Una revisión crítica del "Consentimiento Informado" en Telesalud
- Autores
- De Ortúzar, María Graciela; Busdygan, Daniel; Marquez, Yesica; Matus, Estefanía
- Año de publicación
- 2010
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- artículo
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- El tema que nos ocupa aquí es el análisis del "consentimiento informado" -CI- en el marco general de telesalud -TS- en zonas aisladas. El CI es un instrumento ético-legal que permite expresar la autonomía del paciente para elegir o rechazar un tratamiento, droga o protocolo de investigación. Por otra parte, la TS es el ejercicio de la medicina a distancia, analizándose en el proyecto general que da contexto al presente proyecto específico dos posibilidades de aplicación de TICs en salud: 1- la capacitación y actualización permanente de profesionales de salud en zonas aisladas como la Cuenca Carbonífera (teleeducación sanitaria); 2- la posibilidad de realizar interconsultas de cualquier tipo con otros expertos en salud nacionales e internacionales (telepráctica sanitaria). Este último punto implicaría el uso de historias clínicas electrónicas -HCE- y consentimiento informado electrónico -CIE-. El objetivo de la Historia Clínica Electrónica es la adquisición, almacenamiento, recuperación, procesamiento e intercambio de datos clínicos relacionados a un paciente. En dicho contexto, el CIE expresaría la autonomía del paciente, exigiendo la capacitación del paciente, su derecho a la información y el respeto de la confidencialidad de datos. Ahora bien, si el CI utilizado en medicina es un procedimiento altamente complejo e idealizado, el consentimiento informado electrónico -CIE- parecería, en principio, más dificultoso. La puesta en práctica del CI exige hacer frente no sólo a la situación de vulnerabilidad que provoca la misma enfermedad en el paciente. Exige el cumplimiento de una serie de requisitos y pasos graduales que garanticen el ejercicio real del mismo, pasos que -aún en condiciones ideales de atención sanitaria- sólo pueden darse bajo una sociedad del conocimiento inclusiva. Asimismo, exigiría la protección de su uso -uso exclusivamente sanitario- contra un posible uso comercial. En pos del esclarecimiento de estos problemas, el presente análisis se dividirá en dos partes: -(I) la fundamentación ético y social del consentimiento informado en la práctica sanitaria y en el contexto del uso de TICs en salud, sosteniendo que su impulso debe ser moral, no meramente formal o legal, sin descuidar la confidencialidad pero tampoco cuestiones de accesibilidad y justicia; -(II), la determinación de las condiciones de aplicabilidad y resignificación del mismo en nuestras sociedades actuales.
The issue that concerns us here is the analysis of "informed consent" -CI- in the general framework of telehealth -TS- in isolated areas. The IC is an ethical-legal instrument that allows expressing the patient's autonomy to choose or reject a treatment, drug or research protocol. On the other hand, the TS is the exercise of distance medicine, analyzing in the general project that gives context to this specific project two possibilities of application of ICTs in health: 1- training and permanent updating of health professionals in isolated areas as the Carboniferous Basin (teleeducation sanitary); 2- the possibility of carrying out inter-consultations of any kind with other national and international health experts (health telepractice). This last point would involve the use of electronic clinical records (HCE) and electronic informed consent (CIE). The objective of the Electronic Medical Record is the acquisition, storage, recovery, processing and exchange of clinical data related to a patient. In this context, the CIE would express the autonomy of the patient, demanding the training of the patient, their right to information and respect for the confidentiality of data. Now, if the IQ used in medicine is a highly complex and idealized procedure, the electronic informed consent -CIE- would seem, in principle, more difficult. The implementation of IC requires facing not only the situation of vulnerability that causes the same disease in the patient. It requires the fulfillment of a series of requirements and gradual steps that guarantee the real exercise of the same, steps that -even under ideal conditions of health care- can only occur under an inclusive knowledge society. Likewise, it would demand the protection of its use - exclusively health use - against a possible commercial use. In pursuit of clarification of these problems, the present analysis will be divided into two parts: - (I) the ethical and social basis of informed consent in health practice and in the context of the use of ICTs in health, arguing that its impulse should be moral, not merely formal or legal, without neglecting confidentiality but also issues of accessibility and justice; - (II), the determination of the conditions of applicability and resignification thereof in our current societies.
Fil: De Ortúzar, María Graciela. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación. Instituto de Investigaciones en Humanidades y Ciencias Sociales (UNLP-CONICET); Argentina.
Fil: Busdygan, Daniel. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación. Instituto de Investigaciones en Humanidades y Ciencias Sociales (UNLP-CONICET); Argentina.
Fil: Marquez, Yesica. UNPA.
Fil: Matus, Estefanía. UNPA. - Fuente
- Informes científicos y técnicos, 2(1), 1-38. (2010)
ISSN 1852-4516 - Materia
-
Ciencias médicas
Salud
Derecho a la salud
Etica
Tecnologías
Consentimiento informado
Consentimiento informado electrónico
Historia clínica electrónica
TICs en salud
Autodeterminación
Acceso igualitario
Capacitación
Informed consent
Electronic informed consent
Electronic clinical history
ICTs in health
Self-determination
Equal access
Training - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
- https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
- Repositorio
- Institución
- Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación
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Por otra parte, la TS es el ejercicio de la medicina a distancia, analizándose en el proyecto general que da contexto al presente proyecto específico dos posibilidades de aplicación de TICs en salud: 1- la capacitación y actualización permanente de profesionales de salud en zonas aisladas como la Cuenca Carbonífera (teleeducación sanitaria); 2- la posibilidad de realizar interconsultas de cualquier tipo con otros expertos en salud nacionales e internacionales (telepráctica sanitaria). Este último punto implicaría el uso de historias clínicas electrónicas -HCE- y consentimiento informado electrónico -CIE-. El objetivo de la Historia Clínica Electrónica es la adquisición, almacenamiento, recuperación, procesamiento e intercambio de datos clínicos relacionados a un paciente. En dicho contexto, el CIE expresaría la autonomía del paciente, exigiendo la capacitación del paciente, su derecho a la información y el respeto de la confidencialidad de datos. Ahora bien, si el CI utilizado en medicina es un procedimiento altamente complejo e idealizado, el consentimiento informado electrónico -CIE- parecería, en principio, más dificultoso. La puesta en práctica del CI exige hacer frente no sólo a la situación de vulnerabilidad que provoca la misma enfermedad en el paciente. Exige el cumplimiento de una serie de requisitos y pasos graduales que garanticen el ejercicio real del mismo, pasos que -aún en condiciones ideales de atención sanitaria- sólo pueden darse bajo una sociedad del conocimiento inclusiva. Asimismo, exigiría la protección de su uso -uso exclusivamente sanitario- contra un posible uso comercial. En pos del esclarecimiento de estos problemas, el presente análisis se dividirá en dos partes: -(I) la fundamentación ético y social del consentimiento informado en la práctica sanitaria y en el contexto del uso de TICs en salud, sosteniendo que su impulso debe ser moral, no meramente formal o legal, sin descuidar la confidencialidad pero tampoco cuestiones de accesibilidad y justicia; -(II), la determinación de las condiciones de aplicabilidad y resignificación del mismo en nuestras sociedades actuales.The issue that concerns us here is the analysis of "informed consent" -CI- in the general framework of telehealth -TS- in isolated areas. The IC is an ethical-legal instrument that allows expressing the patient's autonomy to choose or reject a treatment, drug or research protocol. On the other hand, the TS is the exercise of distance medicine, analyzing in the general project that gives context to this specific project two possibilities of application of ICTs in health: 1- training and permanent updating of health professionals in isolated areas as the Carboniferous Basin (teleeducation sanitary); 2- the possibility of carrying out inter-consultations of any kind with other national and international health experts (health telepractice). This last point would involve the use of electronic clinical records (HCE) and electronic informed consent (CIE). The objective of the Electronic Medical Record is the acquisition, storage, recovery, processing and exchange of clinical data related to a patient. In this context, the CIE would express the autonomy of the patient, demanding the training of the patient, their right to information and respect for the confidentiality of data. Now, if the IQ used in medicine is a highly complex and idealized procedure, the electronic informed consent -CIE- would seem, in principle, more difficult. The implementation of IC requires facing not only the situation of vulnerability that causes the same disease in the patient. It requires the fulfillment of a series of requirements and gradual steps that guarantee the real exercise of the same, steps that -even under ideal conditions of health care- can only occur under an inclusive knowledge society. Likewise, it would demand the protection of its use - exclusively health use - against a possible commercial use. In pursuit of clarification of these problems, the present analysis will be divided into two parts: - (I) the ethical and social basis of informed consent in health practice and in the context of the use of ICTs in health, arguing that its impulse should be moral, not merely formal or legal, without neglecting confidentiality but also issues of accessibility and justice; - (II), the determination of the conditions of applicability and resignification thereof in our current societies.Fil: De Ortúzar, María Graciela. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación. Instituto de Investigaciones en Humanidades y Ciencias Sociales (UNLP-CONICET); Argentina.Fil: Busdygan, Daniel. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación. Instituto de Investigaciones en Humanidades y Ciencias Sociales (UNLP-CONICET); Argentina.Fil: Marquez, Yesica. UNPA.Fil: Matus, Estefanía. 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El tema que nos ocupa aquí es el análisis del "consentimiento informado" -CI- en el marco general de telesalud -TS- en zonas aisladas. El CI es un instrumento ético-legal que permite expresar la autonomía del paciente para elegir o rechazar un tratamiento, droga o protocolo de investigación. Por otra parte, la TS es el ejercicio de la medicina a distancia, analizándose en el proyecto general que da contexto al presente proyecto específico dos posibilidades de aplicación de TICs en salud: 1- la capacitación y actualización permanente de profesionales de salud en zonas aisladas como la Cuenca Carbonífera (teleeducación sanitaria); 2- la posibilidad de realizar interconsultas de cualquier tipo con otros expertos en salud nacionales e internacionales (telepráctica sanitaria). Este último punto implicaría el uso de historias clínicas electrónicas -HCE- y consentimiento informado electrónico -CIE-. El objetivo de la Historia Clínica Electrónica es la adquisición, almacenamiento, recuperación, procesamiento e intercambio de datos clínicos relacionados a un paciente. En dicho contexto, el CIE expresaría la autonomía del paciente, exigiendo la capacitación del paciente, su derecho a la información y el respeto de la confidencialidad de datos. Ahora bien, si el CI utilizado en medicina es un procedimiento altamente complejo e idealizado, el consentimiento informado electrónico -CIE- parecería, en principio, más dificultoso. La puesta en práctica del CI exige hacer frente no sólo a la situación de vulnerabilidad que provoca la misma enfermedad en el paciente. Exige el cumplimiento de una serie de requisitos y pasos graduales que garanticen el ejercicio real del mismo, pasos que -aún en condiciones ideales de atención sanitaria- sólo pueden darse bajo una sociedad del conocimiento inclusiva. Asimismo, exigiría la protección de su uso -uso exclusivamente sanitario- contra un posible uso comercial. En pos del esclarecimiento de estos problemas, el presente análisis se dividirá en dos partes: -(I) la fundamentación ético y social del consentimiento informado en la práctica sanitaria y en el contexto del uso de TICs en salud, sosteniendo que su impulso debe ser moral, no meramente formal o legal, sin descuidar la confidencialidad pero tampoco cuestiones de accesibilidad y justicia; -(II), la determinación de las condiciones de aplicabilidad y resignificación del mismo en nuestras sociedades actuales. The issue that concerns us here is the analysis of "informed consent" -CI- in the general framework of telehealth -TS- in isolated areas. The IC is an ethical-legal instrument that allows expressing the patient's autonomy to choose or reject a treatment, drug or research protocol. On the other hand, the TS is the exercise of distance medicine, analyzing in the general project that gives context to this specific project two possibilities of application of ICTs in health: 1- training and permanent updating of health professionals in isolated areas as the Carboniferous Basin (teleeducation sanitary); 2- the possibility of carrying out inter-consultations of any kind with other national and international health experts (health telepractice). This last point would involve the use of electronic clinical records (HCE) and electronic informed consent (CIE). The objective of the Electronic Medical Record is the acquisition, storage, recovery, processing and exchange of clinical data related to a patient. In this context, the CIE would express the autonomy of the patient, demanding the training of the patient, their right to information and respect for the confidentiality of data. Now, if the IQ used in medicine is a highly complex and idealized procedure, the electronic informed consent -CIE- would seem, in principle, more difficult. The implementation of IC requires facing not only the situation of vulnerability that causes the same disease in the patient. It requires the fulfillment of a series of requirements and gradual steps that guarantee the real exercise of the same, steps that -even under ideal conditions of health care- can only occur under an inclusive knowledge society. Likewise, it would demand the protection of its use - exclusively health use - against a possible commercial use. In pursuit of clarification of these problems, the present analysis will be divided into two parts: - (I) the ethical and social basis of informed consent in health practice and in the context of the use of ICTs in health, arguing that its impulse should be moral, not merely formal or legal, without neglecting confidentiality but also issues of accessibility and justice; - (II), the determination of the conditions of applicability and resignification thereof in our current societies. Fil: De Ortúzar, María Graciela. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación. Instituto de Investigaciones en Humanidades y Ciencias Sociales (UNLP-CONICET); Argentina. Fil: Busdygan, Daniel. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación. Instituto de Investigaciones en Humanidades y Ciencias Sociales (UNLP-CONICET); Argentina. Fil: Marquez, Yesica. UNPA. Fil: Matus, Estefanía. UNPA. |
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