, 2018). En esta ponencia, entendida como un avance de investigación, nos proponemos caracterizar el marco institucional de las políticas públicas en materia de consumos problemáticos de sustancias que despliega la provincia de Santa Fe y problematizar algunos sentidos que construyen integrantes de la Agencia de Prevención del Consumos de Drogas y Tratamiento Integral de las Adicciones (APRECOD) dependiente del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado.
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El Estado se constituye en este punto como un actor de relevancia, contribuyendo tanto a la construcción social del problema droga como a la intervención sobre el mismo a través de sus políticas públicas. Según Menéndez (2012) existen dos grandes paradigmas al momento de pensar, diseñar e implementar políticas públicas en materia de consumos problemáticos de sustancias. Por un lado el “prohibicionismo”, y por otro lado, la “reducción de daños”. El prohibicionismo se asienta sobre la tríada compuesta por la abstinencia como ideal normativo, la desintoxicación para aquellos que estén vivenciando una situación de consumo y la erradicación de las drogas como horizonte político (Ehrenberg, 1996 en Bonis, Llovera y Scialla, 2014). Si bien sus orígenes datan de hace más de cien años, sus postulados se cristalizan en la Convención Única de Estupefacientes de la ONU (1961) y en subsiguientes tratados internacionales de fiscalización de las drogas, configurando lo que Tokatlian (2017) denomina régimen internacional de drogas ilícitas (RIDI). Las políticas prohibicionistas redundan en la criminalización, persecución y estigmatización del consumo de drogas y contribuyen al desarrollo de mecanismos de control social (Menéndez, 2012). En nuestro país la Ley 23737, sancionada en 1989 y aún vigente, se plantea claramente desde esta perspectiva al considerar como delito la tenencia de drogas para consumo personal y establecer penas para los usuarios de las mismas. En el año 2009 la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a través del denominado “fallo Arriola”, declaró la inconstitucionalidad del artículo que incrimina la tenencia de estupefacientes para uso personal, sentando jurisprudencia al respecto. Por otro lado el paradigma de la reducción de daños se sitúa desde una perspectiva de salud pública, de medicina social y de derechos humanos donde el usuario de drogas es ante todo un sujeto de derechos (Menéndez, 2012). Plantea la moderación como ideal normativo, la diversificación de la oferta de cuidados para quienes utilizan drogas y la reducción de los daños generados por la oferta masiva de drogas y por sus usos como política integral (Ehrenberg, 1996, en Bonis, Llovera y Scialla, 2014). Su aparición estuvo asociada al crecimiento de la morbimortalidad vinculada al VIH-SIDA en Europa en la década de 1980 (Romaní, 2008). La Ley Nacional 26657 de Salud Mental, al contrario de la Ley 23737, ubica a las “adicciones” en el campo de lo sanitario, entendiendo al usuario de drogas como sujeto de derechos. Nuestra investigación se propone focalizar su atención en los trabajadores de dispositivos estatales que intervienen en el abordaje de los consumos problemáticos de sustancias en la provincia de Santa Fe, en el contexto de la trama de relaciones que construyen cotidianamente con los sujetos miembros de organizaciones de la sociedad civil que también intervienen en dicha problemática. Nos planteamos a modo de anticipación hipotética que los sentidos y prácticas de estos trabajadores no son ajenos a estos paradigmas, y son influenciados por diversos elementos heterogéneos de uno u otro. Como proponen Montesinos y Sinisi (2009) entendemos que en el proceso de implementación de políticas públicas los particulares sentidos construidos por los sujetos resignifican las orientaciones presentes en las políticas y programas, y producen modificaciones en sus prescripciones y contenidos originales. En un análisis anterior señalamos que en la provincia de Santa Fe si bien se puede identificar un consenso en torno al rechazo del paradigma prohibicionista y un mayor acercamiento a la reducción de daños por parte de un conjunto de trabajadores de dispositivos estatales, existen algunos obstáculos que se traducen en dificultades al momento del abordaje de los consumos problemáticos de sustancias como política pública (Gil y Yavich, 2018). En esta ponencia, entendida como un avance de investigación, nos proponemos caracterizar el marco institucional de las políticas públicas en materia de consumos problemáticos de sustancias que despliega la provincia de Santa Fe y problematizar algunos sentidos que construyen integrantes de la Agencia de Prevención del Consumos de Drogas y Tratamiento Integral de las Adicciones (APRECOD) dependiente del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado.
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