El desarrollo humano como tarea del Congreso de la Nación : la noción actual de prosperidad en la Constitución Nacional
- Autores
- Recalde, María Cecilia
- Año de publicación
- 2016
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- tesis doctoral
- Estado
- versión publicada
- Colaborador/a o director/a de tesis
- Palazzo, Eugenio Luis
- Descripción
- Fil: Recalde, María Cecilia. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; Argentina
Introducción: "Justificación de la elección del tema de tesis. La gran extensión de nuestro país y su escasa población desvelaban a Juan Bautista Alberdi y fueron motores esenciales para su pensamiento y su obra los que, en gran medida, estuvieron destinados a combatir esa realidad. Distintos capítulos de sus Bases se centraron en pensar un país nuevo a partir de ese desierto y su inmensidad y de ellos recordamos frases acuñadas y repetidas a lo largo de generaciones tales como “gobernar es poblar”, o “el desierto, enemigo de América” 3. En ese contexto el autor percibió que la única alternativa superadora era proyectar un sistema constitucional e institucional que impulsara a nuestro país al progreso. En sus palabras: …la población de la República Argentina, hoy desierta y solitaria, debe ser el grande y primordial fin de su constitución por largos años. Ella debe garantizar la ejecución de todos los medios de obtener ese vital resultado. Yo llamaré estos medios ‘garantías públicas de progreso y engrandecimiento’. En este punto la constitución no debe limitarse a promesas; debe dar garantías de ejecución y realidad 4. Así la idea de progreso (junto a la de prosperidad) tomó forma como objetivo constitucional y, una vez incorporada en el texto de 1853, pasó a ser un factor determinante para el crecimiento del país /.../ En otras palabras, la cláusula del progreso ideada hace más de un siglo y medio por Juan Bautista Alberdi fue tomada tanto por el Congreso de la Nación como por la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación como herramienta esencial para el crecimiento de nuestro país en los primeros años de vida constitucional. A más de veinte años de la reforma constitucional de 1994 la propuesta del presente trabajo consiste en analizar el significado que debe darse al desarrollo 3 humano dentro del contexto del artículo 75, inciso 19, perfilar sus proyecciones posibles y dilucidar si, como ocurrió en aquellos tiempos en los que el entonces artículo 67, inciso 16 de la Constitución Nacional fue un factor determinante para combatir el “desierto” que tanto preocupaba al autor de “Las Bases”, hoy el desarrollo humano debería ser el paradigma que defina la prosperidad en la República Argentina, visto como tarea del Poder Legislativo. Esta tesis no pretende agotar los múltiples aspectos del tema. Ojalá sea un punto de partida para nuevas indagaciones que ayuden a adquirir conciencia de que esta manda de nuestra Constitución resulta el desafío más importante para mejorar las condiciones de vida de los habitantes de nuestro suelo, muchos de ellos en situaciones de vivienda, alimento y culturales indignas..." - Materia
-
DESARROLLO HUMANO
CONSTITUCION ARGENTINA
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PROGRESO
CONGRESO - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
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- Pontificia Universidad Católica Argentina
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