El principio de solidaridad familiar en las decisiones judiciales: su aplicación a las relaciones conyugales y convivenciales bajo los nuevos paradigmas constitucionales
- Autores
- Villagra de Vidal, Raquel; Ciarrocca, Laura Elizabeth
- Año de publicación
- 2016
- Idioma
- español castellano
- Tipo de recurso
- parte de libro
- Estado
- versión publicada
- Descripción
- Fil: Villagra de Vidal, Raquel. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.
Fil: Ciarrocca, Laura Elizabeth. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.
Introducción:Se suele asumir como una verdad indiscutible que la solidaridad familiar es un principio básico del Derecho de Familia. No obstante, advertimos que las referencias que realiza la doctrina especializada a su respecto son muy genéricas, sin un desarrollo particularizado, incluso incidentales.Adentrarse en el estudio de los principios generales del derecho exige exceder el campo específico del Derecho de Familia ya que la primera cuestión que debemos responder es si podemos afirmar su vigencia y sobre todo, precisar su valor normativo en nuestro sistema jurídico. Para saber qué es un principio general del derecho y sus funciones debemos recurrir tanto al campo de la Filosofía del Derecho como del Derecho Constitucional. En nuestro trabajo partimos de la premisa de la preexistencia de principios generales del derecho más allá del derecho positivo aún cuando para algunos autores la distinción entre principios y reglas, aunque real, no importa una distinción tan relevante. Desde ese marco analizamos si la solidaridad constituye un principio general del derecho. Para ello señalamos, cuál es el origen del término, en qué consiste la solidaridad en general, y los distintos tipos de solidaridad.Hacemos una breve referencia a lo que fue el solidarismo como movimiento filosófico y político luego de la I° Guerra Mundial, cuáles fueron sus mentores y cómo esa corriente filosófico-política tuvo repercusión en el derecho positivo.Señalamos dónde está consagrado este principio en nuestro derecho positivo: la Constitución Nacional, los Tratados incorporados, el Código Civil, y en especial, la Constitución de la Provincia de Córdoba.Considerada la solidaridad en general como deber jurídico, analizaremos si la solidaridad familiar en particular, constituye un principio general del Derecho de Familia y en especial, cuál es su recepción normativa en las relaciones de pareja, matrimoniales y convivenciales.Todo con el objeto de responder al siguiente interrogante ¿se aplica el principio de solidaridad familiar en las decisiones judiciales? Y en tal caso, ¿de qué manera y con qué alcances se lo ha aplicado en el matrimonio y en las uniones convivenciales? Para ello centramos nuestro análisis en la jurisprudencia publicada en los últimos cinco años. Este es el resultado de nuestra investigación.
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Fil: Villagra de Vidal, Raquel. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.
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Otras Derecho - Materia
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Principios juridicos
Solidaridad familiar
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