La partición en las legislaciones procesales posteriores al CCCN

Autores
Guilisasti, Jorgelina
Año de publicación
2025
Idioma
español castellano
Tipo de recurso
artículo
Estado
versión publicada
Descripción
Fil: Guilisasti, Jorgelina. Investigadora independiente; Argentina.
A partir de la entrada en vigencia del CCCN, algunas provincias reformaron sus códigos procesales, en virtud de los cambios introducidos en la legislación de fondo. Estas normas de procedimiento incluyen la partición en el proceso sucesorio, por lo que las próximas jornadas constituyen una oportunidad para la comparación, a los efectos de procurar una armonización en las futuras reformas de otras jurisdicciones. A tal efecto se han cotejado: Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia del Chaco, Ley 2559 (antes ley 7950), BO 8 de marzo de 2017; Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza, Ley 9001, BO 12 de septiembre de 2017; Código Procesal Civil y Comercial de Corrientes, Ley 6556, BO 13 de mayo de 2021; Código Procesal Civil y Comercial de Tucumán, Ley 9531, BO 6 de mayo de 2022; Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Ley 6358, BO 29 de noviembre de 2023.
Fuente
El Derecho. Revista de Doctrina y Jurisprudencia, edición especial XXX Jornadas Nacionales de Derecho Civil: a 10 años de vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación. 18 de septiembre de 2025 - Nº 16.050
Materia
DERECHO CIVIL
PROCESO SUCESORIO
SUCESIONES
HERENCIA
DIVISION DE BIENES
REFORMA PROCESAL
CODIGO CIVIL Y COMERCIAL
Nivel de accesibilidad
acceso abierto
Condiciones de uso
https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
Repositorio
Repositorio Institucional (UCA)
Institución
Pontificia Universidad Católica Argentina
OAI Identificador
oai:ucacris:123456789/20585

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