Capitulo VI - Uniones convivenciales

Autores
Orlandi, Olga E.
Año de publicación
2018
Idioma
español castellano
Tipo de recurso
parte de libro
Estado
versión publicada
Descripción
Fil: Orlandi, Olga E. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.
La existencia de parejas no formalizadas constituye una práctica social considerable; se ha producido un incremento notable en nuestro país como en gran parte de los países de América Latina y en Europa. En Argentina, la importancia de esta forma familiar se refleja en la estadística del INDEC (2010) que evidencia ese acrecentamiento de este modo de conformación u organización familiar (Aproximadamente el 40 % de las parejas – del mismo o diferente sexo - viven en uniones convivenciales). Constituyen una práctica social que se ha extendido en nuestro país, en todos los sectores en general. Señalamos la creciente aceptación social de estas uniones, en tanto en la actualidad no se advierte negativamente que dos personas se unan de un modo diferente al matrimonio. La regulación en el derecho anterior a la sanción del CCyC era escasa y dispersa. También la jurisprudencia había proporcionado paulatinamente algunas respuestas a los numerosos conflictos que se producían en las uniones convivenciales. El CCyC incorpora una regulación mínima, dando prioridad a la autonomía, respondiendo a una realidad social y a las mandas constitucionales que exigían una respuesta normativa a las diversas formas familiares en la Argentina
publishedVersion
Fil: Orlandi, Olga E. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.
Otras Derecho
Materia
Familias
Uniones convivenciales
Nivel de accesibilidad
acceso abierto
Condiciones de uso
Repositorio
Repositorio Digital Universitario (UNC)
Institución
Universidad Nacional de Córdoba
OAI Identificador
oai:rdu.unc.edu.ar:11086/559094

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