Normativas para la Educación a Distancia : de la resolución ministerial 1717/04 a la resolución ministerial 2641-E/2017. Análisis comparativo
- Autores
- D'Odorico, Albina
- Año de publicación
- 2019
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- tesis de grado
- Estado
- versión aceptada
- Colaborador/a o director/a de tesis
- Martinelli, Silvia
- Descripción
- Fil: D'Odorico, Albina. Universidad Nacional de Luján; Argentina.
La presencia de la modalidad de Educación a Distancia en la Educación Superior está posibilitando, hace ya varios años, el acceso de una importante población estudiantil que por cuestiones geográficas o de disponibilidad horaria en otros tiempos hubiera sido imposible capturar. Esta población ha encontrado en la Educación a Distancia una posibilidad de continuar sus estudios superiores. Sin embargo, es un deber insoslayable de los Estados y todas las Instituciones de Educación Superior resguardar la calidad de la oferta de modo que el egresado de una carrera cursada en el formato presencial (tradicional) y el egresado que cursa en la modalidad a distancia alcancen el mismo grado de formación y el mismo perfil. Este deber hasta hace muy poco tiempo no estaba vigente en la agenda política educativa de los gobiernos. En nuestro país fue recién en la década del 90’ donde se promovieron los primeros pronunciamientos sobre la modalidad en la legislación educativa nacional. A partir de ese entonces, la regulación de la EaD recorrió un largo camino para tener bases más estables de regulación. A partir de los siguientes cuatro capítulos en los cuales se divide este trabajo, con sus respectivos apartados, describiré el proceso de construcción normativa de la Educación a Distancia en nuestro país hasta alcanzar la actual Resolución Ministerial 2641-E/2017, que no solo regula legalmente la modalidad, sino que también garantiza la calidad académica de dichos estudios. En el Capítulo I se abordará a modo de marco conceptual la definición de Educación a Distancia tomando los aportes de María Teresa Watson -importante representante del campo de la EAD en Argentina- para comprender de qué estamos hablando cuándo aludimos al término EaD en este trabajo. A partir de allí, me parece interesante mencionar las principales características de la modalidad y los diferentes factores que le dieron origen y posterior desarrollo, para concluir el capítulo con una breve sinopsis histórica donde la Educación a Distancia dio sus primeros “vuelos”. Por consiguiente, habiendo definido qué entendemos por EaD y rastreado su derrotero histórico, en el Capítulo II me avocaré a la evolución normativa que se produjo sobre la modalidad en nuestro país a través de Leyes, Decretos, Resoluciones y Disipaciones considerados estos como los antecedentes legales previos a la sanción de la RM actual. El Capítulo III está destinado, por un lado, al análisis de la actual resolución (2641-E/2017) a partir de su comparación con la RM 1717/2017; y por otro, a la descripción del Sistema Institucional de Educación a Distancia (SIED). Para finalizar, después del recorrido de los presentes capítulos, aludiré a modo de reflexiones finales, cuestiones básicas que la vigente Resolución Ministerial plantea para el campo de la EaD. - Materia
-
Educación a Distancia
Resoluciones ministeriales
Sistema educativo argentino
Ciencias de la Educación
Regulaciones en educación
SIED - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
- https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/ar/
- Repositorio
- Institución
- Universidad Nacional de Luján
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Normativas para la Educación a Distancia : de la resolución ministerial 1717/04 a la resolución ministerial 2641-E/2017. Análisis comparativoD'Odorico, AlbinaEducación a DistanciaResoluciones ministerialesSistema educativo argentinoCiencias de la EducaciónRegulaciones en educaciónSIEDFil: D'Odorico, Albina. Universidad Nacional de Luján; Argentina.La presencia de la modalidad de Educación a Distancia en la Educación Superior está posibilitando, hace ya varios años, el acceso de una importante población estudiantil que por cuestiones geográficas o de disponibilidad horaria en otros tiempos hubiera sido imposible capturar. Esta población ha encontrado en la Educación a Distancia una posibilidad de continuar sus estudios superiores. Sin embargo, es un deber insoslayable de los Estados y todas las Instituciones de Educación Superior resguardar la calidad de la oferta de modo que el egresado de una carrera cursada en el formato presencial (tradicional) y el egresado que cursa en la modalidad a distancia alcancen el mismo grado de formación y el mismo perfil. Este deber hasta hace muy poco tiempo no estaba vigente en la agenda política educativa de los gobiernos. En nuestro país fue recién en la década del 90’ donde se promovieron los primeros pronunciamientos sobre la modalidad en la legislación educativa nacional. A partir de ese entonces, la regulación de la EaD recorrió un largo camino para tener bases más estables de regulación. A partir de los siguientes cuatro capítulos en los cuales se divide este trabajo, con sus respectivos apartados, describiré el proceso de construcción normativa de la Educación a Distancia en nuestro país hasta alcanzar la actual Resolución Ministerial 2641-E/2017, que no solo regula legalmente la modalidad, sino que también garantiza la calidad académica de dichos estudios. En el Capítulo I se abordará a modo de marco conceptual la definición de Educación a Distancia tomando los aportes de María Teresa Watson -importante representante del campo de la EAD en Argentina- para comprender de qué estamos hablando cuándo aludimos al término EaD en este trabajo. A partir de allí, me parece interesante mencionar las principales características de la modalidad y los diferentes factores que le dieron origen y posterior desarrollo, para concluir el capítulo con una breve sinopsis histórica donde la Educación a Distancia dio sus primeros “vuelos”. Por consiguiente, habiendo definido qué entendemos por EaD y rastreado su derrotero histórico, en el Capítulo II me avocaré a la evolución normativa que se produjo sobre la modalidad en nuestro país a través de Leyes, Decretos, Resoluciones y Disipaciones considerados estos como los antecedentes legales previos a la sanción de la RM actual. El Capítulo III está destinado, por un lado, al análisis de la actual resolución (2641-E/2017) a partir de su comparación con la RM 1717/2017; y por otro, a la descripción del Sistema Institucional de Educación a Distancia (SIED). Para finalizar, después del recorrido de los presentes capítulos, aludiré a modo de reflexiones finales, cuestiones básicas que la vigente Resolución Ministerial plantea para el campo de la EaD.Universidad Nacional de LujánMartinelli, Silvia2023-05-10T16:52:51Z2023-05-10T16:52:51Z2019Thesisinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesisinfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_7a1finfo:ar-repo/semantics/tesisDeGradoapplication/pdfapplication/pdfhttp://ri.unlu.edu.ar/xmlui/handle/rediunlu/1755spaesinfo:eu-repo/semantics/openAccesshttps://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/ar/reponame:REDIUNLU (UNLu)instname:Universidad Nacional de Luján2025-09-04T11:14:52Zoai:ri.unlu.edu.ar:rediunlu/1755instacron:UNLuInstitucionalhttps://ri.unlu.edu.arUniversidad públicaNo correspondehttps://ri.unlu.edu.ar/oaivcano@unlu.edu.ar;fgutierrez@mail.unlu.edu.ar;faquilinogutierrez@gmail.com ArgentinaNo correspondeNo correspondeNo correspondeopendoar:w2025-09-04 11:14:53.168REDIUNLU (UNLu) - Universidad Nacional de Lujánfalse |
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