La comunidad socializada : la "justicia social" en la doctrina peronista
- Autores
- Dunda, Rubén Héctor
- Año de publicación
- 2022
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- tesis doctoral
- Estado
- versión aceptada
- Colaborador/a o director/a de tesis
- Grondona, Ana
- Descripción
- Tesis de Doctorado
Esta es una tesis que tiene por objeto el estudio de la “justicia social” como elemento nodal de la Doctrina Peronista clásica y base de la reforma constitucional de 1949. Para ello, partiendo de algunas herramientas del análisis materialista del discurso, propone como hipótesis de lectura poner en serie un conjunto de documentos producidos entorno de dicha reforma con algunos textos claves de la sociología clásica que problematizaron la tensión comunidad-sociedad. Tal como mostraremos, esta operación analítica permite alumbrar aspectos hasta aquí subestimados e inscribir la cuestión de la “justicia social” en un marco vasto de tematización de las tensiones constitutivas de la modernidad. Este proceso de indagación implicó la selección de diversos materiales de archivo y la organización de un corpus documental que se presenta, describe y analiza a lo largo de los capítulos de la tesis. Este trabajo considera a la Constitución de 1949 como un punto clave de la faena doctrinaria peronista y también un punto de acceso al peronismo mismo. A todas luces revela la tarea pacientemente urdida a lo largo de los años, explicativa entre sus derivaciones, del giro copernicano que en 1949 se produjera frente a la dogmática del individualismo liberal y del apriorismo constitucional del siglo XIX. En efecto, el texto de 1949 instaura al sujeto destinatario del nuevo constitucionalismo social basado ahora en la familia -unidad colectiva bimembre- que, desde la nueva perspectiva de la justicia social determina en su extensión al conjunto nacional, que define a la Nación Argentina como al total de las familias argentinas. Es así como surgen en la tarea de indagación de la Constitución de 1949 las características que la determinaron como continuidad complementaria y en tensión con la Constitución de 1853. De ella conservará su orgánica y su diseño óseo, pero a la vez se encargará de mostrar la construcción consciente de una matriz segregacionista y antipopular que le diera origen. De este modo adquiere forma el herramental interpretativo que brinda la tradición sociológica, en particular el teorema tönniesano de comunidad-sociedad, en donde se muestra como develado el choque de voluntades precedido desde los días de Mayo. La demarcación de un “ellos” y un “nosotros” arbitrario queda volcada en las experiencias constitucionales apriorísticas de 1819, 1826 e inclusive la de 1853, que si bien consagró un régimen constitucional federal, luego el derecho positivo derivado se destinó a la represión con finalidad disciplinadora de las masas populares y al exterminio de los pueblos originarios. Así, la tesis dejará tratado todo aquello que en la Constitución de 1949 se manifiesta como un acto reparatorio de las heridas del pasado e instrumento apropiado para establecer desde el sentido comunal de la familia, un nuevo diseño igualitario basado en lazos sociales emergidos desde lo que hemos llamado la comunidad-socializada. Para el peronismo que revela la tesis, luego, la voz del constitucionalismo de 1949 implicó, bajo los principios de la justicia social, un nuevo sentido para el viejo orden de ideas liberal decimonónico. Democracia, libertad, propiedad, Estado y todo valor que la civilización llevaba consagrado y tenía por destinatario excluyente al “individuo absoluto”, cedió bajo los designios del “yo en el nosotros”, de la “comunidad que persigue fines espirituales y materiales, que tiende a superarse, que anhela mejorar y ser más justa, más buena y más feliz, en la que el individuo pueda realizarse y realizarla simultáneamente” (Perón, OC: 242).
Fil: Dunda, Rubén Héctor. Universidad Nacional de San Martín. Escuela Interdisciplinaria de Altos Estudios Sociales; Argentina - Materia
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- acceso abierto
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- Repositorio
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Este proceso de indagación implicó la selección de diversos materiales de archivo y la organización de un corpus documental que se presenta, describe y analiza a lo largo de los capítulos de la tesis. Este trabajo considera a la Constitución de 1949 como un punto clave de la faena doctrinaria peronista y también un punto de acceso al peronismo mismo. A todas luces revela la tarea pacientemente urdida a lo largo de los años, explicativa entre sus derivaciones, del giro copernicano que en 1949 se produjera frente a la dogmática del individualismo liberal y del apriorismo constitucional del siglo XIX. En efecto, el texto de 1949 instaura al sujeto destinatario del nuevo constitucionalismo social basado ahora en la familia -unidad colectiva bimembre- que, desde la nueva perspectiva de la justicia social determina en su extensión al conjunto nacional, que define a la Nación Argentina como al total de las familias argentinas. Es así como surgen en la tarea de indagación de la Constitución de 1949 las características que la determinaron como continuidad complementaria y en tensión con la Constitución de 1853. De ella conservará su orgánica y su diseño óseo, pero a la vez se encargará de mostrar la construcción consciente de una matriz segregacionista y antipopular que le diera origen. De este modo adquiere forma el herramental interpretativo que brinda la tradición sociológica, en particular el teorema tönniesano de comunidad-sociedad, en donde se muestra como develado el choque de voluntades precedido desde los días de Mayo. La demarcación de un “ellos” y un “nosotros” arbitrario queda volcada en las experiencias constitucionales apriorísticas de 1819, 1826 e inclusive la de 1853, que si bien consagró un régimen constitucional federal, luego el derecho positivo derivado se destinó a la represión con finalidad disciplinadora de las masas populares y al exterminio de los pueblos originarios. Así, la tesis dejará tratado todo aquello que en la Constitución de 1949 se manifiesta como un acto reparatorio de las heridas del pasado e instrumento apropiado para establecer desde el sentido comunal de la familia, un nuevo diseño igualitario basado en lazos sociales emergidos desde lo que hemos llamado la comunidad-socializada. Para el peronismo que revela la tesis, luego, la voz del constitucionalismo de 1949 implicó, bajo los principios de la justicia social, un nuevo sentido para el viejo orden de ideas liberal decimonónico. Democracia, libertad, propiedad, Estado y todo valor que la civilización llevaba consagrado y tenía por destinatario excluyente al “individuo absoluto”, cedió bajo los designios del “yo en el nosotros”, de la “comunidad que persigue fines espirituales y materiales, que tiende a superarse, que anhela mejorar y ser más justa, más buena y más feliz, en la que el individuo pueda realizarse y realizarla simultáneamente” (Perón, OC: 242).Fil: Dunda, Rubén Héctor. 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