Viejos problemas, nuevos desafíos: la necesidad de prevenir la violencia en contra de las mujeres en el entorno digital. A propósito de las propuestas de reforma de la Ley No. 26.4...

Autores
Ormar, Camila Agustina; Brocca, Mariana
Año de publicación
2022
Idioma
español castellano
Tipo de recurso
artículo
Estado
versión publicada
Descripción
En Argentina, la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres reconoce el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia, sea física, psicológica, sexual, económica y patrimonial, simbólica y política. No obstante, con la pandemia por Covid-19 se visibilizó otro tipo de violencia que no se encuentra incluida entre aquéllas: la digital. En particular, la violencia digital ha sido un factor relevante en la limitación al pleno ejercicio de los derechos políticos de las mujeres, tanto de las activistas como de aquéllas que ocupan cargos políticos. Actualmente, existen dos propuestas legislativas que resultan de interés en la materia: la de la senadora Cristina del Carmen López Valverde y la de la diputada Josefina Mendoza, las cuales buscan modificar la Ley 26.485, incorporando a la violencia digital como un tipo específico. Ambas propuestas consagran medidas contra la violencia una vez que el hecho ha ocurrido —y, por tanto, ya generado el daño— (por ejemplo, exigiendo el retiro de fotografías y videos que circulen en redes sociales sin autorización de la víctima). Sin embargo, ninguna de ellas aborda de manera sustantiva la adopción de medidas preventivas para evitar o reducir la violencia de género en espacios digitales —más allá de la formación de personas que revistan la calidad de funcionarias públicas y la adopción de protocolos—. Con base en ello, el objetivo de este trabajo es visibilizar la necesidad de incorporar la prevención de la violencia digital en la discusión de la reforma de la Ley 26.485, con el fin de que esta sea respetuosa de los estándares internacionales de derechos humanos.
In Argentina, Act 26,485 on Comprehensive Protection to Prevent, Punish and Eradicate Violence against Women recognizes women’s right to live a life free of violence. According to the law, violence against women can be of six different types: physical, psychological, sexual, economic and patrimonial, symbolic, and political. However, with the Covid-19 pandemic, another type of violence became visible: digital violence. Digital violence has been a relevant factor in limiting the whole exercise of women’s political rights, both activists and those who hold political office. Currently, two legislative proposals are of interest: those submitted by Senator Cristina del Carmen López Valverde and Deputy Josefina Mendoza, who seek to modify Act 26,485, incorporating digital violence as a specific type. Both proposals enshrine measures against violence once the act has occurred —and, therefore, once the damage has been generated— such as removing photographs and videos circulating on social networks without the victim’s authorization. However, none substantively address the adoption of preventive measures to avoid or reduce gender-based violence in digital spaces – beyond the training of people who have the quality of public officials and the adoption of protocols. Based on this, the objective of this work is to make visible the need to incorporate the prevention of digital violence in the discussion of the reform of Act 26,485 for it to be respectful of international human rights standards.
Fil: Ormar, Camila Agustina. Universidad Nacional del Centro de la Pcia.de Bs.as.. Facultad de Derecho. Dirección de Investigación y Postgrado. Centro de Investigación y Postgrado; Argentina
Fil: Brocca, Mariana. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas; Argentina. Universidad Nacional del Centro de la Pcia.de Bs.as.. Facultad de Derecho. Dirección de Investigación y Postgrado. Centro de Investigación y Postgrado; Argentina
Materia
MUJERES
VIOLENCIA DIGITAL
SUJETAS POLÍTICAS
ESTEREOTIPOS DE GÉNERO
PANDEMIA
EMPRESAS Y DERECHOS HUMANOS
Nivel de accesibilidad
acceso abierto
Condiciones de uso
https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/ar/
Repositorio
CONICET Digital (CONICET)
Institución
Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas
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En particular, la violencia digital ha sido un factor relevante en la limitación al pleno ejercicio de los derechos políticos de las mujeres, tanto de las activistas como de aquéllas que ocupan cargos políticos. Actualmente, existen dos propuestas legislativas que resultan de interés en la materia: la de la senadora Cristina del Carmen López Valverde y la de la diputada Josefina Mendoza, las cuales buscan modificar la Ley 26.485, incorporando a la violencia digital como un tipo específico. Ambas propuestas consagran medidas contra la violencia una vez que el hecho ha ocurrido —y, por tanto, ya generado el daño— (por ejemplo, exigiendo el retiro de fotografías y videos que circulen en redes sociales sin autorización de la víctima). 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Digital violence has been a relevant factor in limiting the whole exercise of women’s political rights, both activists and those who hold political office. Currently, two legislative proposals are of interest: those submitted by Senator Cristina del Carmen López Valverde and Deputy Josefina Mendoza, who seek to modify Act 26,485, incorporating digital violence as a specific type. Both proposals enshrine measures against violence once the act has occurred —and, therefore, once the damage has been generated— such as removing photographs and videos circulating on social networks without the victim’s authorization. However, none substantively address the adoption of preventive measures to avoid or reduce gender-based violence in digital spaces – beyond the training of people who have the quality of public officials and the adoption of protocols. Based on this, the objective of this work is to make visible the need to incorporate the prevention of digital violence in the discussion of the reform of Act 26,485 for it to be respectful of international human rights standards.Fil: Ormar, Camila Agustina. Universidad Nacional del Centro de la Pcia.de Bs.as.. Facultad de Derecho. Dirección de Investigación y Postgrado. Centro de Investigación y Postgrado; ArgentinaFil: Brocca, Mariana. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas; Argentina. Universidad Nacional del Centro de la Pcia.de Bs.as.. Facultad de Derecho. Dirección de Investigación y Postgrado. 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