Responsabilidades por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales
- Autores
- Brain, Daniel Horacio
- Año de publicación
- 2013
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- parte de libro
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- Fil: Brain, Daniel Horacio. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.
El contrato de trabajo genera responsabilidades para las partes contratantes, que obviamente deben ser cumplidas con el objetivo de evitar consecuencias jurídicas disvaliosas y perjuicios que pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones a cargo de cada parte contratante. Así, en esas relaciones de trabajo el empleador estará obligado a dar ocupación efectiva al trabajador para el cumplimiento de sus labores cotidianas; el trabajador a su vez estará obligado a prestar el servicio en condiciones de eficiencia, habitualidad, normalidad y conforme las directivas emanadas del empleador; como consecuencia de ello el empleador estará obligado también a abonar el salario de su dependiente conforme lo establece la escala salarial del Convenio Colectivo de Trabajo aplicable a la actividad. Todo ello porque el contrato de trabajo y la relación de trabajo poseen la característica de ser sinalagmático, generando obligaciones recíprocas para ambas partes.
Fil: Brain, Daniel Horacio. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.
Derecho - Materia
-
Accidentes de Trabajo
Enfermedades profesionales
Prohibición de Responsabilidad Civil
Ley 24.557 - Nivel de accesibilidad
- acceso abierto
- Condiciones de uso
- Repositorio
- Institución
- Universidad Nacional de Córdoba
- OAI Identificador
- oai:rdu.unc.edu.ar:11086/551763
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