Antecedentes históricos de la acción de amparo a 30 años de su constitucionalización
- Autores
- Manili, Pablo Luis
- Año de publicación
- 2024
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- artículo
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- Fil: Manili, Pablo Luis. Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho; Argentina
Habiendo transcurrido 30 años de la reforma constitucional de 1994, agradecemos la invitación de El Derecho para conmemorar esa magna gesta, que nos dejó una constitución moderna y con una amplia protección de los derechos humanos fundamentales. Y lo hizo en el marco del más amplio consenso democrático, como nunca había ocurrido en la historia argentina. Esa reforma consagró la acción de amparo individual, el amparo colectivo y la acción de hábeas data (que podría ser considerada un subtipo del amparo) en el artículo 43 del texto. Ello fue en el marco del propósito de ampliación del sistema de derechos y del garantismo que persiguió el constituyente de reforma. Como es sabido, la consagración normativa de los derechos fundamentales en las constituciones y de los derechos humanos en los instrumentos internacionales no es suficiente y no estará completa si no existen garantías procesales que permitan vehiculizar los reclamos por lesiones a esos derechos. Cuando nació el constitucionalismo, en 1787, la constitución norteamericana no contemplaba ningún derecho, sino que se limitaba a organizar y dividir el poder. Ese fue el primer paso. Luego fueron necesarias las primera diez enmiendas para consagrar los derechos, que fueron contemporáneas con la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de Francia, en 1789. Ese fue el segundo paso. Y más tarde comenzó la consagración de las garantías en otras constituciones. El antecedente más remoto de la acción de amparo en derecho comparado se encuentra en el artículo 8º de la constitución del estado mexicano de Yucatán de 1841. Esa norma expresa: “Los jueces de primera instancia ampararán en el goce de los derechos garantidos por el artículo anterior, a los que les pidan su protección contra cualesquier funcionarios que no correspondan al orden judicial, decidiendo breve y sumariamente las cuestiones que se susciten sobre los asuntos indicados”. A su vez esa norma se inspiró en los pedidos de “amparamiento” que los indígenas presentaban ante las autoridades españolas en la época de la colonia cuando eran objeto de abusos por los encomenderos. El objeto de este trabajo es analizar cuáles fueron los antecedentes de la acción de amparo en la República Argentina, previos a los fallos “Siri”(1) y “Samuel Kot SRL”(2) y a las normas legales y constitucionales que finalmente lo consagraron. - Fuente
- Suplementos de El Derecho. 2024. A 30 años reforma constitucional
- Materia
-
PROVINCIAS ARGENTINAS
DERECHOS FUNDAMENTALES
AMPARO COLECTIVO
GARANTIAS CONSTITUCIONALES - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
- https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
- Repositorio
- Institución
- Pontificia Universidad Católica Argentina
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