El principio de igualdad y los efectos horizontales de los derechos constitucionales: Entre el conflictivismo y la armonización

Autores
Romero, Maximiliano J.; Cianciardo, Juan Carlos Mariano
Año de publicación
2011
Idioma
español castellano
Tipo de recurso
artículo
Estado
versión publicada
Descripción
A lo largo del trabajo, y tomando como punto de partida para la reflexión la jurisprudencia de la Corte Suprema argentina, se sostuvo que Los derechos constitucionales tienen efectos horizontales. Es decir, se encuentran obligados a respetarlos no sólo los órganos del Estado sino también los particulares, y resulta posible hacerlos valer tanto frente unos como frente a otros. El desafío que se abre aquí es el de evitar una inflación de derechos que acaba transformando a todos los casos en casos constitucionales (en el sentido estricto que le da la Corte). Los derechos constitucionales tienen una dimensión negativa y otra positiva. Los órganos del Estado no satisfacen los derechos únicamente no violándolos (vertiente negativa), sino que están obligados a desarrollar una política de derechos, es decir, a promover su mayor vigencia efectiva posible (vertiente positiva) . En este mismo sentido se ha afirmado con razón, (siguiendo a R. Alexy), que en la cultura jurídica occidental se ha adoptado como criterio clasificante de la legitimidad del poder estatal la pretensión de garantizar el respeto de los derechos humanos y de posibilitar su ejercicio. Desde el punto de vista que proporciona la actividad de los jueces, no parece sencillo dar con estándares que permitan un control del grado en que esta pretensión es realmente realizada por los otros poderes. Una prueba de esta dificultad es el ir y venir de la Corte Suprema argentina en torno al control de la oportunidad, mérito o conveniencia de las decisiones legislativas: el tribunal ha reiterado en muchas ocasiones que ese control no le compete, pero en no menos e importantes ocasiones lo ha ejercido sin declarar que lo hacía. Los derechos constitucionales deben ser interpretados armónicamente. Esta alternativa ofrece inigualables ventajas sobre las demás en tanto se procure verdaderamente tomar los derechos humanos en serio, desde que por su intermedio habrá de ser posible hacer realidad el respeto de su contenido esencial.
Fil: Romero, Maximiliano J.. No especifíca;
Fil: Cianciardo, Juan Carlos Mariano. Universidad Austral. Facultad de Derecho; Argentina. Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas; Argentina
Materia
derechos humanos
derecho a la igualdad
principio de proporcionalidad
efectos horizontales de los derechos
Nivel de accesibilidad
acceso abierto
Condiciones de uso
https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/ar/
Repositorio
CONICET Digital (CONICET)
Institución
Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas
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