El Derecho Real de Superficie en Roma. Su influencia en nuestro Derecho Civil

Autores
Fernández, Graciela; Domínguez, Marisa
Año de publicación
2017
Idioma
español castellano
Tipo de recurso
documento de conferencia
Estado
versión publicada
Descripción
Fil: Fernández, Graciela. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.
Fil: Domínguez, Marisa. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.
Es en el Derecho Justinianeo que, a pesar de no darle demasiada importancia, se lo menciona como derecho real sobre cosa ajena (iura in re aliena), referido a las construcciones, asimilando sus reglas a las servidumbres y a la enfiteusis.Más adelante, este derecho será retomado por los glosadores, quienes ampliarán su campo de aplicación, además de a las construcciones, también a las plantaciones.En definitiva, puede decirse que el derecho de superficie pareció el remedio ante una situación, en donde, en la ciudad la población aumentó a un ritmo vertiginoso, los terrenos para construir eran escasos y era imposible, por los principios del viejo ius civile, vender los distintos apartamentos de los que constaba un edificio.El derecho de superficie cumplió en el Derecho Romano una función social a fin de superar los problemas de vivienda de las clases sociales trabajadoras.El Derecho Real de superficie tratado en este trabajo de investigación y conforme a su incorporación en el nuevo CCC, se supone estimulará la construcción, pues constituirá una herramienta atractiva para los dueños de terrenos que no pueden o no quieren construir, que tendrán la alternativa de que lo hagan terceros, con el aliciente de que aquéllos se conviertan luego en propietarios de lo construido. Sin duda, un inmueble urbano o rural sometido a este derecho establece, según la economía, un nuevo modo de producción destinado a generar utilidad, favoreciendo al capital, que mediante una inversión menor (en relación con la compra del inmueble) puede generar un beneficio mayor.De esta forma, el derecho de superficie al colocarlo en el mercado se transformará en un valor de renta autónomo, como nuevo modelo de producción.Basado en la doctrina y la jurisprudencia el nuevo código, se dice que establece una conexidad entre el derecho público y el derecho privado cumplimentando los principios constitucionales.Toda esta filosofía medular se trasunta en el tratamiento de los derechos reales. El desafío se lanza ahora a la doctrina y a la jurisprudencia que deberán complementar la importante labor realizado en aras del bienestar general y el crecimiento del país.
Fil: Fernández, Graciela. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.
Fil: Domínguez, Marisa. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.
Derecho
Materia
Derecho Real
Superficie
Nivel de accesibilidad
acceso abierto
Condiciones de uso
Repositorio
Repositorio Digital Universitario (UNC)
Institución
Universidad Nacional de Córdoba
OAI Identificador
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