Lex mercatoria para la transferencia de aeronaves
- Autores
- Moscatelli, Julián Ariel
- Año de publicación
- 2025
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- documento de trabajo
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- Fil: Moscatelli, Julián Ariel. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; Argentina
Fil: Gómez, Hernán. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; Argentina
Uno de los aspectos más trascendentes para una línea aérea es la incorporación de aeronaves a su flota, dado que estas son el elemento primordial de generación de recursos de estas empresas. Este proceso generalmente ocurre con aeronaves que se incorporan nuevas desde fábrica o usadas provenientes de otros operadores. La incorporación de una aeronave a una línea aérea es un proceso que involucra múltiples áreas de la actividad aerocomercial, entre las que podemos citar aspectos: Legales, técnicos, operativos y económico-financieros, entre otros. Las funciones que las mismas tienen asignadas al proceso de incorporación son llevadas adelante por profesionales que forman parte del plantel de las mismas empresas o, de no contar con la estructura suficiente para dicha tarea, por terceros contratados. Entre los dos casos posibles de incorporación de aeronaves citados previamente, el que refiere a la incorporación desde fábrica es el más simple dado que la aeronave, sus motores y componentes no tienen actividad previa, puesto que son nuevos. Esto implica que la misma ya está operativamente testeada y certificada por el fabricante en cuanto a su aeronavegabilidad, reduciendo el proceso de inspección técnico-operativa notablemente, siendo el caso más sencillo de los dos enunciados. Por otra parte, el otro caso en cuestión donde la aeronave es incorporada a la compañía proveniente de otra línea aérea es el que presenta un desafío mayor requiriendo mucho más tiempo de análisis e inspecciones, tanto de la aeronave en sí como de toda la documentación y certificación que la misma ya tiene asociada, no sólo por tener un uso previo, que debe ser auditado, sino porque el entorno operativo y el marco normativo en el que se utilizaba previo a su traspaso puede diferir en gran medida del que tendrá luego del cambio de operador. Este es el caso que utilizaremos de estudio para este trabajo, dado que es el más complejo y abarcativo de los dos mencionados. Dentro del mismo nos enfocaremos en una transferencia por lease, siendo la compra la otra opción posible, pero cuyas diferencias desde el punto de vista de la inspección en sí no difieren demasiado. Ya entonces hemos definido nuestro objeto de estudio, planteado como la transferencia de aeronaves (en lease) entre un operador y otro, conociendo de antemano que estudiaremos el caso más complejo y más adelante hablaremos del alcance y la profundidad del análisis a realizar. Pero ¿a qué nos referimos en el título de este trabajo cuando incluimos la expresión “Lex Mercatoria”? El término “Lex Mercatoria” surgió en la edad media, entre los comerciantes, como una forma de contraposición a las reglas del comercio e imposiciones de los señores feudales (las que abundaban en privilegios para sí mismos) por otras que tenían como finalidad establecer relaciones uniformes entre comerciantes a la hora del intercambio y la transferencia de bienes. Esta forma de comerciar se basaba en usos y costumbres en las ferias y mercados de la época que favorecían el desarrollo de la actividad y daban un marco de previsibilidad al negocio. Algo que hoy llamaríamos “mejores prácticas de la actividad”. Dado que el comercio se fue globalizando cada vez más, lo que requería prácticas comunes que muchas veces chocaban con otras locales, se fue imponiendo este concepto de “Lex Mercatoria” para llevarlo adelante como una forma de sortear las imposiciones localistas, distintas en cada región o cultura. Tratando de establecer una analogía con la aviación, ésta es una actividad que necesariamente requiere, por sus características y desarrollo, el acuerdo y entendimiento, no solo de los diversos países sino de todos los actores intervinientes, donde las leyes, regulaciones y normativas locales con sus eventuales particularidades deben idealmente estar en sintonía con acuerdos y leyes de carácter más global. - Fuente
- Trabajo final del Curso de Posgrado Interdisciplinario de Derecho Aeronáutico. Pontificia Universidad Católica Argentina, Facultad de Derecho. 2025
- Materia
-
DERECHO COMERCIAL
CIRCULACION AEREA
AVIONES
AVIACION - Nivel de accesibilidad
- acceso embargado
- Condiciones de uso
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- Institución
- Pontificia Universidad Católica Argentina
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Lex mercatoria para la transferencia de aeronavesMoscatelli, Julián ArielDERECHO COMERCIALCIRCULACION AEREAAVIONESAVIACIONFil: Moscatelli, Julián Ariel. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; ArgentinaFil: Gómez, Hernán. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; ArgentinaUno de los aspectos más trascendentes para una línea aérea es la incorporación de aeronaves a su flota, dado que estas son el elemento primordial de generación de recursos de estas empresas. Este proceso generalmente ocurre con aeronaves que se incorporan nuevas desde fábrica o usadas provenientes de otros operadores. La incorporación de una aeronave a una línea aérea es un proceso que involucra múltiples áreas de la actividad aerocomercial, entre las que podemos citar aspectos: Legales, técnicos, operativos y económico-financieros, entre otros. Las funciones que las mismas tienen asignadas al proceso de incorporación son llevadas adelante por profesionales que forman parte del plantel de las mismas empresas o, de no contar con la estructura suficiente para dicha tarea, por terceros contratados. Entre los dos casos posibles de incorporación de aeronaves citados previamente, el que refiere a la incorporación desde fábrica es el más simple dado que la aeronave, sus motores y componentes no tienen actividad previa, puesto que son nuevos. Esto implica que la misma ya está operativamente testeada y certificada por el fabricante en cuanto a su aeronavegabilidad, reduciendo el proceso de inspección técnico-operativa notablemente, siendo el caso más sencillo de los dos enunciados. Por otra parte, el otro caso en cuestión donde la aeronave es incorporada a la compañía proveniente de otra línea aérea es el que presenta un desafío mayor requiriendo mucho más tiempo de análisis e inspecciones, tanto de la aeronave en sí como de toda la documentación y certificación que la misma ya tiene asociada, no sólo por tener un uso previo, que debe ser auditado, sino porque el entorno operativo y el marco normativo en el que se utilizaba previo a su traspaso puede diferir en gran medida del que tendrá luego del cambio de operador. Este es el caso que utilizaremos de estudio para este trabajo, dado que es el más complejo y abarcativo de los dos mencionados. Dentro del mismo nos enfocaremos en una transferencia por lease, siendo la compra la otra opción posible, pero cuyas diferencias desde el punto de vista de la inspección en sí no difieren demasiado. Ya entonces hemos definido nuestro objeto de estudio, planteado como la transferencia de aeronaves (en lease) entre un operador y otro, conociendo de antemano que estudiaremos el caso más complejo y más adelante hablaremos del alcance y la profundidad del análisis a realizar. Pero ¿a qué nos referimos en el título de este trabajo cuando incluimos la expresión “Lex Mercatoria”? El término “Lex Mercatoria” surgió en la edad media, entre los comerciantes, como una forma de contraposición a las reglas del comercio e imposiciones de los señores feudales (las que abundaban en privilegios para sí mismos) por otras que tenían como finalidad establecer relaciones uniformes entre comerciantes a la hora del intercambio y la transferencia de bienes. Esta forma de comerciar se basaba en usos y costumbres en las ferias y mercados de la época que favorecían el desarrollo de la actividad y daban un marco de previsibilidad al negocio. Algo que hoy llamaríamos “mejores prácticas de la actividad”. Dado que el comercio se fue globalizando cada vez más, lo que requería prácticas comunes que muchas veces chocaban con otras locales, se fue imponiendo este concepto de “Lex Mercatoria” para llevarlo adelante como una forma de sortear las imposiciones localistas, distintas en cada región o cultura. Tratando de establecer una analogía con la aviación, ésta es una actividad que necesariamente requiere, por sus características y desarrollo, el acuerdo y entendimiento, no solo de los diversos países sino de todos los actores intervinientes, donde las leyes, regulaciones y normativas locales con sus eventuales particularidades deben idealmente estar en sintonía con acuerdos y leyes de carácter más global.Gómez, Hernáninfo:eu-repo/date/embargoEnd/2027-08-242025info:eu-repo/semantics/workingPaperinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_8042info:ar-repo/semantics/documentoDeTrabajoapplication/pdfhttps://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/20471Trabajo final del Curso de Posgrado Interdisciplinario de Derecho Aeronáutico. 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