Partición: la modalidad mixta
- Autores
- Guardiola, Juan José
- Año de publicación
- 2017
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- documento de conferencia
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- La partición puede ser privada (también llamada extrajudicial o amigable) o judicial. Estas categorías corresponden a quién la decide y cómo se practica, aunque a veces se la superpone con las formas por las cuales puede ser instrumentada La primera es la que es llevada a cabo por el solo acuerdo de los copartícipes; la segunda es la que debe cumplir determinados procedimientos que encuentran su justificación en la necesidad de rodear de garantías los intereses de determinados sujetos (del que carece o está restringido en su capacidad, del ausente, del disconforme o de los terceros) y la seguridad de su resultado, estando sujeta al contralor y aprobación judicial; o como decía De Gásperi “la que en un interés público instituye la ley y tiene lugar con intervención del juez, sujeta a las formas procesales de rigor”
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales - Materia
-
Derecho
Sucesiones - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/
- Repositorio
- Institución
- Universidad Nacional de La Plata
- OAI Identificador
- oai:sedici.unlp.edu.ar:10915/102001
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Partición: la modalidad mixtaGuardiola, Juan JoséDerechoSucesionesLa partición puede ser privada (también llamada extrajudicial o amigable) o judicial. Estas categorías corresponden a quién la decide y cómo se practica, aunque a veces se la superpone con las formas por las cuales puede ser instrumentada La primera es la que es llevada a cabo por el solo acuerdo de los copartícipes; la segunda es la que debe cumplir determinados procedimientos que encuentran su justificación en la necesidad de rodear de garantías los intereses de determinados sujetos (del que carece o está restringido en su capacidad, del ausente, del disconforme o de los terceros) y la seguridad de su resultado, estando sujeta al contralor y aprobación judicial; o como decía De Gásperi “la que en un interés público instituye la ley y tiene lugar con intervención del juez, sujeta a las formas procesales de rigor”Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales2017-09info:eu-repo/semantics/conferenceObjectinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionObjeto de conferenciahttp://purl.org/coar/resource_type/c_5794info:ar-repo/semantics/documentoDeConferenciaapplication/pdfhttp://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/102001spainfo:eu-repo/semantics/altIdentifier/url/http://jornadasderechocivil.jursoc.unlp.edu.ar/wp-content/uploads/sites/10/2017/08/Guardiola-Juan-Jos%C3%A9-Comisi%C3%B3n-9.pdfinfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/Creative Commons Attribution-NonCommercial-ShareAlike 4.0 International (CC BY-NC-SA 4.0)reponame:SEDICI (UNLP)instname:Universidad Nacional de La Platainstacron:UNLP2025-09-29T11:22:09Zoai:sedici.unlp.edu.ar:10915/102001Institucionalhttp://sedici.unlp.edu.ar/Universidad públicaNo correspondehttp://sedici.unlp.edu.ar/oai/snrdalira@sedici.unlp.edu.arArgentinaNo correspondeNo correspondeNo correspondeopendoar:13292025-09-29 11:22:09.723SEDICI (UNLP) - Universidad Nacional de La Platafalse |
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La partición puede ser privada (también llamada extrajudicial o amigable) o judicial. Estas categorías corresponden a quién la decide y cómo se practica, aunque a veces se la superpone con las formas por las cuales puede ser instrumentada La primera es la que es llevada a cabo por el solo acuerdo de los copartícipes; la segunda es la que debe cumplir determinados procedimientos que encuentran su justificación en la necesidad de rodear de garantías los intereses de determinados sujetos (del que carece o está restringido en su capacidad, del ausente, del disconforme o de los terceros) y la seguridad de su resultado, estando sujeta al contralor y aprobación judicial; o como decía De Gásperi “la que en un interés público instituye la ley y tiene lugar con intervención del juez, sujeta a las formas procesales de rigor” |
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