La buena fe y la publicidad de los derechos reales

Autores
Paniagua, Juan Manuel
Año de publicación
2025
Idioma
español castellano
Tipo de recurso
artículo
Estado
versión publicada
Descripción
Fil: Paniagua, Juan Manuel. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; Argentina.
La publicidad de los derechos reales es la manifestación esencial de su carácter de absolutez en cuanto a su oponibilidad erga omnes. Es por esto que, a partir de la entrada en vigencia de la ley 17.801 que creó los Registros de la Propiedad Inmueble, la inscripción en dichos Registros es necesaria para que el derecho real declarado sea dotado de la publicidad máxima que prevé el sistema actual y, por lo tanto, adquiera su oponibilidad plena. Así las cosas, es necesario comprender que todos los derechos reales descansan sobre la base de la certeza de su existencia, por esto, todo sistema que favorezca a esta certeza es trascendente para la economía de un país. Ahora bien, el conocimiento que se alcanza a través de la publicidad registral no es cierto, sino una ficción mediante la cual existe la posibilidad de disponer de un medio de conocimiento del estado jurídico de los inmuebles, en principio, con un alto grado de exactitud de que lo registrado es conocido por todos. Lo dicho se relaciona con la buena fe, ya que, en la concepción que desarrollaré luego opera aquí como un elemento esencial que asiste a esta posibilidad de conocer. Dado que nuestro sistema registral es no convalidante y declarativo, la realidad registral puede no coincidir con la realidad extrarregistral, ya que la incorporación del título al Registro no sanea sus vicios, y es aquí en donde alcanza su relevancia máxima la buena fe toda vez que el adquirente, que no conozca ni hubiera podido conocer el vicio que cabalgaba sobre el título, queda protegido frente a cualquiera que quiera intervenir en la pretensión de vigencia de su derecho real. Asimismo, no debemos pasar por alto que junto a la publicidad registral convive la publicidad posesoria, es decir, la que surge de la posesión ostensible de la cosa y que nuestro CCCN la equipara a la registral en función de sus efectos en cuanto a la oponibilidad. Así las cosas, y llegado el caso, esta última podrá prevalecer sobre la registral si es primera en el tiempo, aspecto que desarrollaré en el cuerpo de este trabajo.
Fuente
El Derecho. Revista de Doctrina y Jurisprudencia, edición especial XXX Jornadas Nacionales de Derecho Civil: a 10 años de vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación. 18 de septiembre de 2025 - Nº 16.050
Materia
DERECHO CIVIL
BUENA FE
PUBLICIDAD
DERECHOS REALES
DERECHO A LA PROPIEDAD
Nivel de accesibilidad
acceso abierto
Condiciones de uso
https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
Repositorio
Repositorio Institucional (UCA)
Institución
Pontificia Universidad Católica Argentina
OAI Identificador
oai:ucacris:123456789/20575

id RIUCA_b4e13456fca35044f07dc13c5300de17
oai_identifier_str oai:ucacris:123456789/20575
network_acronym_str RIUCA
repository_id_str 2585
network_name_str Repositorio Institucional (UCA)
spelling La buena fe y la publicidad de los derechos realesPaniagua, Juan ManuelDERECHO CIVILBUENA FEPUBLICIDADDERECHOS REALESDERECHO A LA PROPIEDADFil: Paniagua, Juan Manuel. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; Argentina.La publicidad de los derechos reales es la manifestación esencial de su carácter de absolutez en cuanto a su oponibilidad erga omnes. Es por esto que, a partir de la entrada en vigencia de la ley 17.801 que creó los Registros de la Propiedad Inmueble, la inscripción en dichos Registros es necesaria para que el derecho real declarado sea dotado de la publicidad máxima que prevé el sistema actual y, por lo tanto, adquiera su oponibilidad plena. Así las cosas, es necesario comprender que todos los derechos reales descansan sobre la base de la certeza de su existencia, por esto, todo sistema que favorezca a esta certeza es trascendente para la economía de un país. Ahora bien, el conocimiento que se alcanza a través de la publicidad registral no es cierto, sino una ficción mediante la cual existe la posibilidad de disponer de un medio de conocimiento del estado jurídico de los inmuebles, en principio, con un alto grado de exactitud de que lo registrado es conocido por todos. Lo dicho se relaciona con la buena fe, ya que, en la concepción que desarrollaré luego opera aquí como un elemento esencial que asiste a esta posibilidad de conocer. Dado que nuestro sistema registral es no convalidante y declarativo, la realidad registral puede no coincidir con la realidad extrarregistral, ya que la incorporación del título al Registro no sanea sus vicios, y es aquí en donde alcanza su relevancia máxima la buena fe toda vez que el adquirente, que no conozca ni hubiera podido conocer el vicio que cabalgaba sobre el título, queda protegido frente a cualquiera que quiera intervenir en la pretensión de vigencia de su derecho real. Asimismo, no debemos pasar por alto que junto a la publicidad registral convive la publicidad posesoria, es decir, la que surge de la posesión ostensible de la cosa y que nuestro CCCN la equipara a la registral en función de sus efectos en cuanto a la oponibilidad. Así las cosas, y llegado el caso, esta última podrá prevalecer sobre la registral si es primera en el tiempo, aspecto que desarrollaré en el cuerpo de este trabajo.El Derecho2025info:eu-repo/semantics/articleinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_6501info:ar-repo/semantics/articuloapplication/pdfhttps://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/20575ED-VI-CCXLIV-865El Derecho. Revista de Doctrina y Jurisprudencia, edición especial XXX Jornadas Nacionales de Derecho Civil: a 10 años de vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación. 18 de septiembre de 2025 - Nº 16.050reponame:Repositorio Institucional (UCA)instname:Pontificia Universidad Católica Argentinaspainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/2025-12-04T10:19:06Zoai:ucacris:123456789/20575instacron:UCAInstitucionalhttps://repositorio.uca.edu.ar/Universidad privadaNo correspondehttps://repositorio.uca.edu.ar/oaiclaudia_fernandez@uca.edu.arArgentinaNo correspondeNo correspondeNo correspondeopendoar:25852025-12-04 10:19:06.883Repositorio Institucional (UCA) - Pontificia Universidad Católica Argentinafalse
dc.title.none.fl_str_mv La buena fe y la publicidad de los derechos reales
title La buena fe y la publicidad de los derechos reales
spellingShingle La buena fe y la publicidad de los derechos reales
Paniagua, Juan Manuel
DERECHO CIVIL
BUENA FE
PUBLICIDAD
DERECHOS REALES
DERECHO A LA PROPIEDAD
title_short La buena fe y la publicidad de los derechos reales
title_full La buena fe y la publicidad de los derechos reales
title_fullStr La buena fe y la publicidad de los derechos reales
title_full_unstemmed La buena fe y la publicidad de los derechos reales
title_sort La buena fe y la publicidad de los derechos reales
dc.creator.none.fl_str_mv Paniagua, Juan Manuel
author Paniagua, Juan Manuel
author_facet Paniagua, Juan Manuel
author_role author
dc.subject.none.fl_str_mv DERECHO CIVIL
BUENA FE
PUBLICIDAD
DERECHOS REALES
DERECHO A LA PROPIEDAD
topic DERECHO CIVIL
BUENA FE
PUBLICIDAD
DERECHOS REALES
DERECHO A LA PROPIEDAD
dc.description.none.fl_txt_mv Fil: Paniagua, Juan Manuel. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; Argentina.
La publicidad de los derechos reales es la manifestación esencial de su carácter de absolutez en cuanto a su oponibilidad erga omnes. Es por esto que, a partir de la entrada en vigencia de la ley 17.801 que creó los Registros de la Propiedad Inmueble, la inscripción en dichos Registros es necesaria para que el derecho real declarado sea dotado de la publicidad máxima que prevé el sistema actual y, por lo tanto, adquiera su oponibilidad plena. Así las cosas, es necesario comprender que todos los derechos reales descansan sobre la base de la certeza de su existencia, por esto, todo sistema que favorezca a esta certeza es trascendente para la economía de un país. Ahora bien, el conocimiento que se alcanza a través de la publicidad registral no es cierto, sino una ficción mediante la cual existe la posibilidad de disponer de un medio de conocimiento del estado jurídico de los inmuebles, en principio, con un alto grado de exactitud de que lo registrado es conocido por todos. Lo dicho se relaciona con la buena fe, ya que, en la concepción que desarrollaré luego opera aquí como un elemento esencial que asiste a esta posibilidad de conocer. Dado que nuestro sistema registral es no convalidante y declarativo, la realidad registral puede no coincidir con la realidad extrarregistral, ya que la incorporación del título al Registro no sanea sus vicios, y es aquí en donde alcanza su relevancia máxima la buena fe toda vez que el adquirente, que no conozca ni hubiera podido conocer el vicio que cabalgaba sobre el título, queda protegido frente a cualquiera que quiera intervenir en la pretensión de vigencia de su derecho real. Asimismo, no debemos pasar por alto que junto a la publicidad registral convive la publicidad posesoria, es decir, la que surge de la posesión ostensible de la cosa y que nuestro CCCN la equipara a la registral en función de sus efectos en cuanto a la oponibilidad. Así las cosas, y llegado el caso, esta última podrá prevalecer sobre la registral si es primera en el tiempo, aspecto que desarrollaré en el cuerpo de este trabajo.
description Fil: Paniagua, Juan Manuel. Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho; Argentina.
publishDate 2025
dc.date.none.fl_str_mv 2025
dc.type.none.fl_str_mv info:eu-repo/semantics/article
info:eu-repo/semantics/publishedVersion
http://purl.org/coar/resource_type/c_6501
info:ar-repo/semantics/articulo
format article
status_str publishedVersion
dc.identifier.none.fl_str_mv https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/20575
ED-VI-CCXLIV-865
url https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/20575
identifier_str_mv ED-VI-CCXLIV-865
dc.language.none.fl_str_mv spa
language spa
dc.rights.none.fl_str_mv info:eu-repo/semantics/openAccess
https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
eu_rights_str_mv openAccess
rights_invalid_str_mv https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
dc.format.none.fl_str_mv application/pdf
dc.publisher.none.fl_str_mv El Derecho
publisher.none.fl_str_mv El Derecho
dc.source.none.fl_str_mv El Derecho. Revista de Doctrina y Jurisprudencia, edición especial XXX Jornadas Nacionales de Derecho Civil: a 10 años de vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación. 18 de septiembre de 2025 - Nº 16.050
reponame:Repositorio Institucional (UCA)
instname:Pontificia Universidad Católica Argentina
reponame_str Repositorio Institucional (UCA)
collection Repositorio Institucional (UCA)
instname_str Pontificia Universidad Católica Argentina
repository.name.fl_str_mv Repositorio Institucional (UCA) - Pontificia Universidad Católica Argentina
repository.mail.fl_str_mv claudia_fernandez@uca.edu.ar
_version_ 1850586173789962240
score 12.703443